Este hecho se da en el día 52 del paro médico. Seis artículos de la Ley ya fueron demandados de inconstitucionales. Esperan la respuesta del TCP

5 de abril de 2021, 17:30 PM
5 de abril de 2021, 17:30 PM

Dos acciones de inconstitucionalidad, una presentado el viernes por diputados de CC y otro recurso similar formalizado este lunes por la senadora, Centa Rek de Creemos, constituyen la ofensiva legal que iniciaron los partidos políticos de oposición en contra de la Ley de Emergencia Sanitaria.


“Hemos presentado la demanda bajo cinco aspectos claves de esta ley”, dijo el diputado Carlos Alarcón (CC) y explicó tres de los argumentos: la vulneración del derecho a la huelga del sector salud; la exclusión del sector salud del Consejo Nacional Estratégico; y la discriminación del acceso al trabajo a médicos bolivianos.


El diputado Marcelo Pedraza (CC) explicó otros dos puntos y dijo que demandaron la confidencialidad de los contratos de compra de equipos, insumos y vacunas que señala la norma, también la violación de las competencias concurrentes que tienen los gobiernos subnacionales.


A esta demanda se sumó la senadora Centa Rek (Creemos), quien también presentó el memorial que observa la confiscación de recursos a los gobiernos subnacionales y centraliza todas las acciones en manos del gobierno central.


Dijo que son los municipios y las gobernaciones las instancias que están frente a la pandemia y deberían disponer del dinero que les corresponde, pero el Gobierno toma control de este dinero a nombre de la pandemia.


La Ley


La demanda de los legisladores hace eco básicamente de las demandas de los trabajadores de salud, quienes ya rechazaron al menos tres artículos. El derecho a la huelga que demanda CC está referido al artículo 19 de esta Ley.


La exclusión del sector salud del Consejo Nacional Estratégico está contemplado en el artículo 8 que señala que este Consejo estará integrado por 11 ministerios y no contempla una instancia técnica, pero tendrá atribuciones para definir las tareas de todas las entidades públicas y sus decisiones serán de cumplimiento obligatorio.


El artículo 28 de la Ley también es cuestionado por la permisividad y discrecionalidad que otorga al Ministerio de Salud para la contratación de personal que estén “predispuestos” a trabajar en las tareas de emergencia.


Los artículos 29 y 30 también son los cuestionados porque el primero reconoce la jurisdicción externa en caso de controversia y el 30 señala que se debe respetar las cláusulas de confidencialidad.


Tanto el diputado Pedraza y la senadora Rek cuestionaron el artículo 22 que faculta al Gobierno a tomar control de las tareas de salud cuando alguna gobernación o municipio sea rebasado en su capacidad de atención de la pandemia. El artículo señala que será el Consejo Nacional Estratégico el que pida acceder a los recursos de un determinado gobierno subnacional.


El ejecutivo del Sindicato de Ramas Médicas de Salud Pública (Sirmes), Fernando Romero, dijo que las medidas de presión en contra de esta ley no se detendrán y que asumirán otras acciones de reivindicación de sus derechos. Este lunes se produjo el bloqueo esporádico de caminos en Santa Cruz por esta demanda.