El jugador, con la ayuda del cuerpo legal de Bolívar, apeló el fallo del Tribunal de Resolución de Disputas (TRD) de la FBF ante el Tribunal de Arbitraje Deportivo (TAS), que le dio la razón. El volante ahora integra el Inter de Limeira de la segunda división paulista

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2 de abril de 2020, 20:46 PM
2 de abril de 2020, 20:46 PM

Es la primera vez en la historia que un fallo del máximo ente de la justicia deportiva del fútbol de Bolivia es anulado por un jurado internacional. El brasileño Thomaz Santos, con el apoyo del cuerpo legal del Bolívar, recurrió al Tribunal de Arbitraje Deportivo (TAS) para dejar sin efecto una sentencia del Tribunal de Resolución de Disputas (TRD), que lo obligaba a pagarle $us 80.000 a Wilstermann. Tras varios meses el veredicto le dio la razón al brasileño.

El habilidoso volante, que ahora integra el Inter de Limeira de la segunda división paulista, jugó entre 2014 y 2017 en Wilstermann, con el que firmó un contrato de exclusividad en el que si volvía a Bolivia y no era para jugar en el aviador debía pagar $us 80.000. El error que cometió el club cochabambino fue no anotar ese documento en el Sistema de Correlación de Transferencias (TMS), que es un paso obligatorio en estos casos que deben cumplir los clubes en el fútbol internacional.

Santos volvió al país en 2019 para jugar en Bolívar, pero en el primer semestre fue frenado porque Wilstermann para hacer valer el contrato demandó ante el TRD, que le dio la razón. Por ese motivo, el jugador recurrió al TAS, que a medio año le permitió quedar habilitado hasta que salga el fallo definitivo. Como el contrato de exclusividad no está inscrito en el TMS, el TAS desconoció el mismo y revocó la sentencia del TRD.

“Que el fallo del TRD haya sido anulado por el TAS es histórico. Es la primera vez que se da en Bolivia”, sostuvo Rodrigo Quiros, que formó parte del equipo jurídico de Bolívar. El veredicto también dice: que “los costes del presente arbitraje, que serán comunicados por separado a las partes por la secretaría del TAS, sean sufragados en su totalidad por la FBF y por Wilstermann, en proporción de un 25% para la primera y 75% para el segundo”.

Además, determina que “tanto la FBF como Wilstermann deben contribuir, cada uno, a los gastos y honorarios legales de Antonio Thomaz Santos, en relación con el presente procedimiento y en consecuencia condena a los mismos a abonar, cada uno, la suma de 3.000 francos suizos (3.000 dólares aproximadamente) en tal concepto".