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Justicia: este es el camino

Un país sin justicia es inviable. Una consulta en Santa Cruz a 200 ciudadanos de todos los niveles sociales califica el 100% a la justicia en Bolivia entre mala y pésima, ni uno le dio por lo menos el título de regular

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27 de septiembre de 2021, 7:37 AM
27 de septiembre de 2021, 7:37 AM

Por: Francisco Borenstein Cuéllar

El año de 1825, 48 representantes de 5 provincias deciden constituir la República de Bolivia con su capital la ciudad de Antonio José de Sucre. Reclamaban para la naciente república la superficie de 2 millones de km2 que constituía la jurisdicción de administración de justicia de lo que hasta en ese momento fue la Audiencia de Charcas. Suponía la nueva república en un referente de primer orden, dar a cada uno lo que le corresponde, que es el actuar con justicia.

Las disputas civil-militares por el poder frustraron este ideal de justicia, hasta este 2021, donde hoy Bolivia ocupa el lugar 119 entre 126 países, como de las peores administraciones de justicia, según la Organización World Justice, Justicia en el Mundo. Nos duele porque más allá de la ubicación, en el mundo, afecta a la seguridad jurídica, la democracia, la gobernabilidad y el bienestar de la sociedad.

Un país sin justicia es inviable. Una consulta en Santa Cruz a 200 ciudadanos de todos los niveles sociales califica el 100% a la justicia en Bolivia entre mala y pésima, ni uno le dio por lo menos el título de regular. Ven que es un centro de remate en el que se adjudica a quien entrega más dinero, al que usa el más alto nivel del poder político y la necesidad de tomar acciones para mejorar la justicia, de manera constante y gradual.

Un problema que aqueja a Bolivia, ya 196 años de existencia, no se resolverá de un día a otro, pero sí aspiramos a iniciar un proceso de mejoría.

El Órgano Judicial no debe estar sometido a ningún otro poder. Debe gozar de plena autonomía e independencia y frenar el uso abusivo del poder, en la instancia sancionadora frente a las ilegalidades y donde se aplique la justicia de manera general e igualitaria.

Ante la falta de voluntad política, corresponde a la sociedad civil, movilizarse con todos los medios y en acción colectiva pacífica de cabildos, manifestaciones públicas, resoluciones de congresos de los diferentes sectores sociales y económicos organizados, obligando al poder político a cambiar y resolver la aspiración de justicia con la que el 100% de la gente está de acuerdo.

En Bolivia existirían 1.098 jueces que para su selección y designación no merecen la previa reforma constitucional. Bastará con la buena fe, la buena intención y el buen deseo del poder político para que el proceso de selección de estas autoridades sea satisfactorio, aplicando como criterio de calificación y valoración el mérito intelectual.

La presente propuesta nos ofrece estas características:

Puede aplicarse de manera inmediata, gradual, de bajo costo económico, de visibilizacion de resultados positivos prontos, que no implique la dificultad que impone una reforma constitucional.

PROPUESTA: Existen 4 pilares básicos sobre los cuales se sustenta una mejor justicia y que es necesario construir. Ellos son:

1.- Un adecuado proceso de selección de las autoridades judiciales.

Es necesario la creación de una instancia seleccionadora constituida por instituciones y en la que no participe el poder político.

Los valores primarios a calificar en el proceso de selección serían los de capacidad, conocimiento de las leyes, estudios de especialización y antecedentes de trabajos afines al de juzgador.

La creación de una Escuela de Jueces en Santa Cruz y La Paz, para capacitar a los abogados que pretendan ingresar a la carrera judicial y que se acaben esas idas y venidas a Sucre. Esta junta de selección estaría constituida por las facultades de Derecho, colegios de abogados y de la sociedad civil organizada como son las asociaciones de trabajadores y empresarios.

2.- Un sistema de designación en donde la meritocracia sea el presupuesto básico para calificar y ser designado juez.

Mientras esté vigente la actual CPE, debe continuar la forma de selección y designación que señala para integrantes del Tribunal Supremo de Justicia, Tribunal Constitucional, Consejo de la Magistratura, Tribunal Agroambiental y vocales de los Tribunales Departamentales de Justicia.

La designación de un juez debe estar en manos del Estado por intermedio de sus instituciones legalmente constituidas.

Una vez se haga realidad las reformas a la CPE, las autoridades nacionales anteriormente mencionadas, los vocales de los Tribunales Departamentales deberán ser designados por el Órgano Legislativo, por dos tercios de los votos de los miembros.

Los vocales de los Tribunales Departamentales serán los encargados de la designación de los jueces de partidos en todas las materias, previamente calificado por la Junta de Selección a constituirse.

3.- Incremento del presupuesto del Órgano Judicial.

Es importante que se incremente la partida destinada al Órgano Judicial que se tiene en el presupuesto general de Estado.

Ahora esta partida es del 0,48% del presupuesto general y debe incrementarse un 3%.

El incremento estará destinado a:

g) El aumento de número de jueces y que permita a la gente acceder a la justicia, en especial en el área rural, y aliviar la carga procesal.

h) La computarización y digitalización de todo el sistema de administración de justicia, permitiendo notificaciones y todas las diligencias.

i) La creación de una escuela de jueces en Santa Cruz y otra en La Paz.

j) La contratación de auxiliares abogados que colaboren a los jueces de la jerarquía en la redacción de sentencias, autos de vista y autos supremos, conservando el juzgador la facultad decisoria.

k) El incremento de las remuneraciones para los jueces y auxiliares de justicia.

l) La dotación de mejores condiciones de trabajo.

4.- Un sistema de control social.

Uno de los motivos, aunque no el único, por el que nuestros jueces incurren en prevaricato y retardación es la creencia de que el juez todo lo puede, que su actuar es a capricho y sobre todo que goza de impunidad, que no va a merecer ninguna sanción por el delito cometido de prevaricar y retardar la justicia.

Para combatir esta sensación de impunidad, de abuso de la condición de juez y mejorar la justicia, se debe establecer un sistema de control de la forma y el modo en que un jugador dicta su sentencia y resoluciones.

El control es de imperiosa necesidad, ya sea en el hogar con nuestros hijos, en las fábricas o unidades productivas y en el manejo del Estado. Si el control social se está aplicando en muchos ámbitos del manejo del Estado, tenemos que pensar que debe hacerse también efectivo en algo tan importante como es el manejo de la justicia.

Al abuso y al manejo discrecional de los jueces con sus fallos que dictan debe ponérseles un freno, mediante el control social.

El control de toda autoridad judicial proviene de dos fuentes: la primera de ellas su propia ética, su honorabilidad y su vergüenza ante sí mismo y ante su familia que le diga que debe comportarse dentro del marco de la ley.

El otro control externo, es el ejercido por la ciudadanía, o control social, que le genere un temor de ser sancionado penalmente y producto de este temor se desempeñe con honradez en la administración de justicia.

Los procesos ostentan el título de públicos, salvo excepciones de procesos reservados.

Mediante una resolución del Consejo de la Magistratura obligar a todo juzgador a remitir ante una central computarizada, a cargo de los estudiantes de Derecho de cada facultad.

Este control no tiene razón ni sentido si no va dirigido a reclamarle al juzgador la evidente contradicción con casos similares y la remisión ante el Ministerio Público para su juzgamiento y sanción, cuando existan suficientes indicios de una conducta delictiva. Las facultades de Derecho se constituirían en depositarias y ejecutoras del control social de los jueces, y además están inmersas en el conocimiento y tratamiento de las leyes.

Este Control Social se sustenta en los artículos 178, publicidad y participación ciudadana y artículo 241 inciso II de la Constitución Política del Estado.

Deberá tener una oficina en cada una de las capitales de los 9 departamentos en que está dividida políticamente Bolivia.

Esta propuesta parte de un concepto básico, y es de que la justicia no es un monopolio de los abogados.


*Francisco Borenstein Cuéllar es abogado


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