En febrero de 2020 el magistrado Petronilo Flores dijo en el parlamento que ese comunicado no tenía ningún valor legal

3 de agosto de 2021, 21:30 PM
3 de agosto de 2021, 21:30 PM

Finalmente se conoció el contenido de la respuesta que dio el Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) a un requerimiento de la Fiscalía, respecto del “comunicado” que emitieron los magistrados en noviembre de 2019 y que fue utilizado por los políticos de entonces para avalar la presidencia de Jeanine Áñez.


“De la revisión del Sistema de Gestión Procesal y el informe de 16 de julio de la presente gestión por parte del Gestor Procesal Tutelar, se concluye que no se encuentra sentencia, declaración o auto constitucional por el cual se hubiese emitido pronunciamiento sobre la constitucionalidad o inconstitucionalidad de la sucesión presidencial de la entonces senadora ciudadana Jeanine Áñez Chávez, producidas el mes de noviembre de 2019”, señala la respuesta “al punto 1” que el TCP envió al Ministerio Público.


El 12 de noviembre de 2019 a Jeanine Áñez se proclamó presidenta de la Cámara de Senadores y luego como Presidenta del Estado y sus aliados sustentaron esa acción en la Sentencia Constitucional 003/2001. Luego el TCP emitió el “comunicado” haciendo conocer su posición respecto de esa sentencia, que fue tomado como el espaldarazo legal a la gestión de la entonces senadora de UD.


El 14 de febrero de 2020, el magistrado Petronilo Flores compareció ante la comisión de Justicia Plural de la Cámara de Diputados y en esa oportunidad dijo que ese comunicado no tenía ningún valor legal.


“Es un comunicado que no tiene ninguna relevancia jurídica. El Código Procesal Constitucional solamente reconoce como vinculante las sentencias constitucionales plurinacionales, las declaraciones constitucionales y los autos constitucionales. Ese comunicado, señora presidenta, a la pregunta, no es vinculante”, dijo en ese entonces el magistrado.


17 meses después de esa declaración, el propio TCP envió una respuesta al requerimiento fiscal con dos puntos, el primero referido a algún fallo constitucional sobre la sucesión de Áñez y el segundo sobre la fecha y hora de la publicación de ese comunicado.


“En cuanto a los efectos jurídicos, todo comunicado tiene carácter general y no particular, pues lo que transmite o difunde es información”, señala el último párrafo del informe de la Fiscalía. El documento fue firmado por Marvin Molina Casanova, como secretario general del TCP.


El comunicado


En el texto del comunicado los magistrados del TCP reconocían que había un vacío de poder frente a las renuncias de las principales autoridades del Estado, los cuatro cargos, “considerando la grave situación política y social que atraviesa nuestro país y el vacío de autoridad que han dejado las renuncias a la Presidencia y Vicepresidencia del Estado, así como de las Presidencias de las Cámaras de Senadores y de Diputados.

Sobre la consulta acerca de la constitucionalidad del fallo de 2001, los magistrados hacen notar que se trata de una resolución basada en la Constitución Política del Estado abrogada, pero cuyos términos son similares a los de la actual Carta Magna.