15 de noviembre de 2021, 5:00 AM
15 de noviembre de 2021, 5:00 AM

Con el paro cívico multisectorial ha recobrado actualidad el derecho a las protestas sociales pacíficas, que se encuentran protegidas por la Constitución boliviana y el sistema interamericano (Edison Lanza, Relator Especial para la Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, Informe 2019). La “protesta social” o “manifestaciones públicas” incluye toda acción individual o colectiva dirigida a expresar ideas, visiones o valores, oposición, denuncia abuso de poder o reivindicaciones políticas, sociales o culturales, apoyo o crítica al propio gobierno, la reacción a una política o la denuncia de un problema público.

El derecho a la libre manifestación y a la protesta pacífica son elementos esenciales del funcionamiento y la existencia misma del sistema democrático, así como un canal que permite a las personas y a distintos grupos de la sociedad expresar sus demandas, disentir y reclamar respecto al gobierno, a su situación particular y cumplimiento a los derechos políticos, económicos, sociales, culturales y ambientales.

En el sistema interamericano se pone de relieve una fuerte interconexión entre el derecho a la libertad de expresión y el derecho de reunión y el derecho a la protesta social. Las reuniones y manifestaciones desempeñan un papel muy dinámico en la movilización de la población y la formulación de sus reclamaciones y aspiraciones, pues facilitan la celebración de eventos y ejercen influencia en la política pública de los Estados.

El derecho a la protesta también se encuentra fuertemente asociado a las actividades de defensa de los derechos humanos, incluyendo demandas de reconocimiento, protección o ejercicio de un derecho. Y se recurre a las protestas para reaccionar ante hechos puntuales de violencia, desalojos, cuestiones laborales u otros eventos que hayan afectado derechos. Estas manifestaciones constituyen una vía por la cual se busca tanto la elevación del piso de garantía de derechos fundamentales a nivel nacional, como la incorporación de una amplia cantidad de derechos en el desarrollo progresivo del derecho internacional de los derechos humanos. Y se encuentra fuertemente asociada a demandas de reconocimiento, protección o ejercicio de un derecho político como el de elegir y ser elegido en procesos electorales limpios y transparentes como fue por ejemplo la revolución de las pititas en Bolivia.

Los derechos a la libertad de expresión, reunión pacífica y asociación no sólo garantizan la promoción de los derechos sociales, culturales y ambientales sino también la identidad de grupos históricamente discriminados, como el caso de las mujeres, que han salido a las calles para reclamar la protección de sus derechos. La protesta juega un papel central igualmente en la defensa de la democracia, la voluntad popular y los derechos humanos.

La Comisión IDH reconoce que en distintas circunstancias las protestas interrumpen y afectan el normal desarrollo de otras actividades, pero esa situación no vuelve per se ilegítimas a estas formas de expresión. La protesta tiene como una de sus funciones canalizar y amplificar las demandas, aspiraciones y reclamos de grupos de la población, entre ellos, los sectores que por su situación de exclusión o vulnerabilidad no acceden con facilidad a los medios de comunicación y a las institucionales de mediación tradicionales.

El sistema interamericano busca contribuir al mejor entendimiento de las obligaciones estatales dirigidas a garantizar, proteger y facilitar las protestas y manifestaciones públicas, así como los estándares que deben enmarcar el uso progresivo y como último recurso de la fuerza en contextos de protesta. Y subraya que los manifestantes tienen la libertad de elegir la modalidad, forma, lugar y mensaje para llevar a cabo la protesta pacífica, y los Estados la obligación de gestionar el conflicto social desde la perspectiva del diálogo.

La sociedad civil organizada, asociaciones de vecinos, entidades religiosas, centros de enseñanza, institutos de investigación; los sindicatos y asociaciones profesionales; los partidos políticos y los movimientos sociales viabilizan estos procesos de reivindicación y expresión, en el marco de sus estrategias para la promoción de sus ideas e intereses o de defensa o promoción de derechos.

William Herrera Áñez es Jurista y Autor de varios Libros


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