El Ministerio de Justicia de Bolivia logró anular la sentencia de seis años de detención en el Centro Nueva Vida Santa Cruz (Cenvicruz) que tenía un adolescente de 16 años, de iniciales O. J. D. O. El acusado admitió haber abusado y asesinado a su hijastra de un año y tres meses de nacida, en la ciudadela del Plan 3.000, de la capital cruceña.
Esta anulación de condena se logró gracias a una Acción Constitucional de Libertad que presentó el Ministerio de Justicia, que ahora busca conseguir una pena mayor para el menor infractor.
“Se ha anulado la sentencia (de seis años) y el próximo paso que se va a realizar es la nueva valoración de todos estos elementos jurídicos que se han presentado a través del Ministerio de Justicia para una nueva sentencia”, informó la viceministra de Igualdad de Oportunidades, Miriam Huancani.
El crimen se registró en el barrio Guapurú del Distrito Municipal 8, Plan 3.000, el 3 de marzo. Ese día, la progenitora Gina O. Z., de 24 años, llevó a su hija sin vida a un centro médico e informó que, por un supuesto accidente aplastó a su hija cuando la estaba amamantando, según informó el comandante de la Policía de Santa Cruz, Rolando Rojas.
Sin embargo, la autopsia reveló que la menor fue agredida sexualmente y que murió producto de múltiples golpes que le provocaron fracturas en el cráneo y el tórax.
Tras conocer este informe, Rojas indicó que se aprehendió a la madre de la menor de un año y tres meses de nacida y después se capturó al padrastro de 16 años, de iniciales O. J. D. O., quien es el autor del crimen.
El 6 de marzo, Gina O. Z. fue puesta ante un juez cautelar, quien determinó que guarde detención preventiva en la cárcel de Palmasola, por el lapso de 180 días, tras ser imputada por el delito de infanticidio.
Mientras que el menor de 16 años decidió someterse a un procedimiento abreviado esta tarde, en la que admitió haber acabado con la vida de su hijastra.
Apelaron a la sentencia
El Ministerio de Justicia fundamentó que los derechos de la bebé deben priorizarse para que el infanticida y violador reciba una condena máxima.
“No podemos seguir permitiendo este tipo de crímenes atroces contra la niñez. Una niña de un año y tres meses, no podía hablar, ni siquiera gritar y el padrastro sin piedad, la viola y posteriormente la mata (…). Si bien el Código Niño, Niña y Adolescente dice ‘a los 16 años la pena máxima es de 6 años’, por encima de nuestras normativas se encuentran los estándares internacionales”, señaló Huancani.
Huancani remarcó que, en este caso, la juez debería haber valorado estos estándares internacionales que exige a los Estados aplicar la normativa en favor de la niñez, es decir, de la niña que no podía hablar y que estaba en un alto grado de indefensión.
“La juez debe valorar estos estándares internacionales, siempre velando la protección de la niña que ha sido expuesta a mayor vulnerabilidad. Estamos exigiendo, a través de estos fundamentos jurídicos, que se pueda dar una pena de acuerdo a la gravedad de los hechos. El Tribunal Constitucional también lo revisará”, precisó la autoridad.
La Sentencia dictada en la Acción de Libertad será remitida al Tribunal Constitucional Plurinacional en grado de revisión.