El Gabinete de ministros emitió un Decreto Supremo que establece nuevas medidas contra la segunda ola de la pandemia. Gobernaciones y municipios pueden disponer nuevas restricciones

El Deber logo
15 de enero de 2021, 10:45 AM
15 de enero de 2021, 10:45 AM

Los gobiernos autónomos (alcaldías y gobernaciones) serán los responsables de aplicar las pruebas de antígeno nasal, PCR y las vacunas anticovid, según el Decreto Supremo 4451, aprobado el miércoles por el Gabinete de ministros del presidente Luis Arce.

“Los Gobiernos Autónomos son responsables de la realización de pruebas de diagnóstico Antigénica y RT-PCR, y vacunación contra el Covid-19 de manera gratuita”, indica el artículo 5 de la disposición, explicando que el suministro será realizado por los Entes Gestores de la Seguridad Social de Corto Plazo.

Respecto a las medidas laborales novedosas, la norma instituye al teletrabajo como una opción “permanente y preferente”, “siempre y cuando la naturaleza del trabajo y las actividades de la función lo permitan” y en el caso de “personas en situación de vulnerabilidad, mayores de 65 años, mujeres embarazadas, y personas con patología crónica”.

La disposición señala, además, que las actividades económicas continúan, pero otorga a los gobiernos subnacionales asumir medidas restrictivas de acuerdo al Índice de Alerta Temprana emitido por el Ministerio de Salud y Deportes.

El decreto:

Las gobernaciones y municipios pueden normar: Los horarios de atención en los centros comerciales, tiendas, y otro tipo de establecimientos comerciales; la suspensión de eventos sociales y folclóricos que aglomeren personas; el aforo para el desarrollo de actividades deportivas, culturales y religiosas en espacios cerrados; y el aforo en la prestación de servicios en restaurantes, bares, discotecas y otros establecimientos que realizan actividades de recreación.

Asimismo, se les encomienda establecer las medidas de bioseguridad para las actividades del servicio de transporte público local, municipal e interprovincial, según corresponda, e implementar alternativas de atención a la población que eviten las filas y aglomeraciones de personas.

Respecto al ingreso de personas por vía aérea, terrestre, fluvial o lacustre, deberán presentar el certificado de la prueba de análisis PCR con resultado negativo a Covid-19, con una vigencia anterior a la fecha programada de ingreso, tres días para ciudadanos provenientes de países limítrofes; siete días para quienes provengan de países de Sudamérica, Centro América y el Caribe; y 10 días para ciudadanos provenientes de países de Norte América, Europa, Asia y Oceanía.