La Fiscalía dijo que no habían pruebas suficientes contra los agresores de la “ejecución extrajudicial” que fue establecida por la CIDH. Esa operación fue ejecutada durante el gobierno de Evo Morales en 2009. Ahora el Estado enfrenta un juicio internacional

4 de agosto de 2024, 4:00 AM
4 de agosto de 2024, 4:00 AM

Fueron tres las resoluciones de rechazo que presentó la Fiscalía de Santa Cruz, al juez Manuel Baptista, quien tenía el control jurisdiccional del caso vinculado con las vulneraciones de derechos humanos durante el asalto al hotel Las Américas (2009). La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) estableció una “ejecución extrajudicial” y solicitó al Estado investigar y sancionar a los eventuales responsables de esos delitos.

El 16 de abril de 2009, la Utarc, un grupo de élite de la Policía Boliviana, tomó por asalto ese centro de hospedaje que está en el centro de Santa Cruz y ejecutó a los extranjeros Eduardo Rózsa-Flores, Árpád Magyarosi, y Michael Dwyer. El gobierno de Evo Morales los vinculó con un plan separatista y terrorista.

Los dos sobrevivientes de ese operativo fueron identificados como Mario Tadic y Elód Tóásó. Sin embargo, ninguna de las instituciones estatales, como Defensoría del Pueblo o Procuraduría del Estado objetó el informe de la Fiscalía que se negó a identificar a los responsables de vejámenes y torturas contra las personas que sobrevivieron.

Documentos que forman parte del expediente al que accedió EL DEBER, señalan que las investigaciones contra los responsables, tanto del mando policial como civil, están totalmente paralizadas.

La última resolución de rechazo fue emitida por la comisión de fiscales conformada por Marioly Tórrez y Daniel Ortuño el 25 de abril de 2024. Allí se establece que los elementos de prueba son insuficientes para seguir investigando y presentar imputación. La Fiscalía se sustenta en el Artículo 8, inciso 2 de la Convención Americana Sobre Derechos Humanos. Señala que toda persona inculpada de delito tiene el derecho a que se presuma su inocencia mientras no se establezca legalmente su culpabilidad.

El expediente de este caso registra que por primera vez la Fiscalía presentó como inicio de investigación ante el juzgado el 27 de noviembre de 2019 y la justicia le asignó el Nurej 70264734.

El inicio de investigaciones de la Fiscalía citó como víctima a los sobrevivientes Tóásó y Tadic y contra presuntos autores del asalto al hotel de Las Américas por parte de policías de élite de la Unidad Táctica de Resolución de Crisis (Utarc), donde fueron acribillados con disparos de armas de fuego Eduardo Rósza, Arpad Magyarosi y Michael Dwyer.

Notificación a las víctimas

El juez Manuel Baptista decretó notificaciones a las víctimas Mario Tadic Astorga y Elód Tóásó, mediante edicto de prensa.

Los fiscales emitieron 47 requerimientos a entidades públicas y privadas para tener mayores elementos sobre los hechos denunciados, pero no fueron respondidos.

“Asimismo que desde el inicio de la investigación se informó al juez que hasta la fecha no se presentaron Mario Tadic y Elód Tóásó, para prestar sus declaraciones sobre los hechos. Ante la ausencia se procedió a oficiar a las diferentes entidades públicas y privadas para poder dar con el paradero de los mismos toda vez que sus declaraciones son indispensables para lograr la identificación de los autores de este hecho ilícito y así llegar a la verdad histórica de los hechos denunciados”, señala parte del fundamento de la Fiscalía.

Desconocen a los denunciados

El documento de inicio de las investigaciones lleva el formato de una imputación. La Fiscalía registra nombres de las víctimas, Mario Tadic Astorga y Elód Tóásó. Sin embargo, asegura desconocer del paradero de ellos. En las casillas o espacios donde se debe registrar a los denunciados quedaron vacíos. Las víctimas en reiteradas oportunidades han acusado al entonces presidente Evo Morales, el vicepresidente Álvaro García Linera, el ministro de Gobierno Alfredo Rada, a otros ministros, viceministros y altos jefes policiales como responsables del asalto al hotel Las Américas y ejecuciones extrajudiciales.

En los datos generales de los denunciados, la Fiscalía registra que se desconocen nombres, carné de identidad, domicilios, estado civil, ocupación, fecha de nacimiento, abogados defensores y domicilio procesal de los autores.

 

Juicio ante la Corte IDH

El operativo fue ordenado desde el Ministerio de Gobierno sin la presencia del fiscal. Evo Morales, siendo presidente, admitió haber instruido la operación en resguardo de la integridad nacional.

Ante estas evidencias, la CIDH solicitó al Estado investigar a las personas responsables del caso. Además, demandó resarcir a las víctimas. Para ello dieron varios plazos desde 2022, hasta el 26 de julio cuando el organismo interamericano decidió enviar los obrados a la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH). El juicio será contra el Estado de Bolivia.

Ese mismo día la CIDH comunicó de manera oficial que rechazó la solicitud del Gobierno boliviano para una prórroga para el cumplimiento de las recomendaciones emitidas en el caso 13.546, relacionado con ejecuciones extrajudiciales y detenciones ilegales.

La carta dirigida a la canciller Celinda Sosa por Jorge Meza Flores, secretario ejecutivo Adjunto de la CIDH señala: “Tengo el honor de dirigirme a su Excelencia, en nombre la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, en atención a la Nota PGE-DESP Nº 1699/2024 del 11 del mes en curso mediante la cual su Ilustre Gobierno solicita una prórroga para el cumplimiento de las recomendaciones del Informe Nº 394/21. Al respecto, me permito informar al Gobierno que la prórroga solicitada no ha sido otorgada. En consecuencia, cumplo con comunicarle que, en la fecha, la CIDH presentó el Caso Nº 13.546 - Mario Tadic Astorga y otros ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos, de conformidad con los artículos 51.1 de la Convención Americana y 45 del Reglamento de la Comisión Interamericana. Además, adjuntó una copia a la misión permanente del Estado Plurinacional de Bolivia”.

Un informe presentado por la CIDH hace dos años dice que “constan en el expediente notas de prensa que refieren que miembros de la Fiscalía y de la Policía de Santa Cruz no fueron considerados, porque todo estuvo a cargo del Ministerio de Gobierno, desde La Paz, y que tenían orden de no intervenir”. Esa noche, Morales se encontraba en Venezuela, mientras que el ministro de Gobierno, Alfredo Rada, había viajado a Brasil. El Gobierno dio la orden de proceder, según la comisión, en un operativo sin ninguna orden judicial ni fiscal”.

Juez ratifica comisión fiscal

El juez Manuel Baptista, luego de los tres rechazos, volvió a ratificar mediante un auto la necesidad de mantener una comisión fiscal por tratarse un caso de relevancia internacional.

Sin embargo, la Fiscalía cuestionó la orden del juez de mantener la comisión. El 31 de mayo de 2024 hace conocer a Juan Lanchipa una carta firmada por Erick Gonzalo Aparicio, fiscal superior y de la Fiscalía Especializada en Crimen Organizado, Elizabeth Viveros Guzmán. Explicaron que “no corresponde al juez inmiscuirse en aspectos propios de la investigación que puedan comprometer su imparcialidad, tal el caso de la solicitud expresa emitida de oficio por el juez Manuel Baptista Espinoza”.

El juez respondió: “Me permito reiterar dicha solicitud y subrayar la necesidad urgente de una respuesta y acción conforme a las obligaciones impuestas por el derecho internacional en materia de tortura y otros crueles, inhumanos y degradantes”.

El juez además señala que “la ausencia de una comisión especializada o dejar sin el seguimiento necesario a esta investigación, como se solicitó inicialmente podría interpretarse como una falta de cumplimiento con nuestras obligaciones internacionales y en potencial detrimento para la integridad del proceso judicial y los derechos humanos de las partes involucradas”.

El juez vuelve a insistir, mediante un auto la conformación de una comisión de fiscales. Aseguró que pese a la comisión fiscal se evidenció que aún no se ha demostrado la celeridad y exhaustividad necesarias en el fondo.

“El argumento de la Fiscalía General, sobre la extrañeza de la solicitud de oficio emitida por este juzgado es inexacto y no contribuye al avance del proceso por lo que bajo un respeto profesional no me pronunciaré a ese exabrupto”, señala el juez en respuesta a la Fiscalía.

Dentro de la resolución, el juzgador deja abierta la posibilidad de una reapertura de las investigaciones del caso de relevancia internacional.

Una vez que las víctimas sean notificadas legalmente después de un año la causa puede ser abierta. El juez se sustenta en el artículo 27 inciso 9 del Código de Procedimiento Penal que así lo establece.