El MAS y el Gobierno explican el alcance de la ley. Aseguran que esta normativa no afectará a gremiales, transportistas ni cuentapropistas. Varios sectores preparan movilizaciones

20 de octubre de 2021, 12:10 PM
20 de octubre de 2021, 12:10 PM

De los siete artículos que tiene la cuestionada Ley 1386 de Estrategia Nacional Contra la Legitimación de Ganancias Ilícitas y el Financiamiento del Terrorismo, tres generan preocupación de sectores que anuncian movilizaciones para las próximas horas.

Uno de ellos es el apartado siete, que abre la posibilidad de hacer ajustes “mediante decreto” a la mencionada estrategia que está detallada en un anexo de 53 páginas. El instrumento legal está vigente desde el 16 de agosto, cuando fue publicado por la Gaceta oficial.

Antonio Siñani, dirigente gremial de El Alto, dijo que su sector pide que se derogue la Ley 1386 porque esa norma “autoriza al Presidente aprobar decretos” para “perseguir los delitos contra la legitimación de ganancias ilícitas, pero con abusos de poder”.

“Eso dice el artículo siete, pero también se lee en el apartado noveno de la estrategia que hay ganancias ilícitas en los informales, que son el 95% de El Alto”, señaló el dirigente. Lamentó que esta norma no haya sido socializada y que apunte a ejercer “mayor fiscalización y control”.

“La Estrategia Nacional de Lucha contra la Legitimación de Ganancias Ilícitas y el Financiamiento del Terrorismo, podrá ser ajustada por el Órgano Ejecutivo del nivel central del Estado mediante Decreto Supremo, previa consideración y aprobación del Consejo Nacional de Lucha contra la Legitimación de Ganancias Ilícitas y el Financiamiento del Terrorismo”, señala el observado apartado legal.

El vicepresidente de la Confederación de Cooperativas de Bolivia (Concobol), Braulio Arguedas, también expresó su preocupación por el alcance del artículo siete, pero también mostró reparos por los apartados cuarto y quinto, que dan atribuciones al consejo del Órgano Ejecutivo y a la Unidad de investigaciones Financieras (UIF) de requerir información.

“Las entidades involucradas en la ejecución de acciones (de la estrategia) deberán reportar los avances y proveer a la UIF, la información que sea requerida por esta entidad”, establece el artículo cuarto de esta normativa.

En quinto apartado de la norma señala que “el Consejo Nacional de Lucha contra la Legitimación de Ganancias Ilícitas y el Financiamiento del Terrorismo aprobará el cronograma de ejecución para las acciones previstas en el Programa de Acción” que están contenidas en la estrategia.

Precisamente, ese plan de acción —incluido en el anexo— establece la tarea de “formular la normativa que faculte a la UIF iniciar investigaciones de oficio, sin la necesidad de existencia de un ROS (Registro de Operaciones Sospechosas) o pedido de la autoridad competente”.

La previsión señala que esa normativa se planteará siguiendo los estándares internacionales, “debiendo garantizar los derechos fundamentales y velar por las garantías establecidas en la Constitución Política del Estado y el ordenamiento jurídico vigente”.

El plan de trabajo incluye la modificación del Código de Procedimiento Penal para que la UIF sea “fortalecida” con nuevas atribuciones. Se proyecta, además, la interceptación de llamados telefónicas en función de una consulta constitucional.

El Gobierno, que negó que esta ley afecte a pequeños comerciantes y al sector gremial, salió a explicar los alcances de la normativa. El martes por la noche, la ministra de la Presidencia, María Nela Prada, se reunió con la organización de pequeños comerciantes dirigidos por Juan Carlos García, para explicar los alcances de esta ley.

“Hemos quedado que vamos a ser parte de la reglamentación de la ley y no vamos a salir a perjudicar con marchas y protestas que tienen un propósito político”, afirmó el dirigente, que se declaró contrario a la organización gremial que dirige Francisco Figueroa a escala nacional y Siñani en El Alto.

El Gobierno decidió retirar el proyecto de Ley 218, que establecía el alcance del lavado de activos y establecía modificaciones al Código Penal sobre el delito de terrorismo y la financiación del terrorismo.

Ajustes

En cuanto a las previsiones de alcance constitucional, la estrategia también prevé “fortalecer las capacidades de investigación del Ministerio Público y de la Policía Boliviana”, a partir de ajustes en el Código de Procedimiento Penal que permitan la incorporación de “agentes encubiertos”, la ampliación del tiempo de arresto o aprehensión (actualmente son 24 horas en celdas policiales) en las investigaciones relacionados con el blanqueo de ilícitos. “Se debe realizar una consulta de constitucionalidad al Tribunal Constitucional Plurinacional respecto al uso de técnicas de escucha de llamadas” en estos casos, se lee en los anexos de la Estrategia.

En un informe presentado al Legislativo, la UIF aseguró que “bajo ninguna forma esta ley constituye un instrumento de persecución política”, pues es una decisión de Estado que busca proteger a la sociedad y su economía de los efectos de actos delictivos.

“El problema de la norma es que le da a la UIF un supra-poder de requerimientos jurídicos, sin ningún tipo de garantías constitucionales. Puede entrar a las llamadas de los bolivianos, puede entrar en cuentas personales, puede entrar a ver propiedades en derechos reales”, dijo el senador Rodrigo Paz, de la opositora Comunidad Ciudadana.

La disposición final única establece que la Aduana ejercerá las atribuciones para realizar el control de internación y salida física de dinero y de instrumentos negociables con potestad de imponer sanciones a quienes no presenten la declaración jurada.