Esta polémica medida despertó las críticas de las ciudadanas chilenas, quienes denuncian que han reducido su femineidad a, únicamente, la menstruación

17 de mayo de 2022, 9:39 AM
17 de mayo de 2022, 9:39 AM

El Congreso chileno aprobó un nuevo proyecto que busca omitir la palabra “mujer” y reemplazarla por el término “persona menstruante”; con dicha aprobación la iniciativa ahora pasa al Senado.

Según el portal D-24, este cambio es avalado por la coalición de Gabriel Boric, que argumenta que estas terminologías ayudarán a visibilizar a quienes biológicamente han nacido con sexo femenino, pero no se identifican con él, y en su defecto han decidido ser hombres trans, personas no binarias, o queer, entre otras variantes de género, así lo explicó la diputada Emilia Schneider.

A pesar de las indicaciones de Schneider, la diputada republicana Chiara Barchiesi criticó el proyectó y señaló, se trata de un “proyecto ideológico” que pretende “controlar el lenguaje” para así “controlar el pensamiento ideológico”, y expresó que “las mujeres hemos sido borradas e invisibilizadas, cuando son las únicas que atravesamos el proceso biológico de la menstruación”.

Esta polémica medida despertó las críticas de las ciudadanas chilenas, quienes denuncian que han reducido su femineidad a, únicamente, la menstruación. Además, algunas chilenas también expresaron su enojo, argumentando que son políticas que incrementarán el gasto público y no ayudarán a las mujeres, ni a los hombres. También hubo usuarias que han decidido tomarse esta iniciativa con humor, y hasta han ironizado al respecto: ¿Qué harán con las mujeres de tercera edad que ya pasaron por la menopausia?

Proyecto

El proyecto fue ingresado en septiembre de 2021 por la entonces diputada Maya Fernández y contó con firmas de sectores transversales en la Cámara Baja.

El artículo plantea que “el Estado de Chile reconoce que todas las personas con capacidad para menstruar, independientemente de su condición, son titulares del derecho a una gestión menstrual libre y digna”.

Así mismo, detalla que el Estado debe:

a) Fomentar una buena salud y gestión menstrual para contribuir al bienestar de las personas con capacidad para menstruar y promover, de esta manera, la equidad de género.

b) Facilitar el derecho al acceso a productos de gestión menstrual que sean sometidos a un estricto control de calidad con el fin de asegurar que no contengan agentes dañinos que afecten al bienestar de las personas con capacidad para menstruar.

c) Fomentar la implementación, para toda la población, de programas de acceso al conocimiento e información veraz y adecuada sobre la menstruación y sus vínculos con la salud.

d) Propender a la erradicación de ideas preconcebidas que puedan dar lugar a tabúes y sesgos en relación con la menstruación.

e) Promover el uso de productos de gestión menstrual sustentables.

f) Facilitar la capacitación de los profesionales de la educación sobre los distintos elementos de la salud y gestión menstrual.

A la par, el proyecto define como productos de gestión menstrual a aquellos que sean exclusivamente aptos para su utilización durante la menstruación.

Por otro lado, agrega que estos productos se deberán considerar incluidos dentro de los insumos requeridos para la Central de Abastecimiento del Sistema Nacional de Servicios de Salud.