La Resolución 731/22 emitida este viernes recoge estas determinaciones, con base en los instruído por el Consejo Nacional Estratégico para Emergencias Sanitarias, para evitar la propagación del Covid-19. Están vigentes del 1 de julio al 31 de agosto

1 de julio de 2022, 18:03 PM
1 de julio de 2022, 18:03 PM

El Ministerio del Trabajo determinó que la jornada laboral para los sectores público y privado será de ocho horas continuas, de lunes a viernes, desde este 1 de julio hasta el 31 de agosto; además se mantendrá el teletrabajo, de acuerdo con la Resolución 731/22, que esa cartera de Estado emitió este viernes.

“Las empresas, establecimientos laborales y empresas públicas sujetas a la Ley General del Trabajo que, por la naturaleza de sus funciones, no puedan suspender sus actividades, podrán aplicar turnos, respetando la jornada laboral dispuesta en el artículo 46 de la Ley General del Trabajo”, señala el artículo segundo de la mencionada Resolución Ministerial.

El artículo 46 de la normativa laboral boliviana señala que la jornada efectiva de trabajo no excederá de ocho horas por día y de 48 por semana.

Según el director General de Trabajo, Yecid Mollinedo, en esta última Resolución, que busca evitar los contagios de Covid-19, “se ratifica que el horario de ingreso y salida en el sector público debe ser escalonado, dividido en grupos con intervalos de media hora de diferencia y que el ingreso a la fuente laboral debe ser a partir de las 7:00”.

El sector privado puede adecuar sus horarios de ingreso y salida de acuerdo con la Resolución Ministerial, aunque la norma contempla como excepciones las empresas que, por la naturaleza de sus actividades, mantengan jornadas especiales de trabajo. Las entidades privadas deberán reportar al Ministerio de Trabajo las modalidades de trabajo adoptadas conforme a una reglamentación específica, señala esa cartera de Estado.

También como una medida para frenar los contagios del coronavirus, la resolución instruye que el personal deba alternar entre la asistencia física a su fuente laboral y el teletrabajo, uno o dos días por medio, según las condiciones de trabajo y el número de personas de cada establecimiento laboral.

Del mismo modo, la resolución establece que los sectores público y privado tienen la obligación de cumplir con los lineamientos y protocolos de bioseguridad emitidos por el Ministerio de Salud y Deportes.

Las disposiciones contenidas en la Resolución Ministerial 731/22 fueron adoptadas por el Consejo Nacional Estratégico para Emergencias Sanitarias constituido por 11 ministerios, y dadas a conocer al país el pasado jueves.