15 de agosto de 2022, 4:00 AM
15 de agosto de 2022, 4:00 AM


Desde los reyes romanos, exactamente a partir del Rey Servio Tulio, se instituye el censo con carácter obligatorio cada 5 años para los mayores de 18 años, siendo el primer objeto generar más ingresos al reino romano, porque permitía una valoración de los ciudadanos en función de sus rentas y de acuerdo al censo se establecieron las clases sociales en base a las ases que poseían. Por la obligatoriedad, el ciudadano romano que no se sometía al mismo, era castigado con la esclavitud y confiscación de sus bienes. Y el segundo objeto era político, que dividía a la sociedad romana en clases y en base a ello participaban en la “comitia centuriata”, que eran asambleas en las que el pueblo se reunía.

Ahora bien, en Bolivia opera de manera similar en los hechos, aunque la Ley 1405 establece que el censo es el “conjunto de operaciones que consiste en recoger, recopilar, evaluar, analizar y difundir características de las unidades estadísticas que pertenecen a una población o universo determinado” y que la producción de estadísticas oficiales del Estado Plurinacional de Bolivia se lo realiza a través del Instituto Nacional de Estadística – INE, aunque ninguna normativa vigente establece la periodicidad, a diferencia de la abrogada Ley de Participación Popular que establecía que los censos nacionales se efectuarían obligatoriamente cada diez años .

Si bien es evidente ello, el retrasar el censo a dos años más de lo estipulado en la Ley de Participación Popular abrogada, perjudica a los departamentos que tienen mayores obligaciones en razón al incremento de sus habitantes pero con similares recursos de hace más de 10 años, por eso es que se establecía la obligatoriedad de los diez años al igual que en la antigua Roma, porque en Bolivia el censo tiene dos objetos similares al reino romano, que en los hechos: a) permite determinar la cantidad de habitantes para saber cuántos bolivianos y bolivianas son para que en base a ello se haga la distribución de recursos económicos y b) permite determinar escaños en los órganos legislativos.

Es en razón de ello que el departamento de Santa Cruz exige que se realice máximo el censo a mediados de junio de 2023, porque es al único departamento que le afecta económicamente y políticamente, dado que los ingresos y los escaños se definen en razón al censo de 2012, y eso es fácil de demostrar: la población proyectada del Departamento de Santa Cruz en el 2022 es de 3,4 millones de personas; proyección similar a la establecida por el INE, que indicó que a 2020, el departamento tendría aproximadamente 3.370.100 habitantes, lo que implica que el 2020 tuvo más de 767.000 personas desde el Censo de 2012, por ende tiene más exigencias por el incremento poblacional.

Si analizamos comparativamente la proyección del INE para el departamento de Tarija, al 2022 este departamento tiene 500.000 habitantes, y analizando la proyección del INE para Santa Cruz, solo el incremento supera a los habitantes del departamento de Tarija. De ahí que esa es la razón por la cual el resto de los departamentos no apoyan en su demanda al departamento de Santa Cruz, porque no se pusieron en sus zapatos, y por ello se encuentra luchando solo por un derecho que le corresponde, lucha que no obedece a intereses de logia, como se quiere minimizar la demanda cruceña, sino a razones económicas y políticas como sucedía en la época de la monarquía romana, dado que al establecer de manera oficial que Santa Cruz tiene más de 767.000 habitantes permitirá, en lo económico, optimizar la asignación de mayores recursos públicos del nivel central que se la realiza de acuerdo a la densidad poblacional, y se debe realizar una nueva distribución de escaños en la Asamblea Legislativa Plurinacional.

Dado que esperar que el censo se realice el 2024 implica que recién a fines de 2026 el nivel central empezaría a transferir los recursos para aproximadamente 3,4 millones de habitantes y recién se hablaría de una redistribución de escaños en los órganos legislativos a favor del departamento de Santa Cruz con grave perjuicio en especial para los gobiernos municipales cruceños y la Universidad Autónoma Gabriel René Moreno.

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