El Gabinete promulgó el DS 4404 que establece que se mantiene el horario continuo en la jornada laboral. Las actividades culturales, deportivas, sociales, religiosas, recreativas y de procesos electorales, que generen aglomeración, deben cumplir con los protocolos y medidas de bioseguridad.

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29 de noviembre de 2020, 15:26 PM
29 de noviembre de 2020, 15:26 PM

El Gobierno promulgó el Decreto Supremo 4404 para reforzar las medidas de prevención y bioseguridad protegiendo la vida de la población. Entre estas medidas, está el impulso e incentivo del uso de la medicina tradicional para la prevención y el tratamiento de la pandemia. Además, obliga a todos los hospitales del sistema de salud público y a la caja pública y privada, a atender a los pacientes de coronavirus.

El objetivo del nuevo decreto, que estará vigente desde el primero de diciembre de 2020 hasta el 15 de enero de 2021, es establecer protocolos y medidas de bioseguridad para actividades económicas, laborales y otras, para proteger la vida de la población ante la pandemia en la etapa de recuperación y preparación ante un eventual incremento de casos.

“Esta temática de la prevención y promoción, tiene que llegar hasta el último rincón del país y en los idiomas originarios. También se promocionará e incentivará la práctica de la medicina tradicional y natural para la prevención, contención, tratamiento y rehabilitación del Covid-19”, informó este domingo, el ministro de Salud y Deportes, Edgar Pozo.

El DS 4404 establece que "se impulsará la producción, transformación y comercialización de los productos naturales de la medicina tradicional, para la prevención, contención, tratamiento y rehabilitación del Covid-19".

La autoridad resaltó que el trabajo preventivo contra esta pandemia, debe ser desarrollado de manera conjunta entre el Estado, gobernaciones y municipios.

Obligatoriedad

El Ministro de Salud señaló también que los establecimientos de salud de los subsectores público, seguridad social (cajas) y privados, tienen la obligatoriedad de atender a las personas contagiadas con el Covid-19; además, trabajarán de forma unificada en la implementación de los protocolos y planes de contingencia debidamente socializados.

“Las personas que habitan en esta patria nuestra tienen que ser protegidas”, puntualizó al señalar que el Ministerio de Salud hará énfasis en la prevención y promoción de la salud, la bioseguridad y el autocuidado (lavado de manos, uso de barbijo y el distanciamiento físico).

Otras actividades

Por otro lado, Pozo explicó que las actividades culturales, deportivas, sociales, religiosas, recreativas y de procesos electorales, que generen aglomeración de personas, deben cumplir con los protocolos y medidas de bioseguridad.

La normativa expresa que, las actividades culturales, deportivas, sociales, religiosas, procesos electorales y recreativas que generen aglomeración de personas, se realizarán considerando los protocolos y medidas de bioseguridad.

El Ministerio de Salud y Deportes en coordinación con los Gobiernos Autónomos, normará la realización de eventos públicos deportivos nacionales e internacionales, de acuerdo a los protocolos y medidas de bioseguridad.

El Ministerio de Culturas, Descolonización y Despatriarcalización en coordinación con los Gobiernos Autónomos, en el marco de los protocolos y medidas de bioseguridad emitidos por el Ministerio de Salud y Deportes, normará la realización de eventos públicos culturales nacionales e internacionales.

El Tribunal Supremo Electoral, en el marco de los protocolos y medidas de bioseguridad emitidos por el Ministerio de Salud y Deportes, normará la realización de los procesos electorales.

Los Gobiernos Autónomos Departamentales y los Gobiernos Autónomos Municipales en el marco de los protocolos, medidas de bioseguridad y el Índice de Alerta Temprana emitidos por el Ministerio de Salud y Deportes, normarán la realización de actividades públicas señaladas.

Horario continuo y educación

En relación a la jornada laboral, esta se mantiene en horario continuo, mientras que el Ministerio de Educación normará la realización de las actividades educativas y de capacitación.

“Los ministerios de Educación y el de Salud y Deportes, aprobarán por Resolución Biministerial la reglamentación correspondiente, que establezca el inicio, modalidad y alcance del desarrollo de las actividades educativas y de capacitación, señala el decreto.

“Tenemos que estar adecuados a los momentos que vivimos, todavía estamos bajo el peligro constante de tener a la enfermedad al lado, pero también tenemos que proveerle al país señales de seguridad para que haya una tranquilidad, una recuperación de las actividades que hacen que sea importante mover, por ejemplo, la economía de nuestro país”, remarcó el Ministro de Salud y Deportes, Edgar Pozo.