Declaró que la aprobación de los tres decretos que autorizan la compra se realizó por la “vía rápida” y que la responsabilidad era de los ministros solicitantes: Murillo y López. La “vía rápida” está contemplada en el decreto 29894 de estructura organizativa del Órgano Ejecutivo, aprobada por Evo

18 de junio de 2021, 18:20 PM
18 de junio de 2021, 18:20 PM

Karen Lonfgaric sumó su declaración como testigo por el caso gases lacrimógenos a la de sus otros 12 excolegas suyos que ya prestaron su declaración ante el fiscal. Karen Longaric fue la primera en ser convocada, sin embargo, su ausencia del país ocasionó que la misma sea a través de una teleconferencia.


La propia excanciller confirmó que prestó sus declaraciones de forma virtual, aunque solicitó no referirse a las mismas para evitar confusiones. Los ministros que participaron de la firma de los tres decretos, 4090, 4116 y 4168 fueron convocados por los fiscales.


La abogada de la exautoridad, Audalia Zurita, relató que su clienta declaró que la aprobación de los tres decretos se realizó por la “vía rápida” y que la responsabilidad era de los ministros solicitantes de entonces, Arturo Murillo y Luis Fernando López.


Al igual que el resto de sus colegas, Longaric aseguró que no hubo presión para la firma de estos decretos, que todo se hizo al amparo de las normas y que se presumía de la buena fe para estas solicitudes que hacían los ahora acusados.


Hasta el momento ya declararon ante los fiscales los exministros: Wilfredo Rojo, Carlos Díaz, José Luis Parada, Iván Arias, Álvaro Coímbra, Rodrigo Guzmán, Aníbal Cruz, Carlos Huallpa, Mauricio Ordoñez, Milton Navarro y el exministro de Trabajo, Óscar Mercado. También se debe sumar la declaración de la expresidenta Jeanine Añez.


La vía rápida  


Cuando Jeanine Áñez se refirió a este concepto dijo que la vía rápida estaba establecida en una norma. Los técnicos que trabajaron entonces en esos decretos explicaron que se trata del decreto 29894 promulgado por Evo Morales, el mismo día que firmaba la vigencia de la nueva Constitución Política del Estado, el 7 de febrero de 2009.


Este decreto se refiere a la organización del Órgano Ejecutivo. El artículo 135 establece las formas de tramitación y aprobación de un decreto supremo y el parágrafo IV explica los decretos por la “vía rápida”.


El tratamiento de aprobación de proyectos de decreto supremo por vía rápida solo se reserva para temas que tengan carácter de urgencia y requieran una atención inmediata excepcional”, señala la primera parte del texto.


La ministra o ministro que precise el tratamiento de aprobación de un proyecto de decreto supremo por vía rápida deberá explicar personalmente a la Presidenta o Presidente del Estado Plurinacional, los motivos y justificaciones para efectuar tal procedimiento, y obtener la autorización para su procesamiento” señala el párrafo complementario.


Los dos técnicos que consultó EL DEBER, explicaron que en ese caso tuvo que haber una reunión del más alto nivel y luego de tener un acuerdo, estos debieron explicar el decreto en pleno gabinete a los ministros obviando los pasos burocráticos de todos los decretos, es decir, el paso por Udape y Conape.