El proyecto se denomina fortalecimiento de la lucha contra la legitimación de ganancias ilícitas. Está en la Comisión de Constitución de la Cámara de Diputados. Observan que se repone una polémica norma abrogada en 2021

28 de marzo de 2023, 4:00 AM
28 de marzo de 2023, 4:00 AM


Con el proyecto de ley 280 para el “fortalecimiento a la lucha contra la legitimación de ganancias ilícitas”, el Gobierno de Luis Arce plantea elevar la pena por terrorismo de 20 a 25 años de prisión. El delito es clave en casos como el denominado ‘Golpe I’, que tiene relación con la crisis política de 2021 y la forma en que terminó la presidencia de Evo Morales. 

La propuesta, que ya generó un airado rechazo de las alianzas de oposición en el Legislativo, está formada por dos artículos, a diferencia de la abrogada norma de 2021. Ese año hubo una movilización nacional contra la norma, pues sectores como los gremiales reclamaron la vulneración de sus derechos y los riesgos de perder sus bienes por efecto de procesos de investigación de sus bienes.

En este nuevo intento, la propuesta fue trabajada en el Ministerio de Justicia y contiene dos artículos, uno de ellos hace cuatro modificaciones en el Código Penal y dos en el Código de Procedimiento Penal, además de un ajuste en la Ley del Notariado.

Entre los ajustes con más desarrollo legislativo figura el delito de terrorismo que está consignado en Artículo 133 del Código Penal. Además, detalla los cargos que corresponden a esta figura legal.
“Atendiendo las observaciones y recomendaciones, muy especialmente las contenidas en el Informe del Grupo Interdisciplinario de Expertos Independientes (GIEI), se reformula el tipo penal de terrorismo, de modo de dejar claramente explicitado que el núcleo central del disvalor es el propósito del autor de producir temor en la población”, explica el documento remitido por el Ministerio de Justicia para el inicio del tratamiento de esta nueva norma. 

Asimismo, según puntualiza el proyecto de ley al que accedió EL DEBER, el texto está enmarcado en el ámbito de las “conductas graves” y se justifica la elevación de años de condena.

En su informe, el GIEI subrayó que “la falta de independencia de la administración de justicia” y que cobra una dimensión más amplia en el ámbito penal, lo cual quedó en evidencia en el periodo relativo al informe, entre septiembre y diciembre de 2021. En ese contexto, señaló problemas en la Fiscalía, el Órgano Judicial y la debida diligencia.

“La evaluación de los expedientes de investigación y de los procesos judiciales relativos a dicha vigencia demostró falencias graves en las actividades de los órganos del sistema de justicia vinculadas a la falta de independencia de la Fiscalía y del Poder Judicial. Se observó una vulneración del debido proceso y de la debida diligencia en la investigación, la naturalización de la detención preventiva como medida ordinaria, y las deficiencias en la actividad investigativa”, señaló el informe.

El GIEI destacó, además, que la falta de independencia y el uso de la persecución penal con finalidades políticas no fueron coyunturales a la crisis electoral de 2019. “El GIEI revisó información que indica la existencia de precedentes de persecución política en periodos anteriores, y que esa práctica persiste en la actualidad”, señala.

Una tendencia observada en los expedientes investigativos y judiciales entre septiembre y diciembre de 2019 fue el uso frecuente de las figuras penales de “sedición y terrorismo” para promover la persecución penal de personas participantes en la movilización social y de líderes de oposición.

Actualmente, los procesos en contra de la expresidenta transitoria Jeanine Áñez, sus exministros y exjefes militares tienen también el rótulo de terrorismo, sedición y conspiración, pero no los menciona el informe porque está fuera de su tiempo de análisis. Bajo ese mismo sello está el proceso planteado contra el gobernador de Santa Cruz, Luis Fernando Camacho, recluido desde el 30 de diciembre en el penal de Chonchocoro.

 Hasta el próximo 30 de abril, la fecha en la que vence el plazo de la detención preventiva, la Fiscalía debería plantear las pruebas sobre el delito de terrorismo.

Anteriormente, el GIEI señaló en 2021 que un factor de debilitamiento de la confianza en el sistema de justicia es el uso del proceso penal para la persecución política. Esa distorsión de la función judicial está, en muchos casos, relacionada con la utilización indebida de los tipos penales de terrorismo, financiamiento del terrorismo y sedición, apuntó.

“Esos tipos penales resultan vagos y abstractos y no se adecúan al principio de la legalidad. La formulación de una figura de terrorismo desvinculada del elemento específico de ‘producir temor en la población’ no cumple con los estándares internacionales. Además, se observa que la Fiscalía también utiliza abusivamente esos tipos penales para procesar arbitrariamente conductas que notoriamente no tenían los elementos subjetivos de esos crímenes. La instrumentalización política del sistema de justicia durante el referido periodo menoscabó gravemente la independencia del mismo”, señala el documento.

El proyecto señala que quien cometa un delito de terrorismo es aquella persona “que intimide, coloque o mantenga en estado de alarma o pánico colectivo a la población o a un sector de ella, con el fin de subvertir el orden constitucional, deponer al gobierno elegido constitucionalmente”.

Detalla siete “conductas”, entre las que destaca actos de violencia en aeropuertos civiles”, además de la detonación de artefactos explosivos contra entidades públicas, además de atacar a “personas internacionalmente protegidas”.

El proyecto fue analizado por el rector de la Universidad Autónoma Gabriel René Moreno (Uagrm), Vicente Cuéllar, y su asesor, el constitucionalista José Luis Santistevan. “El proyecto es inconstitucional porque tipifica la protesta, las medidas de hecho, reclamos y exigencias sobre derechos fundamentales”, explican.

El proyecto viola y restringe la libertad de expresión, asociación y reunión, criminalizando las exigencias sobre los derechos sociales y las libertades a que todo ciudadano tiene sobre las exigencias de sus derechos frente a los poderes públicos”, anotó Cuellar.

También “criminaliza a quienes apoyen las medidas de libre expresión en exigencias y el reclamo de sus derechos en el ejercicio de los instrumentos de la democracia directa, como los cabildos, paros, marchas, huelgas, persiguiendo sus bienes de una manera arbitraria”, complementó.

Para el senador Rodrigo Paz, de la alianza Comunidad Ciudadana (CC), el proyecto de ley 280 está diseñado “para preservar al Estado Plurinacional y no a la gente, a ellos les importa muy poco la patria”, afirmó Paz. El proyecto se debatirá desde el 4 de abril.