La defensa de Áñez pedía que declaren como inconstitucional los artículos 153 y 154 del Código Penal; Sin embargo, el TCP rechazó nuevamente la acción presentada.

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17 de junio de 2022, 14:55 PM
17 de junio de 2022, 14:55 PM

El Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) rechazó el último recurso que presentó la defensa de la expresidenta Jeanine Áñez el pasado 6 de junio. Se trata de la apelación al rechazo (recurso de queja) que expresó el TCP respecto a la acción de inconstitucionalidad concreta que recurrió la exmandataria.

Con este recurso de queja, la defensa de Áñez intentaba que el auto constitucional, que rechazó la acción de inconstitucionalidad concreta, sea revertido. La defensa pedía que declaren como inconstitucional los artículos 153 y 154 del Código Penal, referidas al incumplimiento de deberes y resoluciones contrarias a la Constitución y las leyes, por ser delitos genéricos de imposible aplicación.  

Sin embargo, el TCP determinó rechazar esta apelación, por lo tanto, queda firme la decisión judicial del pasado viernes 10 de junio que la condenó a 10 años de cárcel por el caso denominado Golpe ‘II’.

“La Sala Plena de este Tribunal Constitucional Plurinacional, no advierte que la Comisión de Admisión hubiese incurrido en una inadecuada determinación al resolver el rechazo de la acción normativa constitucional, asumiendo ello, en base al artículo 27.II inciso c) del citado Código; siempre en la dimensión del planteamiento de la demanda formulada por la accionante hoy recurrente”, se lee en la resolución.

“El Tribunal Constitucional Plurinacional en su Sala Plena, en virtud de la autoridad que le confieren la Constitución Política del Estado y el artículo 27.III del Código Procesal Constitucional; resuelve: Confirmar el AC 0169/2022-CA de 26 de mayo; y, en consecuencia: Rechazar la acción de inconstitucionalidad concreta presentada por Jeanine Áñez Chávez”, concluye.

El TCP ya había rechazado la acción de inconstitucionalidad concreta que presentó la defensa de Áñez; luego presentaron un pedido de explicación y complementación, que también fue rechazada; por lo que optaron por la apelación, conocida con la figura jurídica de “recurso de queja” ante el ente constitucional, que al igual que en las anteriores ocasiones, fue rechazada.

El viernes 10 de junio, Áñez fue condenada a 10 años de cárcel por la comisión de los delitos de incumplimiento de deberes y resoluciones contrarias a la CPE y las leyes, por el caso 'Golpe II'.

La Fiscalía había pedido una condena de 15 años para la exmandataria, pero los tres jueces, tras una deliberación de más de seis horas el viernes pasado, determinaron 10 años.

Se la juzgó por el accionar de Áñez como senadora, desde la renuncia del presidente Evo Morales, el 10 de noviembre de 2019 hasta dos días después, cuando asumió la presidencia.

Dos hechos fueron la base de la acusación. Primero, que como segunda vicepresidente no le correspondía tomar la presidencia del Senado y asumir ipso facto la presidencia ante las renuncias de la expresidente de la Cámara Alta, Adriana Salvatierra y del primer vicepresidente Rubén Medinacelli. Debía asumir y convocar a una nueva elección de directiva.

Y segundo, que coordinó con los militares, con lo que según sus acusadores, se configuró el golpe de Estado.