El TCP respondió a una demanda de 2020, durante el gobierno de Áñez. Exhortó a la Asamblea Legislativa a aprobar una ley específica en los próximos seis meses

6 de mayo de 2021, 22:39 PM
6 de mayo de 2021, 22:39 PM

La decisión fue adoptada el 19 de abril y la Gaceta Oficial la publicó el 30 de ese mes. Esta es la fecha de la legalidad del fallo del Tribunal Constitucional (TCP) sobre los ascensos a generales y almirantes en las Fuerzas Armadas (FFAA).

El dictamen estableció la legalidad de los ascensos que trató la Cámara de Senadores en febrero de este año, pero solo de manera “excepcional” hasta que la Asamblea Legislativa apruebe una ley específica que regule la promoción de los altos mandos militares y que reemplace al Reglamento del Tribunal Superior del Personal de las Fuerzas Armadas del Estado de 2019, que fue declarado inconstitucional.

Así, la Sentencia 026/2021 declaró la ilegalidad del Artículo 168 del Reglamento General de la Cámara de Diputados por la “conexión” que tiene con la norma y exhortó a emitir “en un plazo máximo de seis meses la norma que corresponda para otorgar los ascensos en las Fuerzas Armadas”, de acuerdo con el Artículo 250 de la Constitución, que instruye la aplicación de “una ley” para la regulación de este procedimiento.

El ministro de Justicia, Iván Lima, en un contacto con EL DEBER, explicó que el Tribunal Constitucional aplicó el principio de “dimensionamiento” que se procura preservar la seguridad jurídica del Estado.

“El dimensionamiento es la figura por la cual va a seguir funcionando el Estado y hasta que entre en vigencia la nueva ley, los actos que se han realizado o se iban a realizar, pueden ser aplicados”, señaló Lima respecto al dictamen.

Sobre esta futura norma, la autoridad señaló que tanto el Alto Mando de las FFAA como el Ministerio de Defensa deben aplicar los ejercicios que sean necesarios “para regular el procedimiento de ascensos, sabiendo que los parámetros de constitucionalidad dictados están en esta sentencia”.

La autoridad también afirmó que esta decisión reivindica la autoridad del Senado para tratar los ascensos y, en ese marco, consideró que el trámite que hizo la expresidenta Jeanine Áñez a través de un decreto es ilegal y puede generar responsabilidades.

Precisamente, el 30 de abril cuando el Tribunal Constitucional aprobaba la decisión, el ministro de Defensa, Edmundo Novillo, exteriorizó su preocupación porque esos ascensos se mantenían “congelados”. No obstante, anticipó que el fallo iba a generar la línea para tratar los ascensos de las promociones 89 y 90 de las FFAA.