La oposición advierte que esta norma servirá para que de forma política, y con el aval de la justicia, el oficialismo pueda construir casos contra los opositores. El Gobierno responde que no es así, porque debe tener control fiscal y judicial

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28 de junio de 2021, 4:00 AM
28 de junio de 2021, 4:00 AM

El proyecto de ley de fortalecimiento a la lucha contra la corrupción en Bolivia que se aprobó esta semana en la Cámara de Diputados promete extinguir la acción penal y suspender el proceso de un imputado que hubiera participado en un hecho de corrupción, a cambio de información que pruebe la participación de otras personas, entre otros cinco requisitos. Sin embargo, analistas y la oposición consideran que esto aumentará la persecución política contra los opositores. El Gobierno lo niega, y asegura que no basta con que el o los imputados apunten a una persona para hundirla, sino que va mucho más allá.

El artículo 5 modifica el 35 Bis de la Ley Marcelo Quiroga Santa Cruz, referido a la “colaboración eficaz”. El nuevo texto señala que la o el fiscal podrá solicitar al juez que se prescinda de la acción penal, en materia de corrupción, respecto de alguna de las personas imputadas cuando esta colabore eficazmente con la investigación, brinde información esencial para evitar la consumación del hecho o la perpetración de otros.

También, cuando ayude a “desactivar organizaciones criminales, a esclarecer el hecho investigado o brinde información útil para probar la participación de otras personas, cuya responsabilidad penal sea igual o mayor que la del colaborador.

Como segundo acápite señala que el juez declarará extinguida la acción penal o suspenderá el proceso hasta que la colaboración prometida sea brindada, luego de la cual extinguirá la acción penal.

El ministro de Justicia, Iván Lima Magne, explicó que este es un tema judicial y fiscal. “Una cosa es ser denunciante y otra es haber cometido un delito. La denuncia es una obligación de los funcionarios públicos o de cualquier persona”, manifestó.

La oposición desconfía. La senadora de Comunidad Ciudadana por Cochabamba, Andrea Barrientos, consideró que estas modificaciones solamente servirán al oficialismo “para armar casos contra los opositores. Sin lugar a dudas, se trata de montar una persecución política”.

Ejemplificó: “Resulta que Paquito dice que vio al señor Juan Pérez, de la oposición, en la esquina, robándose cinco manzanas. Como el que acusa es de la oposición, ahora resulta que Paquito se convertirá en un testigo protegido que será premiado. Es un retroceso en la normativa jurídica”, indicó.

Aseguró que otra cosa sería que a partir de la investigación, un testigo aporte en casos relevantes, de grandes desfalcos al Estado, narcotráfico, ahí sí se puede montar un sistema de protección de testigos idóneo, “esto solo busca seguir persiguiendo a la oposición”.

El diputado de Creemos Erwin Bazán coincidió y señaló que “como está planteada la norma, y si se lo une a la nula imparcialidad de la justicia boliviana, será solamente una excusa para la persecución política, donde tenemos una puerta muy ancha para el MAS, en este caso el partido de turno en función de Gobierno, para favorecer los negociados de los partidarios, y otra puerta muy estrecha para perseguir a quienes eventualmente estorban en el proyecto hegemónico y totalitario del oficialismo”.

Bazán admitió que la corrupción es un hecho muy grave, que causa mucho daño a la sociedad. “Pero todo esto debe ser llevado a un amplio debate para que la lucha sea una causa nacional y no una herramienta para perseguir”.

Proyecto

El ministro Lima dijo que una de las herramientas eficientes que se tiene para combatir la criminalidad es, precisamente, pedir a los miembros de una organización criminal, a una persona que fue imputada por un delito, que brinde información con las características que señala el proyecto.

“Esto tiene un control fiscal y judicial, no se puede dar en todos los casos. No es que cometo un delito, le digo al fiscal que daré información y quedaré fuera. Es una herramienta que debe usar la Fiscalía bajo control judicial”.

También citó un ejemplo. “Si la justicia procesa a un exdirector y a un exministro. Y el funcionario de menor rango dice que quiere que garantice, a cambio de la información que entregará, que su pena sea reducida porque advierte que actuó bajo amenazas de su superior. En ese caso, qué sentido tendrá que entregue la información, que se le reducirá la pena e incluso que puede quedar excluido del caso, pero no es una herramienta que se utilice extorsivamente, es por eso que tiene que haber control judicial”, explicó.

Aseguró que no es suficiente con acusar. “La figura funciona cuando le entregan al Ministerio Público información con determinados objetivos”.

En ese sentido, el texto del proyecto señala que la información que proporcione el “colaborador” debe permitir: Evitar la continuidad, permanencia o consumación del delito, o disminuir sustancialmente la magnitud o consecuencias de su ejecución. Impedir o neutralizar acciones o daños que podrían producirse.

Además, conocer las circunstancias en la que se planificó y ejecutó el delito, o las circunstancias en las que se viene planificando o ejecutando e identificar a los autores y partícipes del delito cometido o por cometerse o a los integrantes y funcionamiento, que permita desarticular o detener a uno o varios de sus miembros.

Hay seis criterios para aplicar los beneficios, según el texto del proyecto de ley aprobado en Diputados: El tipo de alcance de la información brindada, su utilidad para alcanzar las finalidades previstas, el momento procesal en el que el imputado la brinda, el tipo de delito que el imputado ayudó a esclarecer o impedir, la gravedad de los hechos que se le atribuyen y la responsabilidad que le corresponde por ellos y finalmente si se beneficiará especialmente a quienes colaboren en primer término.

El ministro manifestó, como otro ejemplo, el caso de una autoridad que se hubiera robado dinero y no se sepa dónde está. “Si un funcionario nos dice que con ese monto compró, por ejemplo, un inmueble, y puede demostrarlo con papeles, eso le ayudará a reducir su pena, y al Estado a recuperar activos”.

Insistió en que las reglas están bien claras en la ley. “No es decir acusen a tal persona y todos se van a librar”, manifestó. “Es un tema mucho más integral”, dijo.

El diputado del MAS, Juanito Angulo manifestó que se descarta la figura de un testigo clave, pero se admite la existencia de un colaborador eficaz. “Aquella persona que tiene conocimiento de un hecho de corrupción, debe coadyuvar en el proceso de la indagación. Hay imprescriptibilidad en delitos de corrupción y de lesa humanidad. No existe el testigo clave, sino colaborador”, dijo.