El TSE autorizó que los frentes emitan mensajes en medios y redes sociales desde el pasado viernes. Los contenidos deben respetar criterios establecidos en la normativa electoral

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10 de febrero de 2021, 14:11 PM
10 de febrero de 2021, 14:11 PM

Desde el 5 de febrero hasta 3 de marzo las organizaciones políticas podrán difundir en los medios de comunicación autorizados su propaganda electoral. Después regirá una etapa de silencio antes de la votación.

Según el ente electoral, “la propaganda electoral debe estar identificada con el nombre y símbolo de la organización política o alianza que la promueve, debe ser identificada antes de la difusión como ‘espacio solicitado’ por al menos un segundo”.

La propaganda electoral está sujeta a los siguientes tiempos y espacios máximos en cada medio de comunicación:

En redes y canales de televisión y en redes y emisoras de radio de alcance nacional, un máximo de 10 minutos diarios.

En canales de televisión y emisoras de radio de alcance departamental, regional o municipal, un máximo de 10 minutos diarios.

En periódicos, un máximo de 2 páginas diarias y una separata semanal de hasta 12 páginas, en tamaño tabloide.

En revistas, un máximo de 2 páginas y una separata de hasta 12 páginas por edición.

Además, “los actos públicos de proclamación y cierres de campaña pueden ser difundidos por los medios de televisión y radio por un lapso máximo de 2 horas continuas o discontinuas, en directo y/o diferido, serán computables por nivel del alcance de las candidaturas y tipo de medio”.

Del mismo modo, dicha difusión debe identificarse como “espacio solicitado” durante su difusión. Asimismo, en medios digitales y redes sociales digitales no existe limitación de tiempo.

Finalmente, “queda prohibida la propaganda electoral que utilice símbolos, lemas, materiales electorales u otros identificativos de cualquier órgano o entidad del Estado; que utilice la imagen no autorizada de personas individuales y difunda discursos de odio”.