Esta nueva medida jurídica surge en medio de la constante postergación del proceso para las elecciones judiciales.

20 de septiembre de 2023, 16:00 PM
20 de septiembre de 2023, 16:00 PM



El Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) tiene en sus manos la Consulta Previa de constitucionalidad del proyecto de Ley Transitoria para las Elecciones Judiciales 2023-2024, remitida este miércoles por la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), que pidió dejar en suspenso el tratamiento de cualquier norma sobre este tema mientras no se pronuncie el ente guardián de la Constitución Política del Estado.

En el documento presentado este 20 de septiembre y al que accedió EL DEBER, Ricardo Torres, presidente del TSJ, alega que activa “la presente consulta sobre la constitucionalidad del Proyecto de Ley C.S. Nº 144/2022-2023” en mérito a argumentos jurídicos “constitucionales y fácticos”.


Esta nueva medida jurídica surge en medio de la constante postergación del proceso para las elecciones judiciales, que debían realizarse en el último trimestre de este año, pero que fue paralizado en su momento también por otros recursos legales.

El 6 de septiembre, la Comisión de Constitución de Diputados, presidida por el diputado Juan José Jáuregui, determinó remitir en consulta este proyecto de ley aprobado en el Senado el 31 de agosto a varias instituciones del Estado, entre ellas al Órgano Judicial.

El TSJ, como cabeza de este poder de Estado, decidió tramitar la consulta previa ante el TCP para descartar si dicho proyecto de ley no es contraria a la Carta Magna.

Es así que este miércoles, el Secretario General del Tribunal Supremo de Justicia hizo entrega del memorial de consulta ante el TCP, que a través de su Comisión de Admisión, analizará si es pertinente iniciar el trámite o rechazarla.

Tras conocer la sentencia constitucional del 31 de julio, que anuló la convocatoria y el reglamento de preselección de candidatos a magistrados, el Senado aprobó un nuevo proyecto de ley el 31 de agosto y lo remitió a Diputados. El 6 de septiembre, la Cámara de Diputados resolvió  darse el tiempo necesario para tramitar este proyecto.

La Consulta de Control Previo de Constitucional del nuevo proyecto de ley de elecciones judiciales aprobado en el Senado tiene como accionante al presidente del TSJ, Ricardo Torres, en representación de la Sala Plena que analizó este proyecto de ley.

En el documento, el TSJ pide al TCP pronunciarse sobre la constitucionalidad del artículo 2 y la Disposición Adicional Sexta del proyecto de ley 144/2022-2024, proyecto de ley Transitoria para las Elecciones Judiciales 2023-2023.

Asimismo, solicitan "notificar a la Asamblea Legislativa Plurinacional la suspensión en el tratamiento de cualquier proyecto de ley que tenga por finalidad regular la preselección de altas autoridades".

Si es admitida la solicitud de consulta, el TCP tiene un plazo de 30 días para pronunciarse con un fallo.

Estos son los artículos a los que se hace referencia en el petitorio: 

Artículo 2 (Finalidad): Garantizar el desarrollo de las elecciones judiciales 2023-2024, dentro de lo establecido en la Constitución Política del Estado y la Sentencia Constitucional Plurinacional Nº 0060/2023, del 31 de julio de 2023.
Disposición adicional sexta: I. Desde el 2 de enero de 2024 hasta el día de posesión de las Magistradas y Magistrados, Consejeras y Consejeros electos por el voto popular, el personal subalterno de estas instituciones, en las diferentes áreas de trabajo, implementarán una transición eficiente y ordenada para que las nuevas autoridades elegidas asuman sus despachos en condiciones adecuadas.

II. Las autoridades judiciales electas salientes, están obligados a emitir el informe final correspondiente.

III. De manera excepcional, a partir del 2 de enero de 2024, quedan suspendidos todos los plazos procesales para todas las causas que se encuentren en trámite, en los despachos de las Magistradas y Magistrados salientes del Tribunal Constitucional Plurinacional, Tribunal Supremo de Justicia, Tribunal Agroambiental y despacho de Consejeras y Consejeros del Consejo de la Magistratura, hasta la posesión de las nuevas autoridades, por ser esta una Ley transitoria y excepcional.