Solo falta que Choquehuanca convoque a sesión de la Asamblea Legislativa y se apruebe la convocatoria para la elección del nuevo fiscal general del Estado. La gestión de la actual autoridad, Juan Lanchipa, termina el 22 de octubre.

28 de agosto de 2024, 8:28 AM
28 de agosto de 2024, 8:28 AM

Para elegir al nuevo fiscal general del Estado, cargo que dura seis años, la Asamblea Legislativa Plurinacional (ALP) realizará tres tipos de evaluaciones: de méritos, examen oral y plan de trabajo de cada postulante. Entre los 18 requisitos para aspirar al cargo, figura que el profesional en Derecho no tenga militancia en ningún partido político.

Y es que, desde este miércoles 28 de agosto, la Asamblea Legislativa tiene exactamente 60 días para elegir a un nuevo fiscal general del Estado, porque la actual autoridad, Juan Lanchipa, concluye su mandato el próximo 23 de octubre.

Sólo falta que el presidente de la ALP, David Choquehuanca, convoque a sesión de ambas cámaras, Senado y Diputados para que se apruebe la convocatoria y comenzar el proceso de selección y designación de la nueva autoridad. Se prevé que el Legislativo sesione esta semana.

Sin militancia

“No tener militancia en ninguna organización política, de conformidad al artículo 182 de la Constitución Política del Estado”, se lee en el segundo requisito específico de la Ley 1579. El postulante debe presentar un certificado original actualizado del Órgano Electoral que confirme que no es militante de ninguna organización política.

No obstante, la norma no especifica el lapso de no militancia que tiene que tener un postulante. Este medio consultó este punto a la diputada María Elena Pachacute (CC), que forma parte de la Comisión Mixta de Justicia Plural.

Es decir, un abogado que aspire al cargo y que actualmente milite en algún partido, antes de postular, ¿puede renunciar al mismo para inscribirse? La legisladora señaló que mucho depende de la ética profesional de cada persona, pero también de tener reglas más estrictas para elegir a autoridades idóneas que respondan al principio de institucionalidad.

“¿Qué hacemos como Comisión, si el postulante muestra la certificación que dice que no tiene militancia, pero vemos en las redes sociales que ha sido militante? Entonces, parte mucho de trabajar en normas más rígidas. También es real que en este país para ser funcionario público tienes que tener el carnet azul (del MAS). Estas son situaciones que merecen un amplio debate”, dijo la legisladora orureña.

El proceso de selección

La elección de un nuevo fiscal general del Estado se basa en la Ley 1579, que es una norma “transitoria para la selección y designación de la o el fiscal general del Estado”, y la misma detalla todo el procedimiento que se debe cumplir y tiene dos fases: la selección, tarea que está a cargo de la Comisión Mixta de Justicia Plural, y la designación, que se hará en sesión del Legislativo.

Este proceso se distingue además por los tres tipos de evaluaciones que se realizarán a los aspirantes al cargo.

La evaluación de méritos que contempla el ejercicio y la experiencia profesional en ciencias penales, Derecho Constitucional y Derechos Humanos, donde se evaluarán docencia universitaria, ejercicio profesional, su experiencia si trabajó en el Órgano Judicial o en la Fiscalía. Todo esto por 60 puntos.

También se evaluará su formación académica. Si el postulante tiene doctorado logrará 45 puntos y si tiene un segundo doctorado se adicionarán 5 puntos más, maestría 30, especialidad 20 y diplomado 15 puntos. Se evaluará por 50 puntos y se considerará el puntaje que obtenga con el mayor grado académico. La producción intelectual vale 10 puntos. En total se tienen 120 puntos.

En cuanto a la segunda fase de evaluación que es sobre 80 puntos, esta se divide en dos: el examen oral, que es sobre 70 puntos, y la exposición de su plan de trabajo, sobre 10, haciendo aun total de 80 puntos.

“En la Comisión hemos analizado que (los postulantes) no pueden solo dar examen oral o (ser evaluados) por sus méritos, sino también tienen que tener la capacidad de elaborar un plan de trabajo, esto para ver cómo van a trabajar, si fueran elegidos como fiscal general del Estado”, explicó el presidente de la Comisión Mixta de Justicia, senador Roberto Padilla.

En total, cada postulante al cargo de fiscal general será evaluado sobre 200 puntos.

En total son18 requisitos que deben cumplir los abogados que deseen postular al cargo. Nueve requisitos comunes y nueve específicos, todos deben tener documento de respaldo.

Entre los requisitos comunes están que los postulantes sean bolivianos, haber ido al cuartel (para los varones), no tener pliego de cargo ejecutoriado pendiente no tener sentencia condenatoria ejecutoriada pendiente, no contar con antecedentes de violencia doméstica, estar inscrito en el Padrón Electoral, hablar al menos dos idiomas oficiales, no incurrir en casos de prohibición establecidos en los artículos 236 y 238 de la Constitución Política y no haber sido designados anteriormente como fiscal general del Estado.

Entre los requisitos específicos está que el postulante debe ser mayor de 30 años, no tener militancia política, tener título de licenciado en Derecho, contar con al menos ocho años de experiencia profesional, formación especializada en ciencias penales y derecho constitucional, no haber sido sancionado o destituido del Consejo de la Magistratura ni de la Fiscalía General del Estado, no haber patrocinado a personas culpables en delitos contra el Estado, no haber patrocinado procesos de enajenación de recursos naturales, y elaborar una propuesta de plan de trabajo.

Pasos para la selección

Una vez que la Asamblea Legislativa apruebe la convocatoria, la Comisión Mixta empezará el proceso de selección que tiene 13 tareas o pasos que se deben cumplir en 45 días calendario.

Entre ellas están: la publicación de la convocatoria, que dura 1 día; la presentación de postulantes, 15 días; la verificación de requisitos habilitantes comunes y específicos, 3 días; la publicación de los postulantes habilitados e inhabilitados, 1 día; la presentación de impugnaciones, 2 días; la resolución de impugnaciones, 4 días; notificación de impugnaciones y publicación de la lista de postulantes habilitados para la fase de evaluación de méritos, 1 día; evaluación de méritos, 4 días; presentación del recurso de revisión de méritos, 2 días; resolución del recurso de revisión de méritos, 4 días; notificación de recurso de revisión de méritos, 1 día; exámenes orales y exposición de plan de trabajo, 5 días, y la aprobación de los informes de selección y remisión a la Asamblea Legislativa, 2 días.

“En la Comisión Mixta de Justicia Plural tenemos un plazo de 45 días para la selección de postulantes y para la aprobación en la Asamblea Legislativa se tienen 10 días”, precisó Padilla.