(+VIDEO) La principal característica de las nuevas determinaciones se centra en la reducción de aforo en lugares donde se presta atención al público (restaurantes, boliches, centros culturales y otros de índole similar)

El Deber logo
29 de octubre de 2021, 16:11 PM
29 de octubre de 2021, 16:11 PM

El Comité de Operaciones de Emergencia Municipal (COEM) anunció las nuevas determinaciones que regirán en la capital cruceña desde este 1 de noviembre y que se extenderán hasta el día 9 del mismo mes, donde ratifican los horarios de circulación de la ciudadanía, así como el tiempo establecido para las actividades comerciales de diferente índole.

La principal característica de las nuevas determinaciones es que se reduce el aforo permitido en los lugares donde se presta atención al público, aspecto que apunta a frenar la expansión del Covid-19 ante la ya anunciada cuarta ola de contagios en el país.

En este sentido, el secretario de Autonomías de la Alcaldía cruceña y vocero del COEM, José Luis Santistevan, explicó las determinaciones que deben ser cumplidas por la población:

1.- A partir de este lunes 1 de noviembre hasta el martes 9 de noviembre el horario permitido de circulación de vehículos (incluidas motocicletas y bicicletas) y personas será de 05:00 hasta las 02:00 de la madrugada del día siguiente.

2.- Todo tipo de actividades, públicas y privadas, comerciales y de servicios, podrán prestar atención de 05:00 a 01:00 de la madrugada, es decir, una hora antes del horario de circulación establecido.

3.- Los eventos académicos que realizan capacitaciones educativas no solo deben regirse a los horarios especificados, sino también deben tener un máximo de aforo del 50% de su capacidad, respetando el distanciamiento físico y cumpliendo los protocolos de bioseguridad. 

Cualquier actividad debe ser aprobada previamente por el COEM.

4.- Los patios de comida, restaurantes, cafeterías y otros sitios de consumo de alimentos y bebidas, así como gimnasios, eventos deportivos, religiosos, culturales y académicos, centros comerciales, supermercados, mercados, entidades financieras y otras actividades comerciales deben atender al 40% de su capacidad.

No obstante, en espacios abiertos se podrá atender al 50% de capacidad respetando todos los protocolos aprobados para cada sector.

5.- Los boliches, bares y locales nocturnos en general solo podrán atender con el 40% de aforo y los clientes o consumidores solo podrán estar sin barbijo en sus respectivas mesas, mismas que no pueden sobrepasar el límite de 10 personas.

6.- El expendio y consumo de bebidas alcohólicas está permitido en reuniones públicas y privadas con previo protocolo aprobado por el COEM.

Vea la conferencia completa:7.- Los eventos de carácter masivo que generen aglomeración de personas tanto en ambientes abiertos como cerrados (festivales, fiestas, conciertos, musicales, concursos, asambleas o reuniones) deben ser autorizados por el COEM.

Se considera aglomeración toda reunión de más de 50 personas.

Quien incumpla con esta medida y no tenga autorización alguna será sometido a sanciones y Santistevan explicó que se reserva el uso de las fuerzas del orden para hacer cumplir las determinaciones.

8.- La realización de encuentros o eventos familiares están permitidos, pero también deben ser autorizados por el COEM, desde donde se debe aprobar los protocolos de bioseguridad.

9.- Los servicios de delivery podrán operar de 05:00 hasta las 02:00 del día siguiente.

10.- Se pide a todos los establecimientos comerciales presentar la documentación requerido por el COEM para ser debidamente certificados como 'Establecimiento Seguro Covid-19', previa verificación y aprobación de protocolos.