Opinión

Proteger la vida y los derechos humanos

2 de abril de 2020, 3:00 AM
2 de abril de 2020, 3:00 AM

Toda justicia viene de Dios y nadie está preparado para esto que estamos viviendo. En la teoría del contrato social, quien quiere conservar su vida a expensas de los demás debe darla por ellos cuando sea necesario. La imaginación es madre de toda originalidad; en ese sentido, el Gobierno dictó los decretos supremos de cuarentena N.º 4196, 4197, 4199 y 4200. En el primer decreto estableció el cierre de fronteras y excluyó del cierre a los bolivianos y residentes que retornen a territorio boliviano, los mismos que deben cumplir el protocolo y procedimientos del Ministerio de Salud. 

No se entiende la medida y acto gubernamental de no permitir el ingreso de ciudadanos nacionales a su territorio, acto que constituye una flagrante violación a los derechos humanos protegidos por los artículos 13.2 y 30 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, ratificados y protegidos por el artículo 22.5 de la Convención Americana o Pacto de San José de Costa Rica. No puede apelarse a ninguna restricción excepcional, cuando al nacional se le niega el ingreso a su territorio y se encuentra en la frontera de un vecino país, colocando su vida en peligro ante la amenaza de la pandemia en todos los países limítrofes. 

La Constitución Política del Estado protege los derechos de ingresos como un derecho civil en su art. 21.7. Los actos de aquellos servidores públicos, en este caso, la presidente y sus ministros, que violen los derechos humanos y civiles de libre ingreso de un nacional a su territorio, quedan sujetos a la jurisdicción de las autoridades bolivianas, asimismo, quedan bajo la jurisdicción de los tribunales internacionales cuyos mecanismos protegen y juzgan la violación a la declaración universal de los derechos y la convención americana. En materia de responsabilidad de la máxima autoridad del país, el proceso será de responsabilidades durante o cuando concluya su mandato transitorio. 

La proclamación afirma: Es esencial que los derechos humanos sean protegidos por un régimen de Derecho, a fin de que el hombre no se vea compelido al supremo recurso de la rebelión contra la tiranía y la opresión. El desconocimiento y el menosprecio de los derechos humanos han originado actos de barbarie ultrajantes para la conciencia de la humanidad, y que se ha proclamado, como la aspiración más elevada del hombre, el advenimiento de un mundo en que los seres humanos, liberados del temor y de la miseria, disfruten de la libertad de palabra y de la libertad de creencias. En la teoría del hombre mediocre, los únicos bienes intangibles son los que acumulamos en el cerebro y en el corazón; cuando ellos fallan ningún tesoro los sustituye.

Los gobernantes no pueden exigir solidaridad a los ciudadanos con los enfermos y otorgar ayuda a los familiares de los fallecidos por la pandemia Covid-19 si no se predica con el ejemplo.



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