El Órgano Electoral otorga dos tipos de documento: el ‘certificado de impedimento’, que se entrega solo el día de la elección, y el ‘certificado de exención’, que se otorga a partir de la fecha y por 30 días. La multa para los que no justifiquen porqué no votaron es de Bs 500

16 de diciembre de 2024, 10:01 AM
16 de diciembre de 2024, 10:01 AM

Las personas de la tercera edad, que ayer no acudieron a los centros de votación para sufragar, no necesitan acudir a los tribunales electorales departamentales (TED) para tramitar su certificado de exención, informó el Tribunal Supremo Electoral (TSE). Por lo tanto, los adultos mayores pueden realizar sus transacciones financieras con normalidad.

Este documento que otorga el Órgano Electoral está destinado a las personas menores de 70 años que demuestren, con “documentación idónea”, que se vieron imposibilitadas de ir a votar, y así no tendrán que pagar la multa de Bs 500.

“Nuestra ley del Régimen Electoral (026) prevé que no es obligatorio para las personas mayores de 70 años acudir a votar; por lo tanto, aquellas personas de la tercera edad o mayores de 70 años, que no cuenten con el certificado de sufragio, no van a tener ningún problema en el sistema financiero para realizar sus transacciones financieras”, manifestó a EL DEBER el vicepresidente del TSE, Francisco Vargas.

Dos tipos de certificados

La autoridad explicó que el Órgano Electoral otorga dos tipos de certificados a quienes, por algún motivo no fueron a emitir su voto en las elecciones.

El primero es el certificado de ‘impedimento de sufragio’, que se otorga solo el día de la elección; es decir, se entregó el domingo a las personas que llegaron a los recintos de votación, pero no pudieron votar por distintos motivos, como trabajo, enfermedad o porque estaban en tránsito de una ciudad a otra.

Este documento fue entregado el domingo 15, por el Servicio de Registro Cívico (Serecí) en los recintos de votación.

El otro documento que otorga el Órgano Electoral es el ‘certificado de exención de sufragio’, el que se otorga en los TED a partir de este lunes 16 de diciembre, y el trámite se lo puede realizar en los 30 días posteriores a la jornada de votación

“Es decir, que aquel ciudadano que demuestre, con documentación idónea, que no ha podido votar por un caso fortuito o por fuerza mayor, como ser enfermedad, podrá acceder a este documento”, explicó Vargas.

La multa que ha determinado el Órgano Electoral para los que no fueron a votar y que no justifiquen con una causal establecida en la ley electoral, es de Bs 500.

Desde la madrugada de este lunes, las personas que no votaron ayer en las elecciones judiciales, formaron largas filas para tramitar su certificado de exención y así no tener que pagar una multa de Bs 500. En las filas se vio a muchos adultos mayores.