Sentencia del TCP sobre Mercado Mutualista ‘excede’ sus competencias
El fallo lo dio a conocer la noche del viernes vía correo electrónico, cinco meses después de ser emitido, y a cinco días hábiles de las elecciones judiciales. Ese número de días es el plazo ordenado al Municipio para la entrega de catastro
Son cuatro las conclusiones de la sentencia 0531/2024-S3 del Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP), con la que confirma la resolución 189/2023 de la Sala Constitucional Tercera de Santa Cruz, y concede la tutela de 4,7 hectáreas a Miguel Crapuzzi.
En primera instancia, el documento deja sin efecto la Ley Municipal 417/2016, que declaraba el terreno del Mercado Mutualista como patrimonio de la ciudad de Santa Cruz de la Sierra. Asimismo, ordena anular la matrícula de Derechos Reales, a nombre de la Alcaldía.
Como segundo punto, ordena al Municipio, en el plazo de cinco días hábiles administrativos, emitir el plano de uso de suelo y el certificado catastral del bien inmueble del accionante (Miguel Crapuzzi).
En tercer lugar, manda la ejecución del fallo de la Sala Constitucional Tercera de Santa Cruz que da la razón a Crapuzzi; y, por último, advierte a cualquier funcionario público que obstaculice el cumplimiento de la sentencia con la remisión de los antecedentes al Ministerio Público.
El documento, firmado Petronilo Flores Condori e Isidora Jiménez Castro, fue emitido el 19 de julio de 2024, pero recién notificado a los interesados en la noche del viernes 6 de diciembre, cinco meses después, vía correo electrónico.
Asimismo, la sentencia impone un plazo de cinco días hábiles al Municipio cruceño para la emisión del plan de uso de suelo y certificado catastral, la misma cantidad de días que les queda para el ejercicio de sus funciones a los magistrados, ya que las elecciones judiciales están fijadas para el 15 de diciembre.
Excede competencias
Para la concejala Lola Terrazas, Jiménez y Flores pisotearon los principios constitucionales y la separación de poderes, poniendo en riesgo y sentando jurisprudencia para todos los bienes del Estado y también para los privados.
Agregó que se están analizando todos los actuados judiciales, ya que hay un proceso penal y por la vía civil, con una acción negatoria. “Esperemos que los que tienen este caso de la acción negatoria tengan un poquito de respeto por los principios constitucionales, por su formación de juristas y devuelvan algo de certidumbre a los cruceños. Están demostrados en toda la documentación y la tradición histórica, los primeros cinco propietarios que tuvo este terreno, que se fue consolidando en el transcurso de los años a favor del Gobierno Municipal”, dijo.
El concejal de UCS, Israel Alcócer, lamentó el fallo y atribuyó responsabilidad al Ejecutivo Municipal que no tuvo la capacidad de defender en los predios de Santa Cruz, los intereses de Santa Cruz. “Hay que ser muy claros de que esto es un negocio de más o menos 100 millones de dólares; el alcalde y sus secretarios no supieron defender, además sabemos cómo está la justicia”, cuestionó.
Además recordó que hay muchos predios municipales que se están perdiendo de manera sorpresiva o dolosa para simplemente “hacer el negociado”.
‘Mamén’ Saavedra también dijo que hay muchos intereses en torno a 100 millones de dólares, e informó que el Concejo está presentando un recurso de complementación y enmienda para hacer algunas consultas al TCP.
“Una ley solamente se puede anular cuando se reúnen todos los magistrados en sala plena, no en una sala individual. Para determinar eso hay un proceso específico que se llama consulta de inconstitucionalidad”.
Saavedra apuntó a que todo el problema se originó por culpa del Ejecutivo Municipal, que en respuesta a una Petición de Informe Escrita (PIE) del concejal Miguel Fernández, hijo del alcalde, respondió que el terreno no era de la ciudad, error que tardó más de cuatro meses en ser enmendado, y que abrió la “ventana” a este proceso. Toda esa documentación interna entre el Ejecutivo y el Concejo fue usada por Crapuzzi, y sus abogados, Rodrigo Fernando Melgar y Waminq’a Serrano en la pelea legal por el Mutualista.
Para Fede Motón, la sentencia del TCP no otorga derecho propietario a Crapuzzi, únicamente ordena se abrogue la ley 417/2016, “misma que no cumplio procedimientos legales”.
Dijo que el Concejo Municipal está trabajando en un nuevo proyecto de ley, basado en la normativa nacional (Ley 247), para registrar el terreno del Mercado Mutualista como propiedad municipal, pero esta vez asegurándose de cumplir estrictamente todos los procedimientos legales. “El objetivo es demostrar que este bien pertenece a la ciudadanía cruceña y que los documentos presentados, como los ‘planos sepia’, son falsos.
Bernardo Montenegro, vocero jurídico de la Alcaldía, remarcó que el TCP excede competencias, ya que está para proteger y no para definir derechos. Lamentó que una magistrada cruceña (Isidora Jiménez) hubiera sacado esa “aberración. Deja mucho que pensar sobre la motivación”, dijo.
Además cuestionó que al menos el fallo de la Sala Tercera cuidó la exigencia de requisitos de ley para la entrega de los planos. “Pero los magistrados de Sucre, fuera de sus competencias, ordenan en cinco días la entrega de planos y catastro, obviando los requisitos que mandaba la sentencia original”.
El abogado Sabino Martínez dice que la CPE establece que el Estado ampara la propiedad, pero que este derecho no es perpetuo ni puede ejercerse cuando a alguien le da la gana. Recordó que los magistrados son autoprorrogados, y que por tanto sus fallos son nulos de pleno derecho, y que en el proceso no se agotaron las vías requeridas.