Hasta ahora, los ex ministros Héctor Arce y Juan Ramón Quintana; el ex presidente Evo Morales y el dirigente Faustino Yucra obtuvieron victorias en la justicia. Estaban acusados por diferentes delitos

1 de noviembre de 2020, 22:25 PM
1 de noviembre de 2020, 22:25 PM

Una por fallo judicial y otra por desistimiento. Así dos demandas de acción popular presentadas en contra del ex presidente Evo Morales, dirigentes de la COB, del pacto de unidad, los candidatos presidenciales del MAS y la titular del Senado, Eva Copa, por el bloqueo de caminos en agosto quedaron anulados en la justicia.

Se trata de la acción popular, figura judicial de defensa previstos en los artículos 135 y 136 de la Constitución Política del Estado (CEP). Este recurso fue presentado por dos accionantes, una por el dirigente campesino, Nelson Gerardo Condori Choque el 14 de agosto de este año en el epílogo del bloqueo caminero que impuso la COB y el pacto de unidad.

El 28 de julio de este año, la Central Obrera Bolivia (COB) y sus aliadas del pacto de unidad, Confederación Sindical Única de Trabajadores Campesinos de Bolivia (Csutcb), Confederación de Comunidades Interculturales de Bolivia (CSIB) y mujeres campesinas definieron el bloqueo de caminos que luego derivó en el impedimento de trasladar oxígeno a las ciudades de occidente y el Gobierno declaró que hubo 30 muertes por esa causa.

La cúpula del MAS

La otra demanda, fue presentada por seis personas, Eduardo Gutiérrez Monasterio, Guillermo Paz Peñaloza, Pietro Barragán Valencia, María Cristina Soto, Ricardo Rada Ceballos y Marcelo Bass Werner, que demandaron incluso a autoridades fiscales por no tomar acciones contra el bloqueo de caminos que instruyó la COB y el pacto de unidad.

Los demandados eran, Evo Morales Ayma, como jefe nacional del MAS; Luis Arce Catacora y David Choquehuanca, ambos candidatos a las primeras magistraturas del país, también figura el máximo ejecutivo de la COB, Juan Carlos Guarachi, luego el fiscal general del Estado, Juan Lanchipa Ponce y la presidenta de la Asamblea Plurinacional, Mónica Eva Copa Murga.

Fueron en estas audiencias que las autoridades advirtieron que las mismas estaban suspendiéndose consecutivamente porque las partes demostraban desinterés de acudir a las sesiones que eran virtuales.

La última audiencia se realizó el 15 de octubre y nuevamente se suspendió porque no acudieron los seis demandantes, tampoco lo hicieron dos de los demandados, el fiscal general, Juan Lanchipa, y el expresidente Evo Morales Ayma, estos dos por falta de notificación.

Según la resolución de la Sala Constitucional Cuarta, la demandante María Cristina Soto debía coadyuvar en la notificación de estas personalidades. El exhorto suplicatorio que debían enviar a Argentina fue entregado el 20 de septiembre y para el 14 de octubre, la Sala Constitucional no tenía la certeza de que se hubiera notificado a Morales Ayma.

En el caso del fiscal general, también la Sala entregó a Soto la notificación porque debía realizarse en Sucre, hasta el 14 de octubre no había la certificación de que se hubiera notificado a Lanchipa.

Ese día, la presidenta de la Sala, Carmiña Vera Márquez y Rubén Ramírez Conde, decidieron convocar por última vez a audiencia para el 30 de octubre, que era el pasado viernes y advertían que tomarían decisiones incluso si no llegaban los demandados a conectarse en esta sala virtual. El informe refleja la suspensión de la menos cuatro audiencias.

Los desistimientos

Sin embargo, el 13 de octubre, dos días antes de la última audiencia, Eduardo Gutiérrez Monasterio, uno de los demandantes, hizo llegar un memorial a la presidenta de esta Sala Constitucional, Carmiña Vera, en la que le hacía conocer el desistimiento de su causa y pedía que la misma sea tomada como “no presentada”.

El argumento del desistimiento era que habría elecciones, proceso que le daría certidumbre al país, afirmaban que su objetivo siempre fue colaborar con el reencuentro entre bolivianos; advertía que estaría vigilante “para que eso suceda”.

Dos semanas después, María Cristina Soto, enviaba un memorial por Whatsapp, según el informe del 26 de octubre, la secretaria de la Sala Constitucional Cuarta incluso coloca el número del que fue enviado el mensaje, por esas decisiones, esta instancia judicial decidió el archivo del proceso por petición de los propios demandantes y la audiencia del 30 de octubre se anuló.

Los cobistas

El 30 de septiembre de este año, la Sala Constitucional Primera de la ciudad de La Paz, resolvió la acción popular presentada por Nelson Gerardo Condori Choque quien presentó la demanda contra los ejecutivos, Juan Carlos Guarachi (COB), Segundina Flores (bartolinas), Henry Nina (interculturales), Jacinto Herrera (Csutcb), Teodoro Mamani, secretario general de la Csutcb y Felipe Quispe Huanca “Mallku”, quien en ese entonces fue designado como comandante del bloqueo campesino.

El fallo de los vocales no tuvo mayores problemas porque la acción popular está contemplada en el artículo 136 de la Constitución Política del Estado (CPE) y señala que la misma podrá ser presentada, “durante el tiempo que subsista la vulneración o la amenaza a los derechos e intereses colectivos”.

El bloqueo de caminos se produjo entre el 3 al 14 de agosto, la acción popular fue presentada el día que la COB estaba declarando cuarto intermedio en la medida, es decir, el 14 de agosto y la Sala Constitucional Primera atendió el caso el 30 de septiembre, por lo tanto, ya no cumplía el artículo 136 de la CPE.

El fallo judicial incluso recibió el descargo de los demandados quienes alegaron ese detalle precisamente, que la medida había sido levantada y que nunca hubo orden de bloquear el paso del personal médico y menos de oxígeno, presentaron como descargo la circular de la COB pidiendo a sus afiliados que dejaran vía libre para las emergencias.

Aunque durante el tiempo de ese conflicto, el personal de salud fue agredido, ambulancias destruidas y dinamitaron un cerro para impedir el paso de los cisternas que trasladaban oxígeno desde Santa Cruz hacia La Paz, Oruro y Potosí, principalmente.

“Denegar la tutela postulada por el señor, Nelson Gerardo Condori Choque, al no haberse advertido el cumplimiento los presupuestos de procedibilidad y no haberse advertido la lesión a los derechos alegados por el accionante”, señala la parte conclusiva del fallo firmada por el presidente de la Sala Constitucional Primera, Iván Campero Méndez.

De acuerdo con un informe de la Fiscalía General, existen al menos 35 casos abiertos contra dirigentes del MAS en estrados judiciales, los mismos que están en distintas fases. Las denuncias serían desde el año pasado y por esa razón la COB denunció la persecución de sus dirigentes a través del ministerio de Gobierno.

Van dos semanas que las audiencias se realizan los sábados.