5 de marzo de 2021, 5:00 AM
5 de marzo de 2021, 5:00 AM

El país ingresó en un respiro corto de tres días previos a la elección, en el final de un proceso electoral con muchos incidentes, donde la nota polémica la tuvieron este año las actuaciones de tres tribunales: el Tribunal Constitucional Plurinacional, el Tribunal Supremo Electoral y los tribunales departamentales (TED).

Ese trío de tribunales estuvo en el centro de las críticas por el desatinado sentido de oportunidad en la emisión de sus pronunciamientos en respuesta a impugnaciones de algunos candidatos.

Para comenzar, no es concebible que el mismo día en que vence el plazo para el eventual cambio de candidaturas sea el día en que el TSE se pronuncie por un caso no poco relevante, como el caso del candidato a la Alcaldía de Cochabamba por Súmate, Manfred Reyes Villa.

¿Qué hubiera ocurrido si finalmente el TSE ratificaba la inhabilitación del candidato Reyes Villa? Su partido hubiese tenido no más de cuatro horas para buscar e inscribir a un nuevo candidato de reemplazo.

Pero aun más grave que eso, se hubiera manifestado una irresponsabilidad y falta de respeto del conjunto del sistema político y sus instituciones con los electores de Cochabamba que en un caso así habrían tenido un proceso electoral sin suficiente información, porque habrían escuchado durante meses a un candidato que ya no va, pero tendrían solo tres días de silencio electoral para ‘conocer’ a otro candidato improvisado de reemplazo.

Una parte de la responsabilidad de estas arriesgadas carreras contrarreloj residen en el calendario electoral. Es necesario que los próximos documentos que fijan los plazos sean modificados a la luz de las experiencias de este proceso electoral.

Pero por otra parte se debe también cambiar la norma que rige los procesos electorales: en los tiempos actuales, resulta anacrónica la obligatoriedad de un candidato de residir en el mismo municipio al que postula. Con ciudades metropolitanas como las grandes ciudades actuales, una persona puede residir formalmente en Warnes y trabajar todos los días en Santa Cruz y eso no debiera ser obstáculo para postular a cualquiera de las dos ciudades vecinas. Finalmente es el voto el que lo elige o lo descarta.

Además, el origen de esa condición nació en la reforma de la Ley Electoral el año 2009, cuando por razones políticas -todo indica que para evitar que los exiliados postulen a cargos- se incorporó la condición de la residencia. Si esa norma hubiera estado vigente desde siempre, personalidades como Víctor Paz Estenssoro o Hernán Siles Zuazo jamás hubieran sido presidentes de Bolivia, porque ellos vivían en el exilio y retornaban al país a ganar elecciones.

El TSE también tiene que trabajar en habilitar de manera definitiva el sistema de Difusión de Resultados Preliminares (Direpre) que permita conocer de manera rápida los resultados de la elección. No es conveniente para la democracia que los ganadores de los comicios sean conocidos e informados la noche de la elección por bocas de urnas o proyecciones de encuestadoras privadas y no por un mecanismo de conteo rápido oficial del Órgano Electoral.

En comicios donde el padrón electoral es fuente de dudas porque se parece a una caja negra donde nadie sabe qué contiene en su interior, el Direpre es una esperanza de confianza en los resultados de las elecciones. Hay que recordar que el uso de este sistema en la elección del 18 de octubre de 2019, entonces llamado Transmisión de Resultados Preliminares (TREP), permitió descubrir el fraude electoral que aquel año se orquestaba desde las mismas entrañas del Órgano Electoral Plurinacional.

En el caso del Tribunal Constitucional Plurinacional el problema es de otra naturaleza: la actuación de esta alta magistratura de la justicia sufre un acelerado proceso de pérdida de credibilidad y confianza por su permeabilidad a la influencia del poder político.

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