El conflicto judicial que se desató entre el miércoles y el viernes de esta semana, por los amparos y recursos que surgieron dentro del caso del expresidente Evo Morales en Tarija, tiene su origen en octubre de 2024, cuando se inició el proceso contra el expresidente Evo Morales. Este viernes 2, los abogados de Evo y el ministro de Justicia salieron a defender sus posiciones.
A principios de octubre de 2024 surgió la noticia de un proceso contra Evo Morales en Tarija; además se indicaba que había orden de aprehensión en su contra; para evitar ese hecho, sus abogados Carlos Romero y Jorge Pérez Valenzuela presentaron una acción de libertad contra las autoridades de Tarija que lo querían juzgar; pidieron que Morales sea procesado en Cochabamba.
“Hay una sola autoridad jurisdiccional, es decir lo que habrían hecho es presentar una acción de libertad sobre otra acción de libertad que se ha llevado a cabo con anterioridad. Tenemos que indicar con claridad que el artículo 40 del Código Procesal Constitucional instruye la ejecución inmediata y sin ninguna posibilidad que se pueda detener lo determinado por un juez de garantías constitucionales, en este caso la juez Moreno de Santa Cruz que, claramente ha establecido y ha determinado que deben enviarse los cuadernos de investigación al departamento de Cochabamba”, argumentó el abogado Wilfredo Chavez, quien recordó que esa audiencia se produjo en octubre del pasado año.
Al frente salió el ministro de Justicia, César Siles, quien también dijo que, en ese entonces, el Servicio Plurinacional de Asistencia a la Víctima (Sepdavi) presentó una acción de libertad en nombre de la supuesta víctima de Evo Morales y esa audiencia se realizó en La Paz, a cargo del juez Andrés Zabaleta que dio la razón al Sepdavi.
“El Sepdavi presentó una acción de libertad, por el arbitrario fallo que ya en octubre del año pasado había dictado la juez Lilian Moreno, dando la libertad irrestricta al señor Evo Morales, y adicionalmente, había dispuesto la remisión del caso a la jurisdicción de Cochabamba, y el juez de La Paz concedió la tutela (dio la razón)”, justificó el ministro.
Para los evistas es claro: ellos presentaron una acción de libertad que les dio la razón y por tanto no se puede presentar otro recurso similar, ya que primero debe ser resuelto por el Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) de Sucre, y ese fallo de octubre de 2024 no fue resuelto por el ente constitucional hasta ahora.
El ministro Siles admitió que el TCP debe resolver la acción de libertad que se presentó el año pasado y dijo que, por la urgencia del caso los magistrados y los 'autoprorrogados', deben emitir una sentencia en pocos días.
“Hemos identificado que está sorteado y está con un magistrado relator, entendemos que debería salir, y además por lo que está sucediendo, rápidamente la próxima semana; vamos a ser vigilantes de que pueda salir esa sentencia constitucional rápidamente”, dijo Siles.
Recurso de queja
El también abogado de Morales Jorge Pérez Valenzuela explicó que lo único que ellos hicieron fue presentar un ‘recurso de queja’ ante la juez que atendió la acción de libertad, es decir la jueza Lilian Moreno, quien hace siete meses les dio la razón.
En su fallo, la jueza solamente reiteró lo que había definido en su primera determinación, cuando mandó a que el juez de Tarija, Nelson Rocabado, se abstenga de proseguir con el caso y remitir todo a Cochabamba; como hizo caso omiso de esa decisión judicial, se anularon todos los pasos que se dieron a lo largo de estos siete meses, entre ellos las órdenes de aprehensión contra Morales.
Ahora resta esperar la decisión del TCP y ver cuál de las dos acciones de libertad que presentaron prosperará.