El TSE aprobó el reglamento del proceso electoral. Las autoridades ediles de ambos municipios fallecieron en 2021.

17 de mayo de 2022, 12:24 PM
17 de mayo de 2022, 12:24 PM

Los municipios cruceños de La Guardia y San Javier deberán financiar la elección extraordinaria de sus alcaldes que está prevista para el 4 de septiembre, señala el reglamento que fue validado por el Tribunal Supremo Electoral (TSE).

“El presupuesto para la administración de la elección será otorgado por el gobierno autónomo correspondiente y una vez concluido el proceso electoral el TSE devolverá los saldos no ejecutados”, señala un reporte emitido por la entidad nacional.

El proceso electoral extraordinario se puso en marcha el 6 de mayo con el anuncio de la convocatoria electoral y la publicación del calendario que se produjo el pasado 15 de marzo. El lunes, el TSE aprobó el reglamento del proceso.  

El documento establece que la elección extraordinaria de alcaldes se producirá por efecto del fallecimiento de las autoridades que ganaron en marzo de 2021 y poco después de haber asumido su mandato. La Constitución reconoce este tipo de comicios, cuando el tiempo de mandato no haya llegado a la mitad del tiempo establecido.   

Clemencio Chinahuanca, elegido en 2021, falleció en octubre de ese año. Rufino Correa (MAS) es en la actualidad del alcalde interino de ese municipio que tiene la misión prioritaria de llevar adelante esas elecciones.  

El 20 de julio de 2021, Daniel Áñez falleció siendo alcalde de San Javier. Sufrió un paro cardiorrespiratorio mientras cumplía una visita de trabajo en La Paz. Al momento, la alcaldesa interina de ese municipio es Sandra Cuéllar.

Reglamento

La normativa también establece que las autoridades serán electas por el resto del periodo constitucional que concluirá dentro de cuatro años.  

Señala que se utilizará el padrón electoral que se usó para la última elección subnacional y que el “empadronamiento será únicamente a las personas que hayan cumplido 18 años al día de la elección extraordinaria y que no se encuentren empadronadas”.

De este modo, los nuevos electores tendrán desde el 2 hasta el 11 de junio y podrán empadronarse las personas que hayan cumplido 18 años hasta el 4 de septiembre y que no estén registrados en el padrón biométrico electoral.

El reglamento consta de un capítulo con once artículos, en el último punto señala que en la elección extraordinaria de la máxima autoridad ejecutiva “se deberán aplicar los Reglamentos que rigieron en la última Elección Subnacional (2021), emitidos por el Tribunal Supremo Electoral, en lo que corresponda”.