Algunos sectores de Santa Cruz ven incumplimiento de la Ley 2105 que establecía realizar censos los años terminados en cero. Sin embargo, la normativa ya no está vigente hace una década y tampoco se prevé que haya Censo cada 10 años

24 de julio de 2022, 4:00 AM
24 de julio de 2022, 4:00 AM


El Intituto Nacional de Estadística (INE) considera al menos nueve normas para llevar adelante el Censo de Población y Vivienda reprogramado para 2024, pero no contempla la Ley 2105 del 29 de junio de 2000 que obligaba a realizar los procesos censales todos los años terminados en cero, es decir, cada 10 años. Esto sucede porque la norma ya no está vigente y ahora rige la Ley 031 Marco de Autonomías de 2010.

La polémica por la aplicación de esa ley resurgió porque el Gobierno decidió postergar la encuesta nacional entre mayo y junio de 2024 después de una reunión que sostuvo la semana pasada con el Consejo Nacional de Autonomías. Inicialmente el censo estaba previsto para noviembre de este año. 

El descontento por la demora de dos años y su cercanía con un proceso electoral proviene, principalmente, desde Santa Cruz que urge una distribución de recursos y escaños por el aumento de su población en las últimas dos décadas.

“El Consejo Nacional de Autonomías no tiene competencia, no tiene atribuciones para postergar o definir cuándo se realiza un censo. Si bien se ha manifestado que por consenso se ha postergado el censo, pero por consenso no se puede infringir la Ley 2105 vigente que establece que los censos se deben llevar cada 10 años”, afirmó el rector de la Universidad Autónoma Gabriel René Moreno (Uagrm), Vicente Cuéllar.

La autoridad moreniana sugirió que el censo se aplique en junio de 2023. En esa propuesta coincidió el rector de la Universidad Mayor de San Andrés (UMSA), Óscar Heredia.

El portal web censo.ine.gob.bo, destinado a informar sobre el proceso, enumera nueve normas en el marco legal donde considera la Constitución Política del Estado (CPE), la ley N° 1405 de Estadísticas Oficiales del Estado Plurinacional de Bolivia (competencia del INE para realizar censos) y el Decreto Supremo (DS) N° 4546 que marca el inicio de las actividades censales, recientemente derogado por el DS 4760 de postergación del censo para 2024.

Le siguen el DS N° 4664 de financiamiento para consultorías, traspaso presupuestario interinstitucional – MEFP (financiamiento para otras partidas), ley N° 339 de limitación de Unidades Territoriales, DS N° 2955 para la actualización de datos poblacionales oficiales, ley N° 2150 de Unidades Político Administrativas y el DS N° 2078 de datos oficiales del censo de 2012. Pero la ley Nº 2105, 29 de junio de 2000, aprobada en el gobierno de Jorge ‘Tuto’ Quiroga, no se muestra en la lista.

La diputada Luisa Nayar confirmó a EL DEBER que la Ley 2105 fue abrogada junto a la normativa de encuesta intercensal.

“La ley de los años terminados en cero no está vigente, justamente yo presenté un proyecto de ley donde establecía que se realicen cada 10 años y además se establezca de forma obligatoria las encuestas intercensales cada cinco años”, añadió que la propuesta fue entregada a la Comisión de Planificación, misma que remitió a consulta al Órgano Ejecutivo y se espera la respuesta.

Según el artículo 2 de la ley 2105 abrogada y reemplazada, la norma modificaba la ley Nº 1551 de Participación Popular, aprobado el 20 de abril de 1994 (también suspendida), en su artículo 24, párrafo segundo, bajo el siguiente texto: “A partir del censo a efectuarse el año 2001, la información relativa a su población será obtenida de los Censos Nacionales levantados por el Instituto Nacional de Estadística y que se efectuarán obligatoriamente todos los años terminados en cero”.

En esta misma ley, se derogaba el parágrafo tres del artículo 24 de la ley Nº 1551que establece la realización de encuestas demográficas intercensales con el fin de obtener información relativa a la población, por considerar que estas encuestas no generan la información requerida para determinar el número de habitantes del país, por limitaciones propias al método de investigación que aplican.

Sobre la postergación, cursa una demanda por incumplimiento de deberes contra el ministro de Planificación del Desarrollo, Sergio Cusicanqui, y el director interino del INE, Gastón Cordero, interpuesto por la diputada de Comunidad Ciudadana Luisa Nayar.

Censo departamental

Los asambleístas cruceños Paola Aguirre y Oscar Feeney, Creemos, presentaron un proyecto de ley que declara de utilidad, necesidad y prioridad departamental la realización de levantamiento de estadísticas en Santa Cruz, dando cumplimiento al mandato encomendado por la Cumbre de emergencia por el Censo.

“El Instituto Cruceño de Estadística (ICE) tiene plena competencia para llevar adelante este levantamiento estadístico departamental, vamos a demostrar que desde la Gobernación tenemos toda la voluntad de en primer lugar de cumplir con nuestras competencias y segundo la responsabilidad de elevar estas estadísticas departamentales, para proyectar políticas públicas oportunas responsables y eficaces”, aseguró.

Sin embargo, el 1 de noviembre del año pasado fue promulgada de la Ley N°1405, normativa que otorga al INE la facultad de ejercer la rectoría en la producción de estadísticas oficiales en el país.

El presidente del Senado, Andrónico Rodríguez (MAS), advirtió que los censos departamentales son ilegales, porque solo el nivel central tiene competencia para levar adelante el censo.

“Cada municipio y departamento puede hacer encuestas de manera particular, pero el censo es de competencia nacional”, aclaró el legislador.

Más trabas

En noviembre de 2021, siete leyes conformaban el paquete de normas que los gremialistas, transportistas, cívicos, mineros y representantes de diferentes sectores calificaron de “malditas” y exigían su abrogación. El paro indefinido multisectorial logró la anulación de la Ley de Estrategia Contra la Legitimación de Ganancias Ilícitas, pero no la ley Nº 1405 de Estadísticas Oficiales.

La senadora Centa Rek, de Creemos, recordó que esta norma delega al INE el control “absoluto” en la difusión de información oficial del Estado. Establece, además, que las personas naturales, jurídicas, públicas, privadas, organizaciones autónomas y organizaciones sociales deben entregar información al INE, bajó la pena de multas en caso de incumplimiento.

“Esa forma que el Gobierno eligió para manejar las estadísticas del país, tiene el objetivo de distorsionar la realidad que vivimos, por lo que vamos a solicitar que sea revisada y en lo posible declarada inconstitucional”, afirmó.