Hasta hace poco, hablar de criptoactivos en Bolivia era un tema reservado a círculos especializados. Su uso en transacciones estuvo restringido desde 2014 y recién en junio de 2024 se produjo una apertura regulatoria que permitió su incorporación progresiva a los medios de pago utilizados por los bolivianos. Desde entonces, los activos virtuales han pasado a ocupar un lugar cada vez más relevante en nuestra vida cotidiana.
El ejemplo más evidente es el USDT, un criptoactivo diseñado para mantener una paridad referencial con el dólar estadounidense (USD). Aunque jurídicamente y técnicamente el USDT y el USD no son lo mismo, en la práctica ambos conviven en las actividades diarias de los usuarios. Para quien necesita pagar a un proveedor internacional, cubrir la colegiatura de sus hijos o contratar un servicio digital, la diferencia entre uno y otro instrumento suele ser secundaria frente a la facilidad de uso.
Como ocurrió con las tarjetas de crédito, las transferencias internacionales o los códigos QR, los activos virtuales avanzan hacia una integración cada vez mayor en la vida cotidiana. Su adopción responde a una demanda de servicios más ágiles, accesibles y eficientes. Sin embargo, cuando una innovación alcanza una escala relevante, la regulación deja de ser una posibilidad y se convierte en una necesidad.
En Bolivia, ese proceso tomó forma mediante el Reglamento de las Empresas de Tecnología Financiera (ETF), emitido por la Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero (ASFI). La norma regula a las empresas que prestan servicios financieros mediante herramientas tecnológicas innovadoras, incluyendo a las Proveedoras de Servicios de Activos Virtuales (PSAV) y a las Pasarelas de Pago.
La aprobación del Decreto Supremo 5384 consolidó este marco regulatorio y estableció la obligación de adecuación para las empresas que ya venían desarrollando actividades antes de mayo de 2025. El plazo concluye el 30 de junio de 2026. A partir de esa fecha, las empresas que no hayan iniciado su adecuación enfrentarán restricciones para continuar prestando servicios dentro del marco regulatorio vigente.
El objetivo de esta regulación no es impedir la innovación. Por el contrario, busca establecer estándares mínimos de protección al consumidor financiero, seguridad de la información, privacidad de datos y gestión de riesgos. En otras palabras, procura generar condiciones de confianza para un sector que ha crecido rápidamente durante los últimos años.
Surge entonces una pregunta frecuente. ¿Qué ocurrirá con los USDT de los usuarios a partir de julio? Si el USDT es un activo convertible en dinero, ¿la entrada en vigor de estas exigencias significa que los usuarios perderán acceso a sus fondos? La respuesta, en términos generales, es no. La regulación está dirigida principalmente a los proveedores de servicios y no implica la desaparición de los activos virtuales ni la pérdida automática de los recursos mantenidos por los usuarios.
Lo que sí cambia es el entorno en el que estos servicios serán prestados. El mercado comenzará a diferenciar con mayor claridad a los operadores que cumplen estándares regulatorios de aquellos que permanecen al margen de ellos. Por esa razón, resulta recomendable verificar si los proveedores cuentan con el Certificado de Adecuación emitido por la ASFI, revisar sus políticas de seguridad y comprender las condiciones de los servicios ofrecidos.
Esta recomendación adquiere especial relevancia porque una parte importante de las operaciones con activos virtuales se desarrolla fuera de los canales tradicionales del sistema financiero. A diferencia de una operación realizada mediante una entidad regulada, estas transacciones no cuentan con la intermediación del Banco Central de Bolivia ni con mecanismos equivalentes para gestionar controversias o facilitar la recuperación de fondos ante contingencias. En consecuencia, la evaluación de riesgos y la selección del proveedor adquieren una importancia decisiva para el usuario.
La adopción de activos virtuales en Bolivia ya no es una posibilidad futura, es una realidad. Lo que está ocurriendo ahora es el paso de un mercado marcado por la experimentación hacia otro que busca reglas más claras y mayores niveles de confianza. La regulación puede establecer mejores condiciones para el desarrollo del sector, pero la protección del patrimonio continúa dependiendo, en gran medida, de decisiones informadas tomadas por cada usuario.
(*) Bergman Vaca Pereira Hurtado es abogado