Dos abogados constitucionalistas señalan que se vulnera la CPE, el Código Civil y la Ley 025, entre otras normas. Creemos exige que se trate el proyecto de ley del servicio de Derechos Reales que presentó en 2021.

25 de abril de 2024, 20:34 PM
25 de abril de 2024, 20:34 PM

Aprobado por el presidente Luis Arce hace 10 días, el Decreto Supremo 5143 instruye al Consejo de la Magistratura, que es parte del Órgano Judicial, reestructurar el Registro de Derechos Reales en seis meses. Si bien el objetivo central de la norma es acabar con la corrupción en la entidad, abogados constitucionalistas y la opositora Creemos ven que esta norma va contra la Constitución Política del Estado (CPE), porque no se puede “legislar por decreto”.

Desde el Ministerio de Justicia, la entidad que promovió la aprobación de esta normativa, señalan que el Órgano Ejecutivo ya sea nacional, departamental o municipal, tiene la facultad privativa de reglamentar leyes mediante decretos.

El Decreto 5143 reglamenta la Ley de Inscripción de Derechos Reales, una norma promulgada el 15 de noviembre de 1887 y que aún está vigente. Dicho decreto deja sin efecto el Decreto 27957 de 24 de diciembre de 2004, aprobado por el entonces presidente Carlos Mesa.

De acuerdo con la explicación de los viceministros de Justicia y Derechos Fundamentales, Jessica Saravia Atristaín, y de Defensa de los Derechos del Usuario y del Consumidor, Jorge Silva Trujillo, la norma tiene tres objetivos centrales: garantizar la seguridad jurídica de las personas que realicen sus trámites de bienes inmuebles; terminar con la red de corrupción de los actuales funcionarios y exfuncionarios que se dedican a realizar cobros irregulares a las personas, y emplear un sistema digital para todos los tipos de trámites y que el pago de los mismos sea mediante los bancos.

“Este decreto se orienta a cortar los canales de corrupción porque plantea la bancarización para que el usuario que va a pagar una inscripción o la obtención de un certificado, ahora lo pueda hacer a través de un banco, para que se corte ese contacto que normalmente tiene el usuario en las oficinas de Derechos Reales al pagar en efectivo y donde está expuesto a una posible extorsión por parte de algunos servidores con los cobros ilegales que se pueden generar”, afirmó Silva.

La autoridad relató que antes de elaborar el decreto 5143 recorrieron varias oficinas de Derechos Reales del país en las que detectaron una serie de irregularidades, incluso se encontraron predios con hasta 19 folios reales, lo que genera apropiaciones indebidas, avasallamientos y por consecuencia, inseguridad jurídica.

“Hemos encontrado oficinas privadas con folios reales vacíos; cualquier cantidad de sellos para falsificar firmas; y denuncias permanentes contra funcionarios, exfuncionarios y registradores por la modificación de datos, superficies y nombres de ubicación en folios reales, producto de un sistema informático altamente vulnerables. Son las características generales de las denuncias que hemos recibido y hemos podido verificar en algunos casos”, aseguró Silva.

Constitucionalistas

El abogado constitucionalista José Luis Santistevan observó la aprobación de este decreto presidencial y lo calificó como inconstitucional porque “viola” la independencia de poderes.

“Se está legislando por decreto supremo lo que debería legislarse por ley debido a la falta de consenso en la Asamblea Legislativa para aprobar leyes, desconociendo el sistema de gobierno. Legislar por decreto para normar actos de otros órganos del Estado es violar la independencia de órganos”, afirmó Santistevan.

“Está generando inseguridad e incertidumbre sobre la propiedad privada y pública, dejando desprovisto y en manos del poder político la utilización con fines políticos de la propiedad que está protegida por los artículos 56, 393 y 394 de la Constitución Política”, apuntó.

En tanto, el abogado constitucionalista Carlos Giotia afirmó que además de la emisión de un decreto que sale del Ejecutivo para instruir tareas a un órgano independiente, se debe tomar en cuenta que el marco constitucional para la aplicación de la norma ha cambiado.

“No solo se trata de emitir un Decreto en función a una ley, sino que se tiene que emitir un decreto en función a una ley que esté en el marco constitucional vigente. Esto puede derivar en cuestionar la constitucionalidad del Decreto 5143 porque vulneraría la independencia de poder público. En otras palabras, sería como si el Órgano Judicial establezca un reglamento al Órgano Ejecutivo para el funcionamiento de los viceministerios”, señaló Goitia.

Respuesta del Gobierno

El viceministro Silva afirmó que es atribución del Ejecutivo aprobar decretos que reglamenten leyes o decretos y no solo el Gobierno nacional, sino los gobiernos departamentales y municipales, también tienen esa potestad.

“El único Órgano del Estado que tiene la facultad privativa de reglamentar las leyes es el Órgano Ejecutivo (a nivel de) Presidente, alcalde y, Gobernadores mediante, decretos supremos, decretos departamentales y decretos municipales”, dijo Silva a EL DEBER y añadió que las normas emitidas tienen su ámbito de aplicación dentro de la jurisdicción territorial que les compete y son de cumplimiento obligatorio.

Pero la intención de reestructurar Derechos Reales no es reciente. En noviembre de 2023, el viceministro Silva informaba a este medio que el Ejecutivo elaboró el anteproyecto denominado “Ley de Servicio de Derechos Reales”. propuesta que fue aprobada por la Unidad de Análisis de Políticas Sociales y Económicas (Udape) y por el Consejo Nacional de Política Económica y Social (Conapes).

¿Por qué el Ejecutivo no impulsó esa propuesta en vez de aprobar un Decreto supremo?, fue la otra consulta que EL DEBER le hizo a Silva, a lo que la autoridad respondió que un diputado evista acudió al Tribunal Constitucional para una Acción de Inconstitucionalidad contra la Ley de 1887.

“Porque actualmente se encuentra en el Tribunal Constitucional Plurinacional (con) una Acción de Inconstitucionalidad, presentada por el diputado. Renán Cabezas de El Alto contra la ley de Derechos Reales de 1887 y porque la facultad Legislativa al igual que la facultad reglamentaria, corresponde a los niveles legislativos del Estado, por lo tanto, es la Asamblea Legislativa Plurinacional la que debe tratar el proyecto de ley”, afirmó.

Creemos

La bancada de Creemos en el Legislativo, rechazó la aprobación del Decreto 5143 y afirmó que la misma es ilegal, inconstitucional y representa una amenaza a la propiedad privada. La senadora Centa Rek recordó que su bancada en 2021 presentó el Proyecto de ley del Registro Público de Derechos Reales y pidió que el mismo sea tratado y aprobado en la Asamblea Legislativa.

“Pretenden reglamentar mediante decretos una atribución constitucional que le pertenece a una ley. Este intento de toma de toma de Derechos Reales tiene que alertarnos porque se está usando el Consejo de la Magistratura que es del Órgano Judicial, y pretende ser usado solamente para manipularlo, para endosarle un trabajo sucio, que forme un directorio que regule Derechos Reales a medida del Ejecutivo”, afirmó Rek.