Conozca lo que indica la Guía de protocolos y procedimientos para la prevención del abuso y la violencia sexual contra menores de esa congregación

7 de mayo de 2023, 19:11 PM
7 de mayo de 2023, 19:11 PM

“La Compañía de Jesús se une a la sociedad en la condena tajante de todo abuso sexual en contra de menores, sumándose a los esfuerzos contemporáneos para prevenirlos y evitarlos y, cuando ocurren, asumir una respuesta oportuna y adecuada para sanar a las víctimas y buscar rehabilitar a los agresores, independientemente de cumplir con la denuncia y aplicación de procedimientos, tanto en el ámbito secular como canónico para la investigación y aplicación de las sanciones que correspondan”, se lee en Ambientes sanos y seguros, documento de esa institución.

Se trata de una guía de protocolos y procedimientos para la prevención del abuso y la violencia sexual contra menores de esa orden, en Bolivia, que está publicada en su sitio web.

La Compañía de Jesús se encuentra en el ojo público después de que salieran a la luz denuncias de pederastia en contra de sacerdotes que trabajaron en Bolivia. El diario del fallecido Alfonso Pedrajas da cuenta de abusos cometidos por este a por lo menos 80 menores. El contenido de ese diario fue dado a conocer por el diario El País, y en Bolivia la Fiscalía General del Estado ya inició un proceso por el caso.

En el documento Ambientes sanos y seguros se reconoce: “El abuso sexual afecta la vida de las personas y erradicar sus secuelas supone un proceso largo, resulta difícil y a veces imposible. Tiene consecuencias físicas y psicológicas, así como también que las más difíciles de tratar son las segundas, dado que pueden aparecer días, meses o años después”.

En esta guía, además de promover la prevención del abuso, los jesuitas establecen los pasos para presentar una denuncia de abuso o violencia sexual, ante esa congregación. Lo primero, indica que el provincial es: “máximo responsable del cumplimiento de esta guía de procedimientos y protocolo”. 

Este designará a una persona como delegado encargado de monitorear la implantación de la guía y de recibir las denuncias que pudieran existir. También habrá otra persona que haga lo mismo en todas las obras, o instituciones de la Compañía de Jesús.

Contempla un acompañamiento a las denuncias que sean realizadas directamente a la Policía o a la Defensoría de la Niñez y Adolescencia. Del mismo modo, instruye valorar rumores repetidos o quejas de comportamiento impropio, en su verosimilitud y gravedad para seguir una investigación formal interna.

Este es el proceso que sigue una denuncia en la justicia eclesiástica, de acuerdo con Ambientes sanos y seguros. Guía de protocolos y procedimientos para la prevención del abuso y la violencia sexual contra menores:

Cuando el delegado Provincial ha tomado conocimiento de una acusación debe enviar un acta de la acusación al Provincial. Este estudiará el caso para “hacerse un juicio de la denuncia” e instruirá la apertura de la llamada investigación previa, cuyo objetivo es: “acreditar la verosimilitud de la noticia sobre un delito en cuanto a los hechos y sus circunstancias, así como la eventual imputabilidad del denunciado”.

La investigación previa puede estar bajo responsabilidad de un jesuita, un religioso no jesuita o un laico. Su duración será de tres meses, desde el decreto de su inicio.

En esta etapa el Provincial deberá imponer medidas cautelares al acusado.

Al término de su trabajo, el investigador entregará toda la documentación y el material recogido. Si se lo pidieran, también sus conclusiones sobre la verosimilitud o no de la noticia del delito. Todo esto será enviado a la Curia General de la Compañía de Jesús.

La guía señala que existen tres opciones de conclusión, una vez terminada la investigación previa:

a. Los hechos no son verosímiles, o se necesita ampliar la investigación.

b. Son verosímiles y se esperará la orientación acerca de su consideración en la Congregación para la Doctrina de la Fe, según su gravedad.

c. El Superior General de la Compañía de Jesús puede instruir un proceso judicial canónico.

De acuerdo con la Guía para comprender los procedimientos fundamentales de la Congregación para la Doctrina de la Fe (CDF) cuando se trata de las acusaciones de abusos sexuales existen varias opciones cuando se presentan estos casos.

Puede haber un proceso penal judicial ante un tribunal local de la Iglesia; un proceso penal administrativo ante un delegado del obispo local con la asistencia de dos asesores.

“En caso de que el clérigo sea juzgado culpable, los dos procesos —el judicial y el administrativo penal— pueden condenarlo a una serie de penas canónicas, la más grave de las cuales es la expulsión del estado clerical”, señala la guía de la CDF. Es decir, que el acusado, de ser juzgado culpable no podrá ejercer más el sacerdocio.

El documento indica que la decisión de los cardenales miembros de la CDF es definitiva.

Por otro lado, y, en casos muy graves, “en los que el proceso penal civil haya declarado al clérigo culpable de abuso sexual de menores, o cuando las pruebas son abrumadoras, la CDF puede optar por llevar el caso directamente al Santo Padre con la petición de que el Papa promulgue con un decreto «ex officio» la expulsión del estado clerical. No hay recurso canónico contra esa decisión pontificia”.

Sobre las medidas disciplinarias, la Congregación para la Doctrina de la Fe señala que, cuando el sacerdote acusado hubiera admitido sus delitos “haya aceptado vivir una vida de oración y penitencia, la CDF autoriza al obispo local a emitir un decreto que prohíba o restrinja el ministerio público de dicho sacerdote”. Si este decreto es quebrantado se prevé una pena canónica y no se excluye la expulsión del estado clerical.