La Secretaría General de la Cámara de Diputados recibió el 9 de octubre un Proyecto de Ley que propone reducción de ocho a cuatro años la prescripción de deudas tributarias, con el fin de fortalecer la eficiencia del sistema tributario y promover la inversión de las empresas e individuos.

La propuesta, firmada por el diputado Juan José Torrez (Comunidad Ciudadana), aparece en el portal de la Cámara de Diputados, en la sección Proyectos de ley Legislatura 2023-2024 con la sigla PL No 593/2023-2024.

De acuerdo con la propuesta, dirigida al entonces presidente de Diputados, Israel Huaytari, el proyecto busca modificar el Artículo 59 del Código Tributario, que establece un plazo de prescripción de hasta ocho años para la extinción de las deudas tributarias, dependiendo de la situación del contribuyente y las características de la deuda.

“Sin embargo, esta extensión de tiempo resulta en una carga excesiva, tanto para los contribuyentes como para la administración tributaria, afectando la seguridad jurídica, el clima económico y el desarrollo empresarial en el país”, manifestó Torrez.

Asimismo, indicó que un plazo de prescripción tan prolongado, provoca incertidumbre para las contribuyentes, quienes pueden estar sujetos a fiscalización y cobros de deudas durante muchos años después de la ocurrencia de los hechos generadores. “Esto afecta negativamente la planificación financiera de las empresas y los individuos, desincentiva la inversión y promueve un clima de riesgo”, advirtió.

Según lo explicado por el legislador, la prescripción tributaria es una herramienta clave para asegurar el equilibrio entre la potestad de la administración fiscal y los derechos de los contribuyentes, limita el período durante el cual el Estado puede exigir el pago de tributos, evitando que las obligaciones fiscales se mantengan indefinidamente. 

“Un plazo excesivo. como el actual de 8 años, genera incertidumbre prolongada y puede convertirse en una barrera para el desarrollo económico, afectando tanto a las empresas como a las personas naturales”, agregó.

Además, puso como ejemplo países como Chile, donde el plazo general de prescripción en es de tres años desde que el impuesto se hace exigible, y se extiende a seis años en casos de dolo o fraude. En España, el plazo de prescripción para la administración tributaria es de cuatro años, tanto para la determinación de la deuda tributaria, coma para su cobro.

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