Bolivia espera conocer la opinión consultiva planteada por Colombia sobre una interpretación de la Convención Americana

29 de junio de 2021, 13:23 PM
29 de junio de 2021, 13:23 PM

Las fuerzas políticas de oposición esperan que la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) establezca finalmente que la reelección presidencial indefinida no es un “derecho humano” reconocido por la Convención Americana y, en ese marco anticipan acciones contra los exmagistrados del Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) que firmaron el dictamen 084/2017.

Los exmagistrados del Tribunal Constitucional deben ser llevados a un juicio de responsabilidades por la aberrante sentencia constitucional que avaló la ilegal repostulación de Evo Morales, que generó un golpe a la democracia y luego un fraude”, dijo la senadora Centa Rek, de la alianza opositora Creemos.  

Rek señaló, además, que la polémica sentencia constitucional fue aplicada a pesar de los resultados del referéndum de 2016 que le negó a Evo Morales ajustar el artículo 168 de la Constitución para que sea reelecto de manera continua.

“Esos tribunos hicieron una interpretación totalmente arbitraria. Una vez que se tenga la resolución (de la Corte IDH), es algo que tiene que tener un precedente, se tiene que generar un juicio de responsabilidades”, remarcó la senadora.

En 2017, el TCP declaró la aplicación  “preferente” de la Convención Americana frente a la Constitución y con ello habilitó la posibilidad de que Evo Morales sea reelecto de manera continua e indefinida sin tomar en cuenta el límite establecido en el artículo 169 de la Carta Magna que establece la reelección “por una sola vez”.

Esa decisión tomó como base el artículo 23 de la Convención que reconoce el derecho a “elegir o ser elegido” y que fue interpretado por la Corte IDH, en el marco de una opinión consultiva solicitada por Colombia con una pregunta sobre si efectivamente la reelección presidencial indefinida es un derecho humano.

La Corte anunció que hará conocer el resultado del dictamen una vez que todas las partes sean notificadas. La decisión será vinculante y  establecerá jurisprudencia para las 34 naciones que suscribieron la Convención Americana, entre ellas Bolivia.

El diputado Carlos Alarcón, de Comunidad Ciudadana (CC), expresó que el fallo tendrá un criterio que aclarará el contenido de la Convención Americana que está vigente desde 1948, “por lo que no aplica el principio de la aplicación a futuro”.

Alarcón consideró que los magistrados “cometieron prevaricato” con la sentencia de 2017 por haber interpretado la Convención, siendo que la Corte IDH es la única que podría hacerlo.

El ministro de Justicia, Iván Lima, anunció que el país solicitó un informe sobre el estado del debate y señaló que existe la posibilidad que la deliberación se prolongue para el siguiente periodo de sesiones previsto para dentro de dos meses.

Cuatro de los seis magistrados del Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) que firmaron la Sentencia Constitucional 084/2017 derivaron en trabajos dentro del mismo Estado.

Las ex magistradas, Mirtha Camacho Quiroga y Neldy Virginia Andrade Martínez; además de sus excolegas, Macario Cortez Chavez y Ruddy Flores Monterrey se acomodaron para seguir como funcionarios públicos. Mientras que los ex magistrados Juan Valencia Alvarado y Zenón Bacarreza Morales no figuran como empleados del Estado, según la base de datos de la Contraloría.