La dirigencia recuerda que Evo Morales renunció a su cargo y el parlamento con mayoría masista le aceptó su carta

28 de septiembre de 2020, 19:52 PM
28 de septiembre de 2020, 19:52 PM

La dirigencia de Creemos está segura que detrás de la denuncia contra Fernando Camacho hay un cálculo político que intenta capitalizar votos. Los dirigentes afirman que el 5 de octubre el MAS perderá la sigla para ser parte de los comicios y que la denuncia que presentaron contra su líder tiene el objetivo de capturar esos votos.


“Esto obedece a un cálculo político. Con la denuncia presentada contra el MAS, ellos (Chi Hyun Chung), están seguros que ese partido perderá la sigla después del 5 de octubre y como no tienen votación, lo que hacen es tratar de captar ese voto duro del MAS”, dijo el diputado Luis Felipe Dorado (UD) quien también va por la repostulación como candidato a diputado por Creemos.


Aseguró que ellos averiguarán dónde radicaron la denuncia e irán a presentarse de oficio para descartar cualquier acusación. Según los dirigentes de Creemos, lo que hubo el pasado año es una renuncia de un presidente y no un golpe de estado, como aseguran los abogados de Chi.


“Está claro que Evo Morales presentó su renuncia, la hizo pública y la presentó ante la Asamblea, entonces cuando hay renuncia no hay golpe, y además la Asamblea le aceptó su renuncia, el mismo MAS con sus dos tercios le aceptó, entonces esto es simplemente es un show para acaparar votos”, dijo Dorado.


Según el candidato, la última Ley de Convocatoria a Elecciones que promulgó la presidenta Jeanine Áñez tiene una trampa que puede blindar al MAS para estos comicios, se trata de la disposición adicional única que otorga un plazo a los partidos hasta el 31 de diciembre del 2021 y que recién se podrán aplicar las sanciones.


“Todas las organizaciones políticas deberán adecuar sus Estatutos a las disposiciones de la presente ley, hasta el 31 de diciembre de 2021. Una vez que se adecúen los Estatutos se aplicarán las sanciones establecidas por el Artículo 58 de la presente ley”, señala el artículo referido.


El artículo 58, al que hace referencia esta disposición, trata precisamente de la cancelación de la personería jurídica de los partidos.