(VEA EL VIDEO) Es la segunda vez que Morales desconoce una determinación internacional que va en su contra

13 de agosto de 2021, 10:13 AM
13 de agosto de 2021, 10:13 AM

Apenas conocido el documento del fallo de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) al que accedió EL DEBER, que aún no fue publicado oficialmente, el expresidente Evo Morales se estrelló contra sus magistrados y los vinculó directamente a la Organización de Estados Americanos (OEA), con cuyo secretario general, Luis Almagro, mantiene una larga pugna de acusaciones políticas.


“Sabemos pues a quién corresponde la Corte Internacional de Derechos Humanos, a quién responde, a quién obedece, con quiénes trabajan; más bien aprovecho esta oportunidad para plantear y ver cómo refundar la OEA por no decir cerrar la OEA”, dijo Evo Morales, cuyos diputados y ministros defendieron el artículo 23 del Pacto de San José de Costa Rica para postularlo por cuarta vez consecutiva a la presidencia en 2019.


El propio Morales reivindicó ese artículo y dijo que es claro cuando protege el derecho de repostularse como candidato a la presidencia. “Me ha sorprendido que la Corte Internacional de Derechos Humanos diga que la reelección no es un derecho humano, ustedes pueden revisar el pacto de San José, donde en el artículo 23 afirma que la reelección es un derecho”, les dijo a los periodistas peruanos (donde se encuentra desde el miércoles) en conferencia de prensa.


En septiembre de 2017 una docena de legisladores del MAS se presentaron ante el Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) de Bolivia y plantearon una acción de inconstitucionalidad abstracta en contra del artículo 168 de la Constitución Política del Estado (CPE) que permite la reelección por una sola vez.


Los legisladores invocaron el artículo 256 de la Carta Magna que manda aplicar de manera preferente los tratados internacionales que haya suscrito el país; en ese marco pidieron aplicar el artículo 23 del Pacto de San José de Costa Rica para justificar la relección indefinida de Evo Morales.


El Pacto de San José

“Votar y ser elegidos en elecciones periódicas auténticas, realizadas por sufragio universal e igual y por voto secreto que garantice la libre expresión de la voluntad de los electores” señala el inciso 'b' del referido artículo y que expusieron como justificativo los legisladores del MAS. En ninguno de los tres incisos figura el término "reelección".

El 27 de noviembre de ese mismo año, seis magistrados del TCP emitieron la polémica sentencia constitucional 0084/2017 que daba la razón a los masistas y habilitaron a Morales para otra candidatura.


El jueves se conoció el documento del fallo de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) al que accedió EL DEBER, que aún no fue publicado oficialmente, sobre la opinión consultiva que presentó Colombia en 2019. En el mismo se hace conocer que la reelección indefinida de los candidatos presidenciales no puede ser considerado un derecho humano.


Ahora Morales, cuyo canciller, Diego Pary y su ministro de Justicia, Héctor Arce, defendieron la aplicación preferente del artículo 23 del Pacto de San José el 5 de diciembre de 2018 ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), afirma que esa opinión obedece a la dirección de la OEA.


Con esta declaración, es la segunda vez que Evo Morales desconoce una determinación internacional que va en contra de sus intereses. La primera fue en las elecciones de 2019 cuando desconoció el informe de la OEA que denunció graves irregularidades en el proceso.