Señalan que privar a la población de alimentos y medicamentos viola los derechos fundamentales. El Gobierno tiene el mandato constitucional de intervenir

5 de agosto de 2020, 12:22 PM
5 de agosto de 2020, 12:22 PM

El alcalde de La Paz, Luis Revilla, alertaba de la emergencia sanitaria por la falta de oxígeno para la atención a pacientes con Covid-19. Esa misma tarde, la Caja Nacional de Salud de Oruro informaba del fallecimiento de cuatro personas, entre ellas un dirigente de la COD, por falta de oxígeno. La falta de  insumos médicos, en especial de oxígeno, para tratar a los pacientes con coronavirus y otras patologías obedece al bloqueo de carreteras que lleva adelante la Central Obrera Boliviana (COB) y las organizaciones afines al Movimiento Al Socialismo (MAS)

Las medidas de protesta se iniciaron en la madrugada del lunes con 75 puntos de bloqueos en las carreteras del país, según afirman desde el Pacto de Unidad.

Para el ministro de Defensa, Fernando López, las medidas que impiden el paso de ambulancias y medicamentos de primera necesidad se traducen en un “atentado contra la vida”.

 Abogados constitucionalistas consultados por EL DEBER opinan que estos bloqueos, que impiden el paso de ambulancias, de insumos médicos y de alimentos, agravadas con el uso de dinamita en la carretera entre Oruro y Cochabamba, suponen un delito de lesa humanidad.

Luis Vásquez Villamor, abogado paceño, recurre al Estatuto de Roma, suscrito por el Estado boliviano y validado en la Constitución Política del Estado, en cuyo artículo 7 indica que es crimen de lesa humanidad cualquier acto que se comete como "parte de un ataque generalizado o sistemático contra una población civil y con conocimiento de dicho ataque” y cuya consecuencia sea el asesinato o exterminio, entre otras secuelas.

En el mismo documento se menciona que “el exterminio comprenderá la imposición intencional de condiciones de vida, la privación del acceso a alimentos o medicinas, entre otras, encaminadas a causar la destrucción de parte de una población”. 

Quienes  llevan adelante los bloqueos en el país han ratificado su deseo “de impedir el ingreso de alimentos y medicamentos a las ciudades”. Vásquez considera que esta acción de “impedir el paso de los tubos de oxígeno está a matando a la gente” y, por tanto, se podría equiparar con una situación de exterminio.

El constitucionalista cruceño José Luis Santistevan considera que las movilizaciones buscan desestabilizar al Gobierno legalmente constituido y prorrogado con la conformidad del Tribunal Constitucional. Además, indica que el uso de dinamita durante las protestas, convierte a los bloqueadores en una “organización criminal que comete un delito de sedición y alzamiento armando”.

Según la interpretación jurídica que realiza Santistevan, la utilización de dinamita en las protestas, así como el desconocimiento a la situación de alerta sanitaria que vive el país supone un acto de “traición a la Patria,  que atenta contra la unidad del país”, como se expresa en el artículo 124 de la Constitución Política del Estado (CPE). Este delito conlleva “la máxima sanción penal”, que dispone el parágrafo II del mismo artículo.

Los sectores afines al MAS exigen la realización de las elecciones presidenciales el 6 de septiembre. Para estos sectores, la falta de legitimidad impide una atención adecuada a la crisis sanitaria y económica del país.

Santistevan considera que el bloqueo de carreteras, que impide el tránsito de ambulancias y provoca el desabastecimiento de oxígeno, así como la provisión de alimentos a los centros urbanos, también está contemplado en el Código Penal como un delito contra los derechos fundamentales.

A eso se añade el uso de dinamita y material explosivo que, de acuerdo al Decreto Supremo 1395 aprobado el 26 de septiembre de 2012 por la entonces presidenta en ejercicio Gabriela Montaño, prohíbe “la tenencia y/o uso de bombas, materias explosivas, inflamables, asfixiantes, tóxicas u otros materiales relacionados, en manifestaciones y movilizaciones sociales, por implicar un peligro común para la vida, la integridad corporal y la propiedad pública y privada”.

Para Vásquez, si bien el delito central que se deriva de los bloqueos se encasilla como delito de lesa humanidad, también se pueden considerar otros delitos menores que atentan contra la salud y la libre transitabilidad.

El artículo 13 de la CPE establece que estos derechos son “inviolables, universales, interdependientes, indivisibles y progresivos. El Estado tiene el deber de promoverlos, protegerlos y respetarlos”. Por tanto, Santistevan explica que el Ejecutivo puede convertirse en corresponsable si no actúa para evitar las medidas de bloqueo.

Un mismo parecer manifiesta Vásquez, quien añade que “no es salir a amenazar, la gestión del gobierno tiene que garantizar la paz al conjunto de la sociedad”. Y agrega que el Gobierno se convierte en un corresponsable por las acciones políticas y las medidas que ha asumido.

Nuestro Gobierno no tiene las ideas claras de lo que debe hacer”, dice Vásquez y pide al Ejecutivo que “tome medidas serias y con buena base legal”.

Santistevan, que siempre maneja un ejemplar de la Constitución a mano para validar sus opiniones, recurre al artículo 172 que habla de las atribuciones presidenciales. La primera de éstas puntualiza que debe “cumplir y hacer cumplir la Constitución y las leyes”, por lo cual, tiene la potestad para trabajar junto a las Fuerzas Armadas y la Policía en el restablecimiento del orden público.

Para Santistevan, el MAS ha sido víctima de su propio ordenamiento jurídico “que lo hizo para tenernos controlados”. El Decreto Supremo 1395 indica que las movilizaciones pacíficas son un derecho garantizado y que “las y los participantes en movilizaciones deberán adoptar las medidas necesarias para evitar causar daños a terceros o a la propiedad pública o privada”, debiendo responder civil y penalmente por los daños causados.

Finalmente, Vásquez sugiere que la acción penal que debería emprender el Fiscal General del Estado debe sostenerse en el delito mayor, el de lesa humanidad, para los autores materiales directos, pero también alcanzar a los incitadores intelectuales. “Hay responsabilidad en quienes convocan a este tipo de medidas”, explica refiriéndose al dirigente de la COB, Juan Carlos Huarachi, al candidato presidencial por el MAS, Luis Arce Catacora, y al expresidente   Evo Morales.