La ley faculta al juez a mandar a aprehender a los testigos si se resisten a comparecer

17 de marzo de 2024, 18:34 PM
17 de marzo de 2024, 18:34 PM

A las 09:00 de este lunes, el expresidente Evo Morales debe presentarse ante el juzgado Cuatro de Sentencia Penal de La Paz para declarar como testigo de descargo de Pilar Guzman y su familia. El viernes fue pegado el mandamiento de comparendo en el domicilio de Morales en Cochabamba.


“Se advierte al testigo que en caso de incomparecencia en mérito al Art. 198 del CPP, se declarará su compulsión y se expedirá mandamiento de aprehensión en su contra, sin perjuicio de remitirse antecedentes ante el Ministerio Público para que se lo procese por el delito de desobediencia a la Autoridad Judicial”, señala el documento pegado en el domicilio de Morales ante la imposibilidad de encontrarlo personalmente.


El 30 de enero de este año se reabrió el caso Zapata por el delito de trata y tráfico de personas que involucra a 11 acusados, su expareja, Gabriela Zapata entre ellos. La defensa de Pilar Guzmán, denominada como “tía” de la principal acusada presentó una lista de testigos de descargo, entre los que se encuentran el expresidente.


El viernes también se pegó otra cédula de comparendo en el domicilio del exministro de Gobierno, Carlos Romero a quien Zapata acusa de ser el principal ejecutor de todas las represalias en su contra y disponer una vigilancia permanente sobre ella desde antes del 21 de febrero de 2016.


La cédula de comparendo de Romero tiene el mismo tenor, su presencia a las 09:00 en el edificio del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz a prestar su declaración como testigo de descargo.


Ambas exautoridades pueden ser aprehendidas si no se presentan a esta convocatoria judicial porque el artículo 198 del Código de Procedimiento Penal (CPP) establece que los testigos están obligados a presentarse ante la autoridad judicial.


“Si el testigo no se presenta a la primera citación, se expedirá mandamiento de aprehensión, sin perjuicio de su enjuiciamiento. Si después de comparecer se niega a declarar se dispondrá su arresto, hasta por veinticuatro horas, al término de las cuales, si persiste en su negativa se le iniciará causa penal”, señala el referido artículo penal.


No se conoció que se hubiera notificado al exvicepresidente, Álvaro García Linera. El abogado defensor Manolo Rojas dijo que en este caso García Linera declaró que tuvo en sus manos al niño. Si el juicio del menor estableció que el mismo no existió, entonces ¿qué niño sostuvo en sus brazos el exvicepresidente? cuestionó el abogado.