La denuncia formulada hace poco más de un mes por la Fiscalía Regional de Arica sobre un supuesto cargamento de más de un centenar de toneladas de cocaína impregnada en madera boliviana de exportación provocó un impacto inmediato y devastador. La noticia recorrió el mundo y sembró dudas sobre uno de los principales productos forestales del país. Aunque para muchos especialistas la hipótesis resultaba técnicamente difícil de sostener —por las propias características de la madera dura boliviana y su baja capacidad de absorción—, la acusación bastó para paralizar prácticamente las exportaciones del sector y generar un daño económico y reputacional de enormes proporciones.
Hoy, cuando las investigaciones no han confirmado aquella denuncia y los propios fundamentos técnicos la ponen seriamente en entredicho, surgen preguntas inevitables. ¿Cómo pudo una autoridad competente formular una acusación de semejante magnitud sin contar, aparentemente, con resultados concluyentes de laboratorio? ¿Se actuó con la prudencia que exige una decisión capaz de afectar cadenas productivas, mercados internacionales y la reputación comercial de un país entero?
El sector forestal boliviano ya ha cuantificado pérdidas millonarias. Se suspendieron embarques, se incumplieron contratos, se incrementaron los costos logísticos y se perdieron mercados construidos durante años de esfuerzo. La confianza de los compradores internacionales, uno de los activos más valiosos para cualquier exportador, quedó severamente afectada. Sus representantes sostienen que el impacto sufrido es comparable al ocasionado durante la pandemia del covid-19, una afirmación que refleja la dimensión del perjuicio.
Precisamente por la magnitud de esos daños, este caso no puede cerrarse simplemente porque la hipótesis inicial no haya sido confirmada. Corresponde establecer si existieron errores de procedimiento, si la información fue divulgada prematuramente, si se incumplieron protocolos técnicos o si las medidas adoptadas resultaron desproporcionadas respecto de las evidencias disponibles. Esa investigación corresponde a las propias autoridades chilenas, conforme a su legislación, pero también constituye un asunto de interés para Bolivia, cuyo aparato exportador resultó directamente afectado.
La pregunta sobre quién debe reparar los daños no admite respuestas sencillas. Las empresas afectadas podrían evaluar las acciones legales que les permita el ordenamiento jurídico chileno si consideran que existió una actuación irregular de funcionarios públicos. Paralelamente, el Estado boliviano tiene la obligación de defender los intereses de sus exportadores mediante los canales diplomáticos correspondientes, solicitar explicaciones formales, promover una investigación conjunta y exigir que se esclarezcan plenamente los hechos.
Más allá de eventuales responsabilidades patrimoniales, ambos gobiernos tienen la oportunidad de convertir este episodio en un motivo para fortalecer la cooperación bilateral. Bolivia depende en gran medida de los puertos chilenos para acceder a los mercados internacionales. Esa realidad hace indispensable que existan protocolos técnicos claros, mecanismos ágiles de intercambio de información y procedimientos de verificación que eviten que sospechas preliminares se transformen en crisis comerciales de gran escala.
Si finalmente se demuestra que la denuncia carecía del respaldo técnico necesario, corresponderá adoptar las medidas que restituyan la confianza de los mercados y eviten que un episodio similar vuelva a repetirse.