Opinión

“Que los culpables juzguen y se absuelvan a sí mismos”

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6 de julio de 2021, 5:00 AM
6 de julio de 2021, 5:00 AM

Eso significa exactamente la declaración del ministro de Justicia, al plantear que: “el Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) será el ente que decidirá el alcance de la resolución del Corte Interamericana de Derechos Humanos”. Esa es la posición gubernamental ante la próxima publicación de la Opinión Consultiva de la Corte Interamericana sobre la pregunta de si la reelección permanente sería un supuesto “derecho humano”.

Aunque la resolución no se ha difundido oficialmente, se conoce que ese Tribunal parte de la base del informe de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, donde se establece que la reelección continua no es un derecho humano, concordantemente con lo establecido la Declaración Universal de los Derechos Humanos, porque la igualdad es la condición insoslayable para ejercer el derecho a ser elegido.

El informe de la Comisión, requerido por la Corte, establece que “no existe un derecho a la reelección indefinida”, dado que “un mandato presidencial sin límites “genera una mayor concentración de poder y riesgo de abuso”, atentando contra la democracia.

Aunque Bolivia no fue partícipe formal de la consulta a la Corte, sus conclusiones la alcanzan de lleno, porque el TCP boliviano en 2017 atropelló frontalmente nuestra Constitución, pisoteó y burló el resultado del referendo popular de febrero de 2016 y fundamentó su actuar delictivo en una torcida interpretación del Pacto de San José, es decir, la Convención Americana de derechos y libertades.

Esto explica por qué, en su nuevo papel de “supremo experto en leyes”, Juan Evo Morales Ayma se ha apresurado a afirmar que no estamos obligados a obedecer el fallo de la Corte. Coincidentemente, el ministro de Justicia, después de tratar de curar en salud al TCP afirma, por las dudas, que en Bolivia “no existe reelección indefinida”, cual lo dispuso la sentencia 084/2017 del TCP. Es lo mismo que decía el MAS, cuando inscribió la candidatura de Morales en 2019, afirmando que la CPE “no había sido tocada”.

En realidad, todo se resume en esconder que la sentencia que habilitó la candidatura de Morales y declaró inconstitucional a la Constitución, constituyen el verdadero golpe de Estado, de acuerdo a la segunda acepción de golpe que es el “desmantelamiento de las instituciones constitucionales, burlando el procedimiento de reforma de la CPE”.

Debido a ello y a que ninguna de las 12 atribuciones del Tribunal Constitucional (TCP) lo facultan a decidir sobre la constitucionalidad de la Constitución, si no la de las leyes, no puede aceptarse que sean los miembros del TCP, anteriores y actuales, culpables del delito de resoluciones flagrantemente contrarias a la Constitución, que se juzguen, a sí mismos y, encima, permanezcan como supuestos custodios de la CPE.

Lo único razonable es que renuncien y, a continuación, sean juzgados con sus antecesores, como responsables de una situación que ha desencadenado violencia y contribuido a la plena ausencia del imperio de la ley en nuestro país.

No es cierto lo que afirma el ministro de Justicia, al señalar que la ley de convocatoria a las elecciones del año pasado, en la que se recuperó la prohibición de reelección indefinida, haya subsanado la aberrante situación generada por la sentencia del TCP. Es indispensable revocarla y eso está más allá del alcance de quienes se hicieron cómplices y sustentadores de su abyecto contenido.

Para reemplazar a los actuales tribunos debe reformarse la forma de selección de los candidatos y no su elección, porque las elecciones judiciales demostraron que los electores no se equivocaron y ejercieron su derecho al control social, mediante los 2/3 de votos nulos y blancos que repudiaron las trampas en que incurrieron los parlamentarios al escoger a sus predefinidos candidatos.

La reforma de la administración de justicia requiere dejar al margen al poder político como el factor que decide la composición del Órgano que administra la justicia, porque la práctica política profesionalizada y la justicia han demostrado ser términos antagónicos. Para recuperar un carácter realmente democrático, el procedimiento de elección popular tiene que dejar claro que en ningún caso podrá ocupar un puesto de alto magistrado quien obtenga una proporción de votos menor a los votos nulos y blancos.

Róger Cortez es Politólogo

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