La norma será analizada por la Cámara de Diputados. Organizaciones sociales plantearon que los comicios se realicen el 11 de octubre y no el 18, como propone el Tribunal Electoral

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13 de agosto de 2020, 9:11 AM
13 de agosto de 2020, 9:11 AM

La ley de elecciones que aprobó anoche la Cámara de Senadores contempla procesos penales contra quienes intenten cambiar nuevamente la fecha de los comicios generales. Se prevé que en las próximas horas Diputados validen la norma para que se levanten las protestas de sectores afines al MAS.

El artículo 1 amplía el plazo para la realización de los comicios “a 169 días computables a partir del 3 de mayo de 2020, por lo que el plazo máximo para la realización de las elecciones será hasta el domingo 18 de octubre de 2020”.

Precisa que, por la declaración Constitucional Plurinacional 001/2020 del 15 de enero de 2020 sobre la Ley Excepcional de Prórroga del Mandato Constitucional de Autoridades Electas, “el plazo fijado por la presente ley no puede ser modificado”.

En el artículo 2 fija que “el Ministerio Público de oficio, iniciará proceso penal contra quienes, por cualquier medio, pretendan cambiar o cambien la fecha definitiva, impostergable e inamovible de las elecciones a realizarse hasta el domingo 18 de octubre de 2020”.

El proyecto normativo también emplaza al Órgano Ejecutivo a garantizar los recursos económicos para la realización de las elecciones en la fecha que fije el Tribunal Supremo Electoral (TSE), tanto para las actividades del calendario electoral, como para las medidas de bioseguridad en la jornada de votación.

Además, modifica algunos artículos de la Ley 026 del Régimen Electoral y 018 del Órgano Electoral, fijando que las excusas de los jurados electorales serán: el de enfermedad probada, estado de gravidez, fuerza mayor o caso fortuito comprobado documentalmente, ser dirigente o candidato de alguna organización política.

Explica que quedan exentas de las sanciones por no votar a aquellas personas que no lo pudieron hacer por caso fortuito o fuerza mayor comprobada con documento, las personas mayores de 70 años y las personas que estuvieron ausentes del territorio nacional en el día de la votación

Asimismo, se amplía el plazo de adecuación de estatutos de las organizaciones políticas hasta el 31 de diciembre de 2021. Se mantiene todas las demás disposiciones fijadas en la Ley 1304.