El caso inició luego de conocerse que un hombre solicitó el divorcio de una mujer lesbiana

El Deber logo
12 de abril de 2021, 19:40 PM
12 de abril de 2021, 19:40 PM

msn.com/larepública.com

El Movimiento de Integración y Liberación Homosexual (Movilh) celebró que el Tribunal Constitucional (TC) de Chile declaró como contraria a la Constitución la causal de divorcio por homosexualidad. “Es un hecho histórico que permite avanzar hacia el término definitivo de esta añeja, perjudicial y homofóbica ley”, resaltó el colectivo.

Si bien la sentencia aún esta etapa de redacción, el vocero del Movilh, Óscar Rementería, sostuvo que “sabemos y tenemos la convicción de que una de las razones para declarar inconstitucional a la causal de divorcio culposo por homosexualidad se trata porque esta es una norma homofóbica que atenta contra la igualdad de todas las personas. Y en este punto, el TC fue explícito y claro”.

El caso inició luego de que la jueza del Juzgado de Familia de Coquimbo, María Antonieta Santibáñez Rodríguez, presentara al TC el 23 de junio del 2020 un requerimiento de inaplicabilidad, luego de conocerse que un hombre solicitó el divorcio con una mujer lesbiana.

En el artículo 54 de la Ley 19.947 sobre matrimonio civil se establece que “el divorcio podrá ser demandado por uno de los cónyuges” en caso de “atentando contra la vida o malos tratos graves”, “abandono”, “transgresión grave y reiterada de los deberes de convivencia, socorro y fidelidad”, “condena de crímenes o delitos”, “alcoholismo o drogadicción” y “tentativa para prostituir al otro cónyuges o a los hijos”. En el mismo listado de causas de divorcio culposo se menciona la “conducta homosexual”.

El Movilh alegó que al ser la infidelidad también una causal de divorcio culposo, resulta innecesario, además de estigmatizante, que se hable de “conducta homosexual”, en tanto en ningún caso se hace referencia a la heterosexualidad.

Óscar Rementería explicó que el artículo 54 de la Ley 19.947 es una de las tres normas explícitamente homofóbicas existentes en Chile, junto al Código 365 del Código Penal, que establece edades de consentimientos sexual distinta para homosexuales y heterosexuales, y el artículo 102 del Código Civil, que impide el matrimonio entre personas del mismo sexo.

“Hoy, damos un paso histórico, pues se avanza hacia la derogación definitiva de una de las tres normas homofóbicas vigentes en Chile y, como consecuencia, les homosexuales accedemos a mejores condiciones de igualdad”, finalizó.