El 8 de febrero, la Santa Sede determinó, de manera inapelable, que Elvio Pinto Ríos deje de ser sacerdote, por lo que no puede celebrar misa, bautizos, confesiones y otros sacramentos. Pinto, que rechazó la sentencia, había sido suspendido como sacerdote en dos ocasiones anteriores

28 de marzo de 2022, 21:40 PM
28 de marzo de 2022, 21:40 PM

El templo de San José de Chiquitos y los predios parroquiales están tomados, así lo denunció el obispo de la Diócesis de San Ignacio.

Un ciudadano, que inicialmente fue sacerdote, luego fue suspendido de su ministerio como sacerdote (8/10/2020) y, finalmente, fue dimitido del Estado Clerical por la Santa Sede, el 8 de febrero de 2022 (ya no es sacerdote), es quien está "afincado en el lugar y no permite que las celebraciones eucarísticas se desarrollen con normalidad", presididas por el párroco legítimamente designado por el obispo de la Diócesis de San Ignacio, de la que depende la parroquia de San José.

Monseñor Robert Flock, es el obispo de la Diócesis de San Ignacio, e hizo conocer esta situación, indicando que existe un grupo de personas que no pertenecen a la Iglesia y que no son religiosas, quienes también viven en los predios del conjunto misional, junto al exsacerdote.






En un artículo firmado por el obispo, éste manifiesta que hasta representantes de la Procuraduría General del Estado han intervenido “como aliados de las siete personas que pretenden apropiarse del templo”. Señaló a EL DEBER que la diócesis empezó un proceso para que estas personas salgan del lugar.

Mateo Elvio Pinto Ríos tenía una suspensión del ministerio sacerdotal, que fue levantada por Monseñor Flock cuando éste fue posesionado obispo de la Diócesis de San Ignacio, en 2017, según consta en el portal de noticias de la iglesia católica, Iglesia Viva. Tiempo después, Pinto fue nombrado vicario de la parroquia de San José; pero como párroco fue nombrado el presbítero Gustavo Domínguez.

De acuerdo con Tito López, abogado del obispo, en determinado momento, Pinto se autonombró párroco y comenzó a ejercer las funciones de éste, en desmedro de las facultades concedidas a Domínguez; entre ellas firmar documentos eclesiásticos como párroco. Por ello se le inició un proceso penal, por ejercicio indebido de la profesión, que fue rechazado por la Fiscalía de San José; pero que, actualmente se encuentra en manos del Fiscal Departamental, según explicó el jurista.

El 8 de octubre de 2020, después de distintas acciones de Pinto, entre las que el obispo cuenta: manipulación de personas, firmas falsas, denuncias penales sin pruebas, calumnias y una campaña de desprestigio contra otros sacerdotes, Pinto fue nuevamente suspendido de su ministerio sacerdotal y de su condición como vicario de la parroquia de San José. En esa fecha, el obispo le había dado un plazo de 30 días para retirarse de la casa parroquial, lo que no sucedió.

En este problema eclesial terminaron tomando parte también el cabildo indígena y el corregidor de San José, a quienes Pinto acudió por apoyo, como consta en una nota de El Deber del 25 de mayo de 2021.

Pinto fue un sacerdote diocesano lo que en la Iglesia implica que le debe obediencia al obispo de su diócesis; pero cuando fue cambiado de destino, Pinto no lo aceptó. Por otro lado, de acuerdo con el obispo Flock, Pinto reclamaba el pago de salario, siendo que los sacerdotes no reciben ninguno.

El 8 de febrero de 2022 la Santa Sede, a través de la Sagrada Congregación para el Clero, impone a Pinto la pena de la dimisión del estado clerical. El documento describe esta pena como “suprema e inapelable decisión”, ante la que no puede oponerse recurso alguno.

Le mostramos el documento original, en latín:



En el numeral quinto de esa resolución, inciso b) puede leerse: “Queda excluido del ejercicio del orden sagrado. En consecuencia, no puede predicar homilías ni desempeñar cargo alguno de dirección en el ámbito pastoral, como tampoco se le podrá conferir responsabilidad alguna en la administración parroquial”.

A continuación, la traducción al español, del documento de la Santa Sede:




Por su parte, el aludido (Pinto) remitió una carta que hizo pública a través de medios de comunicación de San José y redes sociales, en la que rechaza la sentencia de la Santa Sede; manifiesta que no fue notificado, que el documento no contaba con firmas; objeta la sentencia porque, según su entender, no ha cometido asesinato u otras faltas graves; reclama porque no fue juzgado por el Tribunal Eclesiástico de la Diócesis de San Ignacio (que no lo tiene; el Tribunal Eclesiástico se encuentra en la Arquidiócesis de Santa Cruz), se declara inocente, acusa de calumnias y difamaciones; todo esto antes de rechazar nuevamente la resolución y firmar como “sacerdote en actual vigencia”.




De acuerdo con López, se hizo la debida notificación del documento, a través de un sacerdote que llevó la sentencia a Pinto, quien no quiso recibirla. El sacerdote redactó su acta, en la que detallaba la situación y así se efectuó la notificación que solicita la norma canónica. De todas formas, explica López, se realizó también una notificación por la vía civil, con un notario de Fe Pública. Como tampoco Pinto quiso recibir el documento, éste fue pegado en el portón del templo, como indica el procedimiento.

Con todo esto, además de la ocupación de los predios parroquiales de San José de Chiquitos, está la cuestión pastoral y sacramental: Pinto no está facultado para celebrar la Eucaristía o misa, como no lo está para bautizar, confesar, celebrar matrimonios u otros de los sacramentos, desde febrero de 2022. De manera que son nulos los bautizos, confesiones y otras celebraciones que hubiera efectuado desde entonces.

Por otro lado y, en relación con el rechazo de Pinto ante la sentencia, Monseñor Flock explica que esta persona está cometiendo cisma: “rechazo de la sujeción al Sumo Pontífice o de la comunión con los miembros de la Iglesia a él sometidos”, como describe el canon 751 del Derecho Canónico. Esta condición, según el mismo código -que es el que rige a la Iglesia-  en su canon 1364, tiene como consecuencia la excomunión latae sententiae, es decir: pena en la que se incurre automáticamente, por el mismo hecho de haber cometido un delito, cuando la ley o el precepto lo establecen así expresamente.

De manera que, ya sea por la sentencia emitida por la Santa Sede, o por su rechazo a ella, Pinto no es más sacerdote para la Iglesia Católica.

Monseñor Robert Flock busca que la Semana Santa, que inicia con el Domingo de Ramos, este 10 de abril, pueda celebrarse en San José desde su templo misional: “Por respeto al pueblo católico josesano y por sus tradiciones religiosas, inseparables como son del templo misional jesuítico, es necesario que las misas y los sacramentos sean presididos por sacerdotes en comunión con la Iglesia Católica”, manifestó.