No se deben menospreciar sinergias que se pueden lograr con empresas extranjeras

16 de agosto de 2022, 9:00 AM
16 de agosto de 2022, 9:00 AM


Por Daniel Arredondo, socio de Moreno Baldivieso 

Históricamente han cobrado particular relevancia ciertos recursos que han significado para Bolivia oportunidades de desarrollo económico: la plata, el estaño, el gas y ahora, el litio. Grandes ilusiones y esperanzas han sido depositadas en el litio en Bolivia, como aquel recurso estratégico que abre esa nueva ventana de oportunidad para que el país adquiera notoriedad en los mercados energéticos internacionales.

Es irrefutable, Bolivia cuenta con abundantes reservas de litio, sin embargo; este dato estadístico no constituye por cuenta propia la panacea que catapultará al país a un siguiente estrato económico y estratégico a nivel mundial. En contraste, considero que se requiere de un plan estructurado acompañado de un marco legal que permita amalgamar la premisa de control estatal de este recurso energético con la inversión extranjera, tecnología adecuada y mercado de colocación asegurado. No debemos olvidar que no somos el único país con dicho recurso y que otras jurisdicciones han adoptado ya medidas más claras y presentan actualmente niveles de extracción y producción avanzados.

Expresado lo anterior, cabe señalar que, la industrialización del litio resulta ser una aspiración válida, razonable y una posibilidad para que un país que goza de grandes recursos naturales impulse su economía, su desarrollo tecnológico y la calidad de vida de sus habitantes. Para tal propósito, de acuerdo con la Ley 928 de 2017, es Yacimientos de Litio Bolivianos (YLB) la que desarrollará los procesos de química básica de los recursos evaporíticos con una participación cien por ciento (100%) estatal para la producción y comercialización de: Cloruro de Litio, Sulfato de Litio, Hidróxido de Litio, Carbonato de Litio y otros productos de la cadena evaporítica. Por otra parte, la norma citada establece también que los procesos posteriores de semi-industrialización, industrialización y procesamiento de “residuos” se podrán realizar mediante contratos de asociación con empresas privadas, nacionales o extranjeras, manteniendo la participación mayoritaria del Estado.

Bajo estos preceptos y mediante el Decreto Supremo 3738 se creó en 2018 la primera Empresa Pública Mixta YLB ACISA - E.M., con el objeto principal de procesar industrialmente hidróxido de litio en territorio boliviano a partir de la “salmuera residual” a ser proporcionada por YLB. Como es de conocimiento público, la creación de la empresa mixta fue dejada sin efecto a través de la abrogación del precitado Decreto Supremo en 2019 (ver D.S. 4070).

Posteriormente, en 2021, YLB realizó una convocatoria internacional para la Extracción Directa de Litio (EDL) buscando acelerar la industrialización del litio, reducir los costos de producción, reducir el impacto ambiental y acortar los procesos de producción. Más allá de las válidas razones que sustenten la convocatoria internacional y presuponiendo que una o más de las empresas extranjeras participantes ofrezca la tecnología adecuada que se adapte a las características técnicas de los salares bolivianos, el Estado deberá proveer el marco normativo que faculte a las empresas extranjeras participantes a asociarse con YLB para la extracción directa del litio. 

En principio, la tecnología que fuere presentada por las empresas participantes estaría enfocada en la extracción directa del litio de los salares bolivianos y no orientada a procesos posteriores o secundarios de semi-industrialización, industrialización y procesamiento de residuos, los cuales constituyen las excepciones que permiten a YLB celebrar contratos de asociación con empresas privadas nacionales o extranjeras.

En consecuencia, queda pendiente el nivel de participación extranjera en la Extracción Directa de Litio, de modo que las empresas participantes con tecnología probada ingresen en la ecuación energética boliviana.  Por lo pronto, considero que se tienen las siguientes alternativas principales: (i) limitar la participación de las empresas extranjeras a la provisión de servicios o a la suscripción de contratos de licencia de uso de patentes para el empleo de sus tecnologías, de modo que sea YLB la que invierta, produzca y comercialice los derivados del litio de forma directa y exclusiva, o (ii) buscar una participación extranjera mayor y más directa, de manera que YLB se asocie con empresas públicas o privadas extranjeras a través de (a) contratos para establecer alianzas estratégicas de inversión conjunta, o (b) constituyendo Empresas Mixtas o Empresas Estatales Mixtas, al amparo de la Ley 466, por ejemplo. 

En este punto, cabe reflexionar que, no hay una alternativa correcta y otra incorrecta, no obstante, bajo la premisa de recurso estratégico de propiedad del pueblo boliviano administrado por el Estado, es posible abrir las puertas a la inversión extranjera, favorecerse de tecnología de punta y asegurar el mercado extranjero para la colocación de los derivados del litio que se produzcan. Considero que no se deben menospreciar las sinergias que se pueden lograr a través de alianzas con empresas extranjeras que constituyan operadores internacionales, que inviertan en investigación y desarrollo, así como ponderar la diversificación del riesgo, el acceso a mayores fuentes de financiamiento, el aprovechamiento del estado de avance en la curva de aprendizaje y el acceso prioritario a los productores a gran escala de baterías y de otros productos finales como vehículos, los cuales no tienen presencia en Bolivia actualmente.

En contraposición, adoptar una postura cerrada de que Bolivia debiera lograr sus metas y anhelos de forma unilateral, basada en la participación exclusiva del Estado resultará en un arranque más lento por la falta de experiencia previa, reflejada en una curva de aprendizaje más plana y gradual, debiendo enfrentar la potencial desconfianza de los compradores frente a países competidores con mayor trayectoria, y desarrollar la industrialización local del litio con acrecentados retrasos como efecto natural de las variables descritas, no listadas de manera exhaustiva por cierto, sino presentadas a modo de ejemplo. En cualquier caso, es menester preguntarse, si en este mundo globalizado, la opción más eficiente, con resultados más rápidos en un mercado que no espera ni perdona, es la de perseguir metas ambiciosas como ente independiente y desconectado.

No debemos olvidar los desafíos que a la fecha ya enfrenta Bolivia en relación al desarrollo de la industria del litio, como la logística y la cadena de suministro, las vías de comunicación y transporte para la exportación como país mediterráneo, la volatilidad y complejidad de las relaciones sociales y la conflictividad emergente, así como la posible desconfianza de la comunidad internacional a causa de los antecedentes de nacionalización, modificación del marco legal, la denuncia de los tratados bilaterales de inversión y la reversión de decisiones como la abrogatoria del Decreto Supremo de creación de YLB ACISA - E.M. Estos factores pueden hacer que Bolivia, desde la perspectiva internacional, sea considerada como una alternativa menos competitiva al compararla con otros países de la región y de otros continentes. En consecuencia, corresponde a Bolivia la planificación y el ofrecimiento de medidas que permitan balancear el terreno de juego y contrarrestar o superar los factores citados, por ejemplo, a través de incentivos tributarios y comerciales puntuales, contratos de inversión con cláusulas de protección u otros similares.

Tomando en cuenta el ciclo económico de la actividad minera, es decir, desde la prospección y exploración, la creación de un proyecto, su desarrollo como operación minera y la exploración continua para mantenimiento de reservas, nos referimos a una actividad de largo plazo con inversiones elevadas que, por lo tanto, requieren estabilidad en las reglas que le resultan aplicables de modo que las proyecciones realizadas puedan materializarse dentro de ese marco.

Como bolivianos, debemos velar por que la inversión extranjera, principalmente referida a la extracción de recursos naturales, incuestionablemente se encuentre sometida a rigurosos procesos de supervisión y monitoreo ambiental, laboral y tributario, entre otros, estoy convencido de ello, sin embargo, se tendría que proveer a los inversores extranjeros seguridad jurídica y protección de inversiones con la misma rigurosidad, de esto, también estoy convencido.