Opinión

Las llamas de la antipolítica

13 de octubre de 2021, 5:00 AM
13 de octubre de 2021, 5:00 AM

La democracia es el único modelo político contemplado en la Convención Americana de Derechos Humanos y la Carta Democrática Interamericana.

Bajo esta premisa, no hay democracia cuando un sistema de gobierno, aunque sea por mayoría, renuncia al respeto de competencias de los poderes legislativo y judicial en beneficio exclusivo de su partido o de una entidad que no sea responsable ante el pueblo.

Si observamos con pertinencia ¿por qué tuvieron que ser los movimientos cívicos de algunos departamentos los que convoquen al paro cívico nacional?, con bloqueos en arterias y rotondas de las ciudades capitales.

Qué ocurre en Bolivia para que una protesta como la de los cívicos y la sociedad organizada sea capaz de poner en jaque al Gobierno a poco menos de haberse cumplido treinta y nueve años de democracia (10-10-82).

Vivir con leyes perversas no es democracia, porque la preeminencia del Derecho exige que todos los seres humanos sean considerados iguales ante la ley. Ciertamente la ley puede establecer diferencias de trato justificadas por un fin legítimo, pero “no se puede afirmar que impere la preeminencia del derecho cuando se discrimine a los grupos de personas por el único motivo de ser diferentes, o porque tengan convicciones políticas, ideológicas o religiosas distintas, menos aún se puede tolerar si se instauran sistemas jurídicos con leyes que violan las libertades, derechos fundamentales y pretenden secuestrar hasta el patrimonio de los ciudadanos bien forjado a la luz de cualquier sistema tributario”.

Se deriva de lo expuesto, que un partido político en función de gobierno cuyos responsables incitan a aplacar la protesta pública pacífica recurriendo a la violencia o auspicien un proyecto político que no respete alguna de las reglas de la democracia, que inspire sistemáticamente a la destrucción de la misma o menoscabe los derechos y libertades que esta última consagra, no puede pretender que la CADH y la CDI le proteja; lo que le corresponde es ser sancionado moral y materialmente.

De otro ángulo, las ideologías que pretendan la destrucción de la democracia o de los derechos fundamentales no tienen cabida en la Constitución y menos en la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

En definitiva, un partido de gobierno, aunque se limite a utilizar medios legales y democráticos, si su objetivo último es sustituir el Estado plural democrático de derecho, por otra forma política incompatible con él puede y debe ser prohibido, con la protesta cívica nacional. Y aún cabría decir más, debe ser -prohibido como una medida necesaria para la defensa de la democracia-.

Si la administración del Estado en cogobierno del líder del fraude no es capaz de abrogar la ley contra la legitimación de ganancias ilícitas y financiamiento al terrorismo y ofrecer expectativas a los líderes cívicos del país que representan a millones de bolivianos que se sienten desamparados por el modelo teocrático y la pérdida de capacidad del Estado para resolver los problemas integrales y, las leyes draconianas sin consenso, habrá más malestar y más antipolítica como única forma radical de renovar el sistema teocrático y cesar la persecución política.

En un importante Congreso Iberoamericano celebrado en Coímbra-Portugal, el profesor Catalá I Bas, A.H. (2005: 266-267), expresó: “La justicia no requiere que los hombres permanezcan ociosos mientras otros destruyen la base de su existencia”.

Pedro Gareca Perales es Abogado Constitucionalista y Defensor de los DDHH

Tags