Dina Chuquimia accedió al cargo por renuncia de Salvador Romero, a quien Arce no sustituyó como hizo con la vocal depuesta

3 de octubre de 2024, 22:11 PM
3 de octubre de 2024, 22:11 PM

El presidente Luis Arce y la ministra de la Presidencia, María Nela Prada, tendrán que responder a un amparo constitucional que presentó contra ellos la exvocal Dina Chuquimia, quien esperó los plazos recibiendo justificativos del Gobierno, incluso una “opinión procuradurial” sobre su intempestiva sustitución por otro vocal.


“Sin existir razón o causa legal alguna para la cesación de mi función, los servidores públicos presidente del Estado, Luís Alberto Arce Catacora, y ministra de la Presidencia, María Nela Prada Tejada, por razones que desconozco y que obviamente son ilegales, en forma abrupta, sorpresiva, desconsiderada, inconstitucional e ilegal suspendieron y acortaron mi periodo de función”, señala la exposición de hechos del amparo presentado por la exvocal.


Chuquimia fue sustituida el 2 de abril de 2024, vanos fueros sus esfuerzos por reestablecer sus derechos pues considera que los mismos fueron vulnerados a partir de la propia Constitución Política del Estado. La exvocal, a lo largo de este tiempo envió notas al Gobierno y las autoridades electorales sin éxito. Ahora espera la notificación del Órgano Judicial para interpelar a las dos autoridades.


Tres notas de reclamación a la Presidencia del Estado; cuatro notas de reclamación y solicitud de certificación por acto ilegal al propio Tribunal Supremo Electoral (TSE), señala el documento presentado por la exautoridad.


Relató que incluso el Ministerio de la Presidencia le respondió con una “opinión procuradurial”, cuando su máxima autoridad era el actual ministro de Justicia, César Siles. En esa nota la Procuraduría oficia de Tribunal Constitucional y señala que el cargo de vocal electoral no es como el caso de los vocales electos en la Asamblea.


“A su vez, de la naturaleza y forma de ingreso a la función pública del vocal designado por el Presidente o Presidenta de Estado conforme al Art. 172, numeral 21, en concordancia con el Articulo 206 párrafo tercero, ambos de la Constitución Política del Estado, se puede advertir que dicho representante del Órgano Ejecutivo tiene la calidad de servidor público de libre designación, según a las condiciones generales del servicio público”, señala la nota del 23 de abril.


El artículo 206 que cita la Procuraduría señala que el ente electoral “está compuesto por siete miembros quienes dudarán en sus funciones 6 años sin posibilidad de reelección”. Más adelante en el parágrafo III refiere que “la Asamblea Legislativa, por dos tercios de votos de los miembros elegirá a seis de los miembros del Órgano Electoral Plurinacional. La presidenta o el presidente del Estado designará a uno de sus miembros”, en ningún momento señala que el cargo del vocal es de “libre nombramiento”.


Chuquimia dijo que ella busca el respeto a la CPE y considera que sus funciones deben concluir en seis años. La exvocal reemplazó en el cargo a Salvador Romero, quien fue nombrado por Jeanine Áñez y Arce no lo removió cuando ingresó al poder en noviembre de 2020, fue el vocal Romero quien presentó su renuncia y el 30 de abril de 2021 David Choquehuanca posesionaba a la vocal Dina Chuquimia.