El lunes, el Tribunal Agroambiental emitió una resolución con respecto a los incendios forestales. Entre los puntos más relevantes está el plazo para que las autoridades actúen y la dotación de insumos a los bomberos que combaten el fuego en primera línea.
1. -"(...) se otorga un plazo improrrogable de 48 horas contados a partir de la notificación con la presente resolución para que cumplan las medidas cautelares dispuestas precedentemente, bajo prevención que ante su incumplimiento se remitan obrados al Ministerio Público a fines de iniciar el proceso penal ante incumplimiento de resoluciones judiciales, sin perjuicio de emitir las medidas progresivas y compulsivas económicas.
2.- A los jueces agroambientales del Estado Plurinacional de Bolivia y en particular los jueces agroambientales con asientos judiciales en la Chiquitanía, la Amazonía y el Chaco Boliviano: activar su competencia ambiental cautelar de oficio, para ejercer fiscalización, control y seguimiento al cumplimiento efectivo de lo dispuesto. Además de programar inspecciones de oficio a los lugares de mayor incidencia y posibilidad de riesgo y daño ambiental, actividad que podrá ser realizada conjuntamente el Departamento Técnico Especializado de Tribunal Agroambiental, de conformidad a la Guía del Peritaje Ambiental vigente para la jurisdicción ambiental.
3.- En relación a los Defensores Ambientales, la sociedad civil organizada y toda persona individual o colectiva, deberá asumir su rol protagónico de defensores de la Madre Tierra y sus componentes, a través de acciones concretas de protección, conservación, mitigación y todas aquellas conducentes a la efectivización de las medidas cautelares dispuestas.
4.- Considerando que los bomberos voluntarios son Defensores Ambientales, en el marco del art. 9 del Acuerdo de Escazú, se exhorta al Nivel Central del Estado y las instancias legales competentes, se les garantice la dotación de los insumos, las necesidades operativas de seguridad, legales y de bienestar.
5.- Se exhorta a la Asamblea Legislativa Plurinacional de Bolivia, para que en el marco de sus competencias, iniciar las acciones legales o constitucionales conducentes a la revisión, análisis y armonización de normas en vigencia que encuentran observadas por la sociedad civil.
6.- Ante la omisión legislativa, se recuerda y exhorta a la Asamblea Legislativa Plurinacional analice, considere y sancione una ley especial de la jurisdicción agroambiental dentro del plazo de seis meses a partir de la notificación con la presente Sentencia. En relación a la aprobación de la Ley Especial de la Jurisdicción Agroambiental.
7.- Que el Consejo de la Magistratura para que, en ejercicio de sus atribuciones designe a las (los) juezas y jueces agroambientales para cubrir todas las acefalías existentes en el territorio nacional.
8.- Se aclara que estas medidas podrán ser modificadas, ampliadas, o dejadas sin efecto cuando hubieran cumplido su finalidad, pudiendo también esta Sala Plena del Tribunal Agroambiental disponer otras que mejor convengan a los efectos de prevenir y sofocar los incendios forestales.
9.- Y por último del Acuerdo de Escazú, se dispone la protección de la Defensora Ambiental: Abogada. Daniela Alejandra Orihuela Arratia, respecto a su vida, integridad física, psicológica, libertada de expresión, reunión, participación pública en el proceso de toma de decisiones ambientales y otros derechos fundamentales.
Los incendios forestales en el país
Aunque desde el gobierno nacional, el fin de semana, aseguró que los fuegos activos en el país están bajo control. Desde la Gobernación de Santa Cruz declararon alerta roja por los incendios forestales en el departamento, el pasado lunes.
Paulo Viruez, director de Recursos Naturales (Direna) de la Gobernación, señaló que esta determinación se da a pedido del gobernador Luis Fernando Camacho y amparada en la Ley 602 de Gestión de Riesgo.
En tal sentido, sugirió a los gobiernos municipales la activación de las instancias responsables para la declaratoria tanto de emergencia como de desastre, tomando en cuenta las sequías y los incendios forestales en sus municipios, además de la activación de los Centro de Operaciones de Emergencia Municipal (COEM), para disponer de los recursos económicos y personal necesario para la atención a los incendios forestales.