El TSE advierte que cualquier ampliación de plazo en la preselección afectará la calidad de los comicios. El MAS está preocupado porque no tiene dos tercios para aprobar ternas de candidatos. Detectan “inconstitucionalidades” en el reglamento

2 de abril de 2023, 4:00 AM
2 de abril de 2023, 4:00 AM


La demora en la emisión de la convocatoria de preselección de magistrados a cargo de la Asamblea Legislativa provocó que el Tribunal Supremo Electoral (TSE) haga reajustes al cronograma de actividades de las Elecciones Judiciales programadas para octubre. El vocal Tahuichi Tahuichi informó que son 15 días de afectación y advirtió que cada día de retraso “pone en riesgo” los comicios.

“Nosotros tenemos 150 días para hacer el proceso electoral. Debimos haber arrancado el 1 de junio. Me voy a quejar que la Asamblea nos quitó 15 días de los 150 días que nosotros tenemos para administrar el proceso electoral. Vamos a hacer reajustes. Están poniendo en riesgo el proceso electoral, cada día que se demore será exclusiva responsabilidad de la Asamblea Legislativa. Ellos tienen un plazo y deberían entenderlo en esa magnitud”, alertó el vocal Tahuichi en contacto con EL DEBER.

Explicó que los plazos constitucionales se activaron desde la emisión de la convocatoria de preselección de altas autoridades del Tribunal Supremo de Justicia, 28 de marzo, y que a partir de esta fecha el Órgano Electoral tiene 25 días hasta el 22 de abril para emitir la convocatoria a elecciones judiciales y la aprobación del calendario electoral.

Entre las fechas clave para la Comisión Mixta de Constitución, a cargo de la preselección, está el envío de la lista de candidatos. Según el artículo 77 de la Ley 026 de Régimen Electoral, la postulación y preselección de postulantes tiene una duración de 80 días. El TSE aseguró que este plazo se cumple el 16 de junio.

El Órgano Electoral Plurinacional (OEP) no es la única instancia preocupada por el cumplimiento de plazos, también en el Legislativo hay temor sobre todo con la falta de consenso entre el MAS y la oposición para aprobar la lista de candidatos. Esta elección, a diferencia de las otras, tiene una particularidad vinculada al MAS que en esta ocasión no cuenta con los dos tercios de votos en la Asamblea Legislativa Plurinacional.

Patricia Arce, senadora oficialista y presidenta de la Comisión Mixta de Constitución, expresó su preocupación para lograr consensos con las fuerzas políticas opositoras que expresaron que no darán sus votos a favor de las ternas de candidatos, porque consideran que el proceso ya está viciado.

“Sigo trabajando con nuestros colegas de Creemos y Comunidad Ciudadana. Esperemos que lleguemos a un acuerdo. Lo que más me preocupa es tratar de lograr un consenso con las fuerzas políticas para alcanzar los dos tercios”, manifestó Arce a este medio.

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), tras una observación de cinco días en el país, abogó por una concertación integral de todos los partidos políticos con presencia parlamentaria y que permitan una adecuada preselección de candidatos, la condición primordial debiera ser otorgar la independencia judicial. El pronunciamiento se da luego que el MAS aprobara con su mayoría en la Asamblea un reglamento “observado”.

Joel Hernández, relator de la CIDH para Bolivia, aseguró que las solicitudes para que el organismo internacional participe como veedor del proceso de preselección aún no llegaron y, en caso de hacerlo, serán examinadas en el pleno de la Comisión.

Otro conflicto que podría provocar demoras en el proceso de preselección es la falta de presentación de candidatos para algunos cargos como ocurrió en 2017, cuando no se logró el cumplimiento de las cuotas de igualdad de género y la representación de los pueblos indígenas originarios y campesinos en los casos del Tribunal Supremo de Justicia y del Tribunal Constitucional Plurinacional, por lo que tuvo que lanzarse una nueva convocatoria que causó que el proceso electoral se realice el 3 de diciembre y no el 16 de octubre como estaba previsto.

“Cualquier ampliación de plazo va a significar un quebrantamiento de la ley y va a poner en riesgo y al final vamos a afectar a la calidad del proceso electoral”, enfatizó el vocal electoral Tahuichi Tahuchi.

Falencias del reglamento

Luego de la aprobación del reglamento de preselección de magistrados, algunos juristas e instituciones de observación hicieron un análisis del documento y detectaron varias “inconstitucionalidades” e “irregularidades” que, incluso, si no se subsanan podrían ser sujeto de impugnaciones.

“Este reglamento tiene las mismas características de un pliego de licitación hecho a medida para que ganen la elección judicial los postulantes afines al MAS. Es una burla al país poner hasta 15 requisitos específicos y solo calificar dos”, cuestionó el diputado Carlos Alarcón, de CC.

El parlamentario observó que en el caso del Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) se exige al postulante “no tener militancia en alguna organización política, al momento de su postulación”, es decir, que el candidato podría renunciar un día antes a su militancia.

Un jefe de partido político, vicepresidente o delegado, dirigente político o militante activo de algún partido político esté o no en funciones de gobierno local, departamental o nacional puede postularse al TCP si renuncia a su militancia un día antes de presentar su postulación”, manifestó el jurista Israel Quino quien citó otras “irregularidades”.

Añadió que los exlegisladores que conformaron la Asamblea Legislativa en 2009 y los excandidatos a diputados, senadores, concejales, asambleístas, alcaldes o gobernadores que perdieron o ganaron en sus elecciones entre 2009 y 2010 pueden postularse para ser magistrados. La militancia no era causal de inhabilitación en las elecciones 2011 y 2017. Es un elemento nuevo que ahora se aplica solo a tres cargos.

Dentro de los puntos mayor controversia está el “pasanaku” o “reelección encubierta” como denominó la Fundación Jubileo, que explicó que “si bien se limita la reelección de los actuales magistrados en el mismo cargo, se abre la puerta a que roten en otras altas funciones jurisdiccionales de las altas cortes, vicio que ya ha ocurrido en el pasado reciente”, señala el pronunciamiento.

Respecto a los méritos, el abogado constitucionalista Williams Bascopé observó que el reglamento para postulantes a magistrados establece que el aval de un sindicato tiene mayor valor, a la hora de la puntuación, que una segunda maestría.

Explicó que el artículo 26 del reglamento señala que la maestría tiene un valor de 11 puntos y que una segunda maestría vale sólo 0,5 puntos. Detalló que el apartado 27 reza que tener certificado de haber sido abogado de una organización suma 2 puntos.

Quino agregó que “un simple certificado, ni siquiera un postgrado” que acredite formación profesional en “derecho administrativo” habilita a un abogado para postular al TCP; lo mismo ocurría si se postulan al Tribunal Supremo de Justicia.

Contraviniendo la Ley 025 establecen la palabra ‘y otros’ en la convocatoria dando a lugar a que un profesional en ‘archipiélagos’ con conocimientos de administración y recursos humanos puede postular al Consejo de la Magistratura”, alertó.

Otro requisito cuestionado es la residencia permanente de dos años en el departamento de postulación que, citado por los juristas, contraviene las Sentencias Constitucionales 024/2018 de 27 de junio de 2018 y 087/2021 de 7 de mayo de 2021.

Para la alianza de Observación Ciudadana de la Democracia hay exclusiones que afectan “inequívocamente” la garantía de defensa que tiene cualquier persona, ya que se inhabilitará a aquellos abogados que en el patrocinio legal hayan otorgado una entrevista o declarado de “manera pública” que se vulneraron los derechos de sus defendidos en alguna causa y que esa declaración sea entendida como “postura política”.

Finalmente, las organizaciones y políticos observaron la “limitada” participación de las organizaciones de la sociedad civil en el acompañamiento de la preselección de candidatos cuya sanción en caso de emitir declaraciones públicas sobre el avance del proceso será apartarlos del grupo de asesoramiento.

Pese a las observaciones de las funciones de los equipos técnicos, el Colegio de Abogados, las universidades, periodistas, auditores y las organizaciones sociales han confirmado su participación en el proceso.

A diferencia de 2017 cuando las universidades elaboraron las preguntas para los postulantes, ahora la Comisión Mixta elaborará 40 modelos exámenes escritos con 15 preguntas.

Plazos y características de las Elecciones Judiciales

Primeros comicios de 2011

El expresidente Evo Morales emitiendo su voto en las primeras Elecciones Judiciales

En 2011, por primera vez Bolivia eligió por voto popular las autoridades judiciales del Tribunal Constitucional, Tribunal Supremo de Justicia, Tribunal Agroambiental y del Consejo de la Magistratura. Las elecciones se celebraron el 16 de octubre de 2011, aunque al principio estaban programadas para el 5 de diciembre de 2010. 

El entonces presidente Evo Morales aseguró que las inéditas elecciones judiciales cambiarían la justicia boliviana, ya que antes se repartían cargos y los magistrados eran nombrados por las clases dominantes en función a favores políticos. 

La participación de electores fue del 78% y se había convertido en uno de los porcentajes más bajos en Bolivia, ya que solía superarse el 90% de asistencia en las urnas por su obligatoriedad.

En el 2017 ganaron los votos nulos y blanco

Papeleta de las elecciones de 2017

En las elecciones judiciales de 2011 los votos nulos alcanzaron el 41,5%. El porcentaje aumento en los comicios de 2017, cuando los sufragios nulos se ubicaron en el 52,07%. En ese marco se registró una diferencia de diez puntos. 

Respecto a los plazos, fue una de las elecciones con mayor dificultad, ya que en la etapa de preselección se lanzaron dos convocatorias por falta de postulantes en los casos del Tribunal Supremo de Justicia y del Tribunal Constitucional Plurinacional.

La Asamblea Legislativa aprobó Plurinacional, el 23 de junio de 2017, la ley 960 con un régimen transitorio para el proceso de preselección y elección que ya estaba en curso. Esta ley postergó el día de elección, originalmente fijado para el 16 de octubre, al 3 de diciembre.

El MAS no tiene 2/3 para los comicios de 2023

La Comisión Mixta de Constitución está a cargo de la preselección de candidatos

El partido oficialista, a diferencia de las elecciones de 2011 y 2017, no cuenta con los dos tercios en la Asamblea Legislativa que es un requisito para aprobar las ternas de candidatos al Órgano Judicial. Las alianzas opositoras ya expresaron que no darán sus votos porque consideran que es un proceso viciado, a favor de los afines al MAS y que no da señales de cambiar el sistema de justicia.

El proceso de preselección ya advierte una demora de 15 días y la posible falta de postulantes a algunos cargos o el desacuerdo de las fuerzas políticas podría provocar la reprogramación de los comicios. 

Será necesaria una ley para alargar los plazos o en su defecto un decreto para nombrar autoridades judiciales de forma interina como propone el oficialismo.

TSE prevé lanzar en abril convocatoria a elecciones

Vocales electorales del TSE

El Órgano Electoral explicó que una vez lanzada la convocatoria de preselección de candidatos al Órgano Judicial, el 28 de marzo, por la Asamblea Legislativa se activa el plazo de 25 días para llamar a elecciones judiciales. Por tanto, losvocales oficializarán el calendario electoral y convocatoria el 22 de abril. Sin embargo, el vocal Tahuichi Tahucihi adelantó que los comicios serán el 29 de octubre.

Las autoridades electorales advirtieron que las ternas de candidatos deben ser entregadas por la Comisión Mixta de Constitución hasta el 15 de junio y cualquier demora
pondrá en riesgo la elección judicial. A la fecha ya existe un retraso de 15 días que provocó el reajuste de algunas actividades como las capacitaciones, la cadena de custodia y otras.