La acción legal será en contra de los responsables de la firma de la Ley 1330 por desviar fondos destinados a programas y planes diferentes”a los que se se decidió en los contratos con el BID y BM.

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20 de septiembre de 2020, 21:43 PM
20 de septiembre de 2020, 21:43 PM

El Gobierno presentará dos recursos contra la Ley 1330 (Ley del Bono Contra el Hambre) que fue promulgada por la presidenta de la Asamblea Legislativa, Eva Copa. La primera será una Acción de Inconstitucionalidad de carácter Abstracta ante el Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP). El segundo recurso, va a ser presentado como una acción penal ante el Ministerio Público, bajo el delito de malversación de fondos, contra quienes firmaron su promulgación.

“Hay dos tipos de argumentos técnico legales estudiados. Un recurso abstracto ante el TCP y dado que se está haciendo la promulgación con el uso de fondos que no están destinados para ese cometido, eso constituye un delito de malversación de fondos. Entonces, estamos previendo una acción legal para los responsables de la firma de esta ley porque están disponiendo fondos destinados a una cosa para otros programas y planes diferentes”, informó el viceministro de Inversión Pública y Financiamiento Externo, Gonzalo Quiroga.

Ante el TCP

El viceministro de Coordinación Gubernamental, Israel Alanoca, confirmó a EL DEBER que, la acción ante el TCP será presentada este mismo lunes en la ciudad de Sucre.

Interpongo la Acción de Inconstitucionalidad de carácter Abstracta en contra de la Ley 1330 del 16 de septiembre de 2020 Bono Contra el Hambre, sancionada y promulgada por la presidenta en ejercicio de la Asamblea Legislativa, Eva Copa, solicitando que, mediante sentencia constitucional, se declare la inconstitucionalidad de la ley referida”, expresa el documento del viceministro, al que se tuvo acceso.

Entre los justificativos, el Gobierno señala que su aprobación en el Órgano Legislativo, vulnera la consulta previa al Órgano Ejecutivo antes de su sanción, vulnera el principio constitucional de coordinación entre órganos del Estado, vulnera el principio de seguridad jurídica en la economía y no justifica técnicamente las condiciones más ventajosas en los plazos, los montos y otras circunstancias, “en los contratos de préstamo, los cuales están destinados para otro objeto determinado”.

Demanda penal

Por otro lado, una vez que el Banco Mundial (BM) y el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) descartaran el cambio de los usos del financiamiento que establecen los contratos firmados con el Gobierno, las autoridades redactan una demanda penal por malversación de fondos, en contra de las autoridades legislativas que aprobaron dicha norma.

“Se ha publicado la ley, pero estamos dudosos en saber qué vamos a hacer y con qué vamos a pagar. Estos contratos aún no se han aprobado como ley, pero ya nos están diciendo que tenemos que utilizarlos. Además, los créditos tienen un objeto específico”, señaló el viceministro Gonzalo Quiroga.

El contrato para acceder a los recursos del BM especifica que el financiamiento se destinará a reponer los recursos que se usaron para el pago de los bonos Universal, Familia y Canasta Familiar.

El préstamo del BID será para devolver los recursos utilizados para el pago de la Renta Dignidad, un saldo restante para el pago del Bono Canasta Familiar y una parte de la subvención de las tarifas de electricidad, que fueron reducidas según el consumo de cada familia, como una forma de mitigar los efectos del coronavirus.

Financiamiento

Según el artículo 3 de la Ley 1330, el Bono Contra el Hambre será financiado con los recursos del contrato de préstamo N° 9115-BO, suscrito entre el Estado Plurinacional de Bolivia y el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento del Banco Mundial, por $us 254,3 millones. Y el contrato de préstamo N° 5039/OC-BO, suscrito entre el Estado Plurinacional de Bolivia y el BID, por $us 450 millones.

El viceministro de Inversión Pública dejó entrever que se podría renegociar con el BM y BID estas operaciones para reconducir los recursos a otros objetivos.

“Podemos hacerlo, pero resulta que eso involucra que este tipo de operaciones va a tener un retraso de por lo menos tres meses, hasta que los directorios de cada uno de estos organismos conozcan el tema, analicen, aprueben o rechacen la moción”, finalizó.